¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

04 marzo 2009

pliego de reclamos 2009




"Por una línea sindical clasista"

CONARE - SUTEP

Pliego de Reclamos

Oficio Nº 10-2009-CONARE-SUTEP

Señor

MINISTRO DE EDUCACIÓN

Lima

ASUNTO: PRESENTAMOS PLIEGO UNICO DE RECLAMOS

REF. - Constitución Política del Perú

- Ley vigente del profesorado Nº 24029

- Ley Nº 27444

- Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo

De nuestra consideración:

A nombre del Sindicato del rubro, representado por su Secretario General ………….……………….. identificado con DNI Nº ………………. y su Secretario de Defensa ……………………… con DNI Nº ……………….., señalando domicilio sindical en ……………………., nos presentamos ante usted respetuosamente y decimos:

Que, al amparo del inciso 20 del artículo 2º de la Constitución Política del Estado Peruano, el artículo 106º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y demás leyes nacionales e internacionales que amparan el derecho de petición y negociación colectiva, nos dirigimos ante usted para interponer nuestro PLIEGO UNICO DE RECLAMOS 2009, la misma que contiene puntos de alcance nacional, regional y local en los aspectos económicos, profesionales, político, sindical, educativo y social, para su debida atención y oportuna solución a nuestra demanda. Asimismo esperamos la fijación de la fecha y hora para el inicio del trato directo, en donde, nuestra Comisión de Trato sustentará los puntos indicados en nuestro pliego.

A la espera de su comunicación nos despedimos de usted reiterándole las muestras de nuestra consideración.

Atentamente:


CONARE


PLIEGO DE RECLAMOS 2009

I. ASPECTO ECONÓMICO:

1. Aumento real de haberes con carácter remunerativo y pensionable para activos, cesantes y jubilados en función de la canasta básica familiar.

2. Aumento de la Unidad Remunerativa Pública y de la ridícula Remuneración Básica.

3. Nivelación automática de las pensiones de cesantía y jubilación con las remuneraciones de los docentes activos conforme lo establece la Ley del Profesorado y el artículo 250° de su Reglamento.

4. Actualización y reintegro inmediato de la bonificación dada en 1991 equivalente al 1% del IGV (D.S.N°261-91-EF).

5. Actualización de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación conforme lo establece la Ley del Profesorado y el artículo 210º de su Reglamento.

6. Otorgamiento de 15 sueldos anuales a todos los trabajadores del sector público y privado. Abajo el privilegio que sólo gozan los congresistas, ministros y demás burócratas del Estado.

7. Pago de bonificaciones y subsidios de acuerdo a la Ley del Profesorado Nº 24029, su modificatoria 25212 y su reglamento D.S. Nº 019-90-ED. Derogatoria del D.S.N°051-1991-EF. Aplicación de la jurisprudencia de los juicios ganados por maestros para el pago completo de sus bonificaciones y subsidios en función de su remuneración íntegra.

8. Conversión de las asignaciones excepcionales otorgado por D.S.N°065-2003-ED a carácter remunerativo.

9. Pago normal de haberes, sin interrupción ni recorte, a docentes en uso de licencia por maternidad o enfermedad.

II. ASPECTO PROFESIONAL:

1. . Abajo la campaña gubernamental de desprestigio de maestros. Respeto a la dignidad del magisterio peruano

2. Cese a la coacción y chantaje para que los docentes nombrados ingresen a la privatista Ley Nº 29062 (LCPM) que impone un régimen permanente de contratación, cada tres años. Nombramiento y ascensos de nivel en función a la Ley vigente Nº 24029, Ley del Profesorado.

3. Respeto a los derechos adquiridos de los maestros. Cese a la pretensión de conculcarlos.

4. Respeto irrestricto al derecho de estabilidad laboral, y rechazo a las evaluaciones tramposas, políticas y punitivas.

5. Actualización pedagógica especializada gratuita a cargo del Estado para todos los trabajadores en la educación.

6. Financiamiento de parte del Estado para estudios de segunda especialidad, maestría y doctorado.

7. Reducción de la edad jubilatoria a los 30 años de servicios oficiales al Estado.

8. Cobertura de cargos de Directores regionales, Directores de UGELs y Especialistas mediante concurso público transparente.

9. Vigencia plena de la Ley del Profesorado N°24029, su modificatoria Ley N°25212 y su Reglamento, D.S.N°019-90-ED.

III. ASPECTO POLÍTICO SINDICAL Y EDUCATIVO:

1. Incremento del presupuesto del Sector Educación en no menor del 8% del PBI.

2. Defensa y plena vigencia de la educación pública gratuita en todos sus niveles, modalidades y etapas (Educación inicial, primaria, secundaria, universitaria y post grado) cuya responsabilidad económica y social es del Estado.

3. Derogatoria de las Leyes privatistas de la Educación: Ley Nº 28044, Ley Nº 29062, Ley Nº 28988, Ley Nº 28740, y demás normas complementarias y conexas.

4. Respeto al derecho de organización sindical, protesta y huelga.

5. Combate frontal a la desnutrición infantil. Dotación del desayuno y almuerzo escolar en todas las escuelas públicas.

6. La carga docente: un máximo de 25 alumnos por aula y 15 por taller o laboratorio. Respeto al espacio individual por alumno: 1,5 m2 en aula y 2,5 m2 en taller o laboratorio, conforme lo recomienda la UNESCO.

7. Por la implantación de una Escuela Única, Pública, Politécnica y Científica.

8. Contra toda forma de agresión cultural y educacional del Imperialismo por medio de sus agentes como el FMI, BID y BM. En defensa y respeto de la soberanía nacional.

9. Por una educación laica; anulación de plazas estatales en colegios privados o por convenio (parroquial-católico). Derogatoria de la Ley Nº 23211, sobre concordato entre la Santa Sede y el Estado peruano.

10. Derogatoria del Decreto Ley 882, Ley de Promoción de la Inversión Privada en educación, que mercantiliza y precariza la educación.

11. Derogatoria de todas las leyes que criminalizan las justas luchas del pueblo.

12. Reposición automática en su cargo a los trabajadores en la educación separados y despedidos por causales del ejercicio democrático del derecho a la protesta y huelga, así como el pago de sus haberes dejados de percibir.

13. Cese a la persecución política y judicial al presidente del CONARE del SUTEP, profesor Robert Huayanalaya Camposano y demás dirigentes. Reposición inmediata a su centro de trabajo.

14. Libertad de los maestros presos políticos en razón a sus ideas. Libertad de pensamiento, expresión y organización.

15. No al cierre de aulas o escuelas en las zonas rurales o urbano marginales. Respeto al derecho a la educación de los hijos del pueblo. Cese inmediato al proceso de racionalización.

16. Cese al plan piloto de Municipalización derogando el D.S. Nº 078 y demás normas complementarias. Vigencia plena de la escuela pública.

17. Creaciones e incremento de plazas orgánicas docentes, administrativo y de servicios en función del crecimiento vegetativo de la población escolar.

IV. ASPECTO SOCIAL:

1. Mejores condiciones laborales para todos los trabajadores en la educación.

2. Derecho pensionario por cesantía y jubilación con vigencia plena de la Ley 20530.

3. Implementación del servicio único de salud en forma especializada.

4. Jubilación por enfermedad grave, incurable o invalidez.

5. Desafiliación inmediata y sin condiciones de las AFPs para los trabajadores que deseen retirarse.

6. Sobre la Derrama Magisterial: Liquidación y devolución de los aportes de los maestros con su respectivo interés, utilidades y beneficios.

7. Restitución del 5to.año de Secundaria en la modalidad de Educación de Adultos.



Marzo del 2009

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