Para tener Presente
"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas
¿REFORMA EDUCATIVA?
¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.
Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?
ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza
09 agosto 2014
ULTIMO MINUTO, SE CAE LRM y su PRUEBA DE REUBICACION
MINEDU confirma que a la fecha solo hay 7,200 docentes inscritos para la prueba de reubicacion, por eso la nueva rm de incremento de plazas, a ver si caen algunos pescaditos mas....
MINEDU MODIFICA ANEXO 2 DE LA R.M. QUE CONVOCA A PRUEBA DE REUBICACION: se amplia plazas para prueba de Reubicacion
OTRA VEZ...
con los cambios y bacilaciones del MINEDU para confundir y manipular al magisterio.
en vista de que las bases se han dado cuenta de que todo es un cuento y engaña muchachos pq las palazas no cubren las espectativas de los maestros, ahora el MINEDU pretende hacer creer que son BUENOS y aumentan las plazas vacantes....
Ministerio de Educación amplía de 40 mil a 50 mil las metas para la reubicación docente.
Ministerio de Educación amplía a 50 mil metas para la reubicación docente.
El Ministerio de Educación emitió hoy la Resolución Ministerial
365-2014-MINEDU que incrementa de 40 mil a 50 mil las metas por escala y
grupo, asignadas a los Concursos Excepcionales de Reubicación a la
Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta escalas magisteriales.
Modifican Anexo 2 de la R.M. N° 298-2014-MINEDU que contiene metas
por escala y grupo de los concursos públicos nacionales excepcionales de
reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 365-2014-MINEDU
Lima, 7 de agosto de 2014
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la
Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que los profesores
nombrados, pertenecientes al régimen de la Ley N° 24029, comprendidos en
los niveles magisteriales I y II, son ubicados en la primera escala
magisterial, los del III nivel magisterial en la segunda escala
magisterial, y los comprendidos en los niveles magisteriales IV y V son
ubicados en la tercera escala magisterial a que se re¿ ere la citada
Ley; siendo que para facilitar su acceso a la tercera, cuarta, quinta y
sexta escala magisterial, el Ministerio de Educación convoca
excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0631-2013-ED, se convocó
excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales dirigidos a los
profesores procedentes de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado, para
acceder a la tercera, cuarta, quinta y sexta escalas magisteriales; los
cuales, conforme a lo dispuesto por la Resolución Ministerial N°
298-2014-MINEDU, se realizarán en setiembre de 2014 y enero de 2015;
Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 813-2014-MINEDU de
fecha 16 de junio de 2014, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicaciónen la Tercera,
Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial”, la cual contiene
disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los
referidos concursos públicos excepcionales; así como, sus etapas,
instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas
instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de los
citados concursos;
Que, a través del artículo 3 de la Resolución Ministerial N°
298-2014-MINEDU de fecha 11 de julio de 2014, se establecen las metas de
los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la
tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, previstos en la
PrimeraDisposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de
Reforma Magisterial, las mismas que como Anexo 2 forman parte de
integrante de la referida resolución;
Que, mediante Memorándum N° 10235-2014-MINEDU/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto señala que
en el Presupuesto Autorizado del Pliego para el presente año, se han
previsto recursos hasta por la suma de S/. 490 000 000,00 para ¿ nanciar
la implementación de la Ley de Reforma Magisterial; de los cuales,
según lo informado por la Dirección General de Desarrollo Docente, se
han programado compromisos de transferencias de recursos hasta por la
suma de S/. 469 500 000,00, quedando un saldo disponible de S/. 20 500
000,00; por lo que, se cuenta con los recursos disponibles para ¿
nanciar el incremento de las metas de los concursos públicos nacionales
excepcionales de reubicación;
Que, a través del Oficiocio Nº 305-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el Director
de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Viceministerio
de Gestión Pedagógica el Informe Nº 170-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED,
elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, elcual sustenta la
necesidad de modi¿ car las metas por escala y grupo, según modalidad,
forma y nivel educativo de los concursos públicos nacionales
excepcionales de reubicación, establecidas mediante Resolución
Ministerial N° 298-2014-MINEDU;
De conformidad con con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del
Ministerio de Educación, modi¿ cado por la Ley Nº 26510; la Ley N°
29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma
Magisterial aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y su modi¿
catoria; el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal
(CAP) del Ministerio de Educación; y las Normas para los Concursos
Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta
Escala Magisterial, aprobadas por Resolución de Secretaría General N°
813-2014-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modi¿ car el Anexo 2 de la Resolución Ministerial N°
298-2014-MINEDU, que contiene las metas por escala y grupo de los
concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la
tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, convocados mediante
Resolución Ministerial N° 0631-2013-ED, en el marco de lo dispuesto en
la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N°
29944, Ley de Reforma Magisterial, conforme al Anexo 1 que forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la O¿ cina de Apoyo a la Administración de la
Educación publique la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el
Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el
Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1120670-1
fuente: minedu
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