¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

14 julio 2015

DURO REVÉS AL MINEDU: Directores y subdirectores cesados deberán ser repuestos por mandato judicial.



Resolución. Sala Laboral de Lima aceptó medida cautelar que ordena a Ministerio de Educación reposición de más de 11 mil directores y subdirectores.
El Ministerio de Educación está obligado a reponer a nivel nacional a más de 11 mil directores y subdirectores, quienes fueron retirados de sus plazas, este año, luego que no resultaran ganadores del concurso excepcional de directores y subdirectores que realizó el ministerio el 2014.

El retorno de estos maestros se concreta luego que la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima aceptara el pasado 30 de junio la medida cautelar interpuesta por el Sindicato Nacional de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas Públicas (Sindep).

Los maestros cuestionaron en su demanda que la evaluación excepcional del 3 de agosto del 2014, que realizó el Ministerio de Educación, nunca debió realizarse, porque la misma no estaba contemplada en la Ley de Reforma Magisterial 29944.

El secretario general del Sindep en Arequipa, Manuel Del Carpio Ponce, explicó que ante la resolución judicial, el ministerio, las direcciones y gerencias de Educación, además de las Ugel, deben disponer el retorno de los maestros a sus cargos de directores y subdirectores que ostentaban hasta diciembre de 2014. “Esta demanda se interpuso el 2013. En ese entonces el Poder Judicial nos da la razón, pero el Ministerio apela el fallo. Cuando ocurre ello, nosotros interponemos una medida cautelar que haga respetar la plaza de los maestros mientras no concluya el proceso judicial. Recién el 30 de junio de este año se acepta la medida cautelar y se está ordenando la reposición”.

Contra los plazos
El Poder Judicial otorgó cinco días hábiles para que se cumpla la medida cautelar y los maestros retornen a sus centros de trabajo. El último miércoles venció este plazo y todavía el ministerio no notifica a las direcciones y gerencias de Educación, así como a las Ugel para que cumplan con la disposición.




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