¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

07 septiembre 2010

DECRETOS LEGISLATIVOS BUSCAN IMPUNIDAD EN DERECHOS HUMANOS Y CRIMINALIZAN MÁS LA PROTESTA SOCIAL





En conferencia de prensa realizada en el local de la CNDDHH, los organismos de derechos humanos expresaron su rechazo a los decretos legislativos recientemente aprobados por el Ejecutivo que criminalizan aún más la protesta social y buscan impunidad en casos de violaciones de derechos humanos.

Representantes de los organismos alertaron sobre las implicancias que ya están teniendo estos decretos legislativos. Precisamente hoy, el abogado del general Noriega, implicado en el caso de Mariela Barreto, pidió el archivamiento del caso basándose en los respectivos decretos. Además, señalaron que estos decretos podrían, en el escenario más próximo, absolver y poner en libertad a Santiago Martin Rivas, al igual que podrían servir como andamiaje para poner en libertad al ex presidente Alberto Fujimori.

VER:


Los organismos de derechos humanos expresaron públicamente su rechazo a gran parte del contenido de los decretos legislativos aprobados por el Ejecutivo por las razones siguientes:


Sobre el decreto legislativo Nº 1097

1. Respecto al decreto legislativo Nº 1097, referido a la aplicación de normas procesales por delitos que implican violaciones de derechos humanos, resulta inaceptable que la Primera Disposición Complementaria y Final señale que la convención internacional sobre la imprescriptibilidad de los crímenes contra los derechos humanos sólo surte efecto recién a partir de noviembre del 2003, contradiciendo así sentencias de la Corte Interamericana de derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta, la sentencia de la Corte Suprema en el caso de Alberto Fujimori y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia, en el caso Villegas Namuche, entre otros.Sin duda constituye un serio retroceso que va en contra de la Convención americana y que pretende la impunidad de graves violaciones de derechos humanos perpetradas durante el conflicto armado interno en las décadas de los ochenta y noventa en el Perú. Inclusive, esta norma podría terminar beneficiando a los terroristas que perpetraron crímenes de lesa humanidad.

2. Por otro lado, el decreto legislativo Nº 1097, adelanta la aplicación de algunos artículos del nuevo Código Procesal Penal, con un afán supuestamente garantista, pero que en el fondo lo que pretende es beneficiar indebidamente a personal militar y policial acusado de crímenes contra los derechos humanos, afectando seriamente la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 2.2º de la Constitución, pues son beneficios concedidos con nombre propio a un grupo determinado a pesar de la gravedad de los crímenes perpetrados.

Por ejemplo, en virtud de esta nueva norma, los militares o policías acusados de violaciones de derechos humanos podrán cumplir arresto domiciliario en “instalaciones militares o policiales”, esto es, no sólo cuarteles sino hasta centros recreacionales de las fuerzas armadas o la policía nacional. Asimismo, se aplica el plazo máximo de 36 meses de detención previsto en el antiguo Código procesal penal, sin tomar en cuenta la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Constitucional que consideró válido extender dicho plazo más allá de los 36 meses en el caso de delitos complejos como lo son, evidentemente, los crímenes de derechos humanos.


Sobre el decreto legislativo Nº 1095

3. En relación al decreto legislativo Nº 1095, referido a reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las fuerzas armadas en el territorio nacional, preocupa la definición contenida en el artículo 3.f) sobre “grupo hostil”, pues es tan amplia que podría ser instrumentalizada para criminalizar aún más algunas protestas sociales, específicamente, las protestas de los pueblos indígenas.

4. A su vez, resulta inaceptable la modificación del artículo 27º de este decreto legislativo Nº 1095, en comparación con el artículo 13º de la derogada ley Nº 29166 y con los proyectos de ley sobre la materia consensuados en el seno de la Comisión Nacional de derecho internacional humanitario (Conadih), que hacían referencia exclusivamente a los “delitos de función” cometidos por personal militar. En cambio ahora, el referido artículo 27º se refiere genéricamente a “conductas ilícitas atribuibles al personal militar”, en una clara intención de abarcar los delitos comunes que pudiera cometer el personal militar en el marco de esta norma.

Cabe señalar, que este cuestionable artículo 27º remite al personal militar al fuero militar policial, con lo cual, la intención sería extender la competencia de este fuero al juzgamiento de delitos comunes, lo que constituiría una grave afectación a la Constitución y la Convención americana.


Sobre el decreto legislativo Nº 1094

5. En el caso del decreto legislativo Nº 1094, que aprueba un nuevo e innecesario Código penal militar policial, es muy grave que se haya vuelto a incorporar y tipificar supuestos de delito de función que en el año 2006 fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional y expulsados del ordenamiento jurídico.

En efecto, el nuevo Código penal militar policial tipifica los delitos contra operaciones humanitarias (artículo 95º), de utilización indebida de signos protectores (artículo 96º), daños extensos y graves al medio ambiente natural (artículo 97º) y delito contra las personas protegidas por el derecho internacional humanitario (artículo 88º y ss.), que fueron declarados inconstitucionales y expulsados del ordenamientos por la sentencia de fecha 15 de diciembre del 2006 recaída en el Expediente Nº 0012-2006-PI/TC.

De esta manera, queda en evidencia que fue tan sólo un pretexto la justificación para la delegación de funciones legislativas aprobada por la Ley Nº 29548, que mencionaba la necesidad de adecuar este código a lo dispuesto por la jurisprudencia del TC; justificación que inclusive fue esgrimida públicamente por el presidente del tribunal supremo de justicia militar.


Sobre el decreto legislativo Nº 1096

6. En el caso del decreto legislativo Nº 1096, que modifica la ley de organización y funciones del fuero militar policial Ley Nº 29182, e Gobierno reitera un modelo de organización de la justicia militar policial contrario a lo desarrollado por la jurisprudencia de la Comisión y la Corte interamericanas sobre la materia.

Inclusive, este decreto legislativo es muestra de la grave inconsistencia de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente 00001-2009-PI/TC que a fines de diciembre del año 2009, sostuvo que los jueces y fiscales militares podían ser —a la vez— oficiales en situación de actividad, sin restricción alguna.

En cambio ahora, la norma en referencia establece que tanto el tribunal supremo de justicia militar policial como el consejo ejecutivo del fuero militar policial, tendrán una composición mixta de oficiales en retiro y en actividad.

Fuente: arte-nuevo.blogspot

RATAS CIBERNÉTICAS ORGANIZAN FRAUDE.

MAFIA APRISTA NEGOCIA POR INTERNET VENTA DE PRUEBA PARA EL NOMBRAMIENTO DE MAESTROS. RATAS CIBERNÉTICAS ORGANIZAN FRAUDE.


La reforma educativa neoliberal que viene profundizando el gobierno aprista centra en la meritocracia como uno de los aspectos principales de su mal llamada "revolución de la educación"; sin embargo la realidad nos demuestra lo contrario, pues ante los fraudes escandalosos perpetrado por el MED (en todos los procesos de evaluación anteriores), encabezado por el Ministro Chang, la tan cacareada Ley de la Carrera Pública Magisterial resulta una estafa.

En tal sentido, en el último mensaje presidencial, de julio del presente año, Alan García manifestó que el ingreso a la Carrera Publica Magisterial era por mérito y esfuerzo, nada más falso; sin embargo, todo queda en la retórica, pues en la realidad la meritocracia se sigue vendiendo y comprando, alentado y fomentado por las propias autoridades del gobierno.

El proceso de nombramiento 2010 no escapa a la asquerosa corruptela del partido de los "faenones", pues el proceso esta lleno de actos de corrupción; sin embargo, pareciera que la maquinaria mafiosa, dirigida desde las altas esferas del poder, viene cambiando el modo de operar para obtener jugosos "honorarios de éxito" y, de paso, favorecer a los "comechados apristas".

La forma como traman y calculan todos los actos de corrupción no es ajena a la práctica del partido aprista, pues en el primer periodo de gobierno de Alan García, siendo ministra de educación Mercedes Cabanillas, se utilizó el ministerio como una agencia de empleos haciendo ingresar al magisterio más de 100 mil comechados apristas.

El modus operandis del partido de la corrupción ha hecho que los mafiosos apristas, traficantes de plazas, cambien sus estrategias de "venta", pues debido a los escandolos anteriores y las denuncias probadas, ahora utilizan las nuevas tecnologías de la comunicación, pues la venta se hace directamente por internet con sus contactos (vinculados a la mafia aprista) que pagan entre 1000 y 1500 dólares, los cuales se encargan de vender la prueba al menudeo, entre 400 y 500 dólares, dizque para recuperar su inversión y "ganarse alguito". ¡Tremendas ratas!

Los maestros vienen denunciando que la prueba de aplicación que se tomará para la etapa eliminatoria, el domingo 22 de agosto, se viene vendiendo por adelantado; pues, en esta ocasión, se viene "cobrando" la mitad de la coima convenida y la otra mitad el día (madrugada del domingo) de la entrega de las claves de las respuestas de la prueba.

En tal sentido, queda corroborado, hasta la saciedad, la entraña gansteril de las autoridades apristas, pues los dignos maestros verán burlados, una vez más, sus expectativas. Pero lo indignante, es que el propio gobierno y el ministerio de educación, en lugar de garantizar la imparcialidad y transparencia de las evaluaciones a los docentes, sean los autores intelectuales del monumental fraude; en efecto queda demostrado que la "meritocracia" es otro cuentazo del Apra, pues los propósitos que persiguen es favorecer el copamiento de profesores mediocres del ANTAE para apristizar el sector educación y facilitar la imposición de sus nefastas políticas educativas y el otro es llenarse los bolsillos a costa de las necesidades de trabajo que tienen miles de docentes.

Fuente: Herald/ Sute Sector 17.

COLEGIOS MUNICIPALIZADOS DE SURCO SIN AGUA NI LUZ


COLEGIOS MUNICIPALIZADOS DE SURCO SIN AGUA NI LUZ




En Surco. Déficit presupuestal asciende a s/. 1, 277, 287.
Viceministro de Educación asegura que se efectuará
transferencia de más de S/.58 millones para los planteles
con este régimen (Milagros Laura S.)

Los mil 658 alumnos del colegio Los Precursores Nº 7086 acaban de iniciar sus clases de medio año y siguen sin contar con servicios de agua y luz. Mientras que las oficinas administrativas del colegio ‘Abraham Roldán Poma’ se encuentran paralizadas por la falta de electricidad. En tanto, en el colegio ‘José María Arguedas’ los más perjudicados por el corte de luz son los alumnos del turno noche que han visto sus clases suspendidas hasta que se renueve el servicio. Un triste panorama que se repite en los 17 colegios “municipalizados” que tiene el distrito de Surco.

Déficit presupuestal

¿El problema? Un déficit presupuestal en el plan de la municipalización de educación, y que en Surco asciende a un millón 277 mil 287 soles, una carencia que no ha permitido cumplir con los pagos de luz y agua y el pago de planillas de los docentes en los colegios.

Así como tampoco con la compra de los bienes básicos (artículos de limpieza, útiles de oficina, concepto de guardianía, entre otros).

Por eso, ayer el alcalde de Surco, Juan Manuel del Mar, se reunió con los directores de las escuelas y sostuvo que “desde hace 6 meses vengo solicitando una reunión con el ministro. En este proceso de la municipalización educativa, los municipios solamente hemos quedado como intermediarios en el pago de planillas y servicios, y ellos no cumplen con la transferencia del currículo y bienes. No existe justificación para que los colegios estén pasando por esta situación”.

Entregarán presupuesto

Por su parte el viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, aseguró que se subsanará la falta de presupuesto para los colegios municipalizados. Los ministros de Educación y de Economía ya han dispuesto la transferencia de 58 millones 905 mil soles, que corresponden al presupuesto de todo este año para los colegios.

Cifras

10,969 escolares de todos los niveles son los perjudicados.
457 docentes de los 17 colegios de Surco están impagos.

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Mié, 11/08/2010 - 18:55 — luis Angel

Y LA MUNICIPALIDAD DE IMPERIAL EL CEM CUANDO NOS VAN APAGAR EL MES DE MARZO A CASO LIMA NO MAS TIENE NECESIDAD, AQUI ESTAMOS SIN LUZ, YA QUE LA MUNICIPALID DEBE 2 MESES. CUANDO NO, EL GOBIERNO APOYANDO A LOS PITUCOS DE LIMA Y LOS DE PROVINCIAS NADA. ESPERO QUE TAMBIEN NOS PAGUEN.

Fuente: La República

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