LEAN LA CUARTA DISP.
TRANSITORIA DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL....QUE LOS TRABAJADORES DE LA 276, 728
O CAS, QUE OPTEN A PASAR A LA LEY DEL SERVICIO CIVIL.....PASARAN COMO
NUEVOS....TUS AÑOS DE SERVICIO 5, 10, 15, 20, 25, etc TE LO LIQUIDARAN.....Y
EMPEZARAS COMO "NUEVO" TRABAJADOR, CON CERO(00) AÑOS DE
SERVICIOS........¿¿¿¿¿¿ESTO ES LA GRAN REFORMA-----??????MENTIRA, MENTIRA,
COMO EL MENTIROSO DE OLLANTA-----QUE LE VAMOS A CREER A ESTAS ALTURAS A ESTE
MISERABLE Y MENTIROSO....
DICEN QUE SE RESPETA LA
ESTABILIDAD LABORAL........PERO VEAN EN SU ¡¡¡¡¡¡¡ARTICULO 76, DICE MODALIDADES
DE CONTRATO!!!!!----¿¿DONDE DICE QUE SERAN NOMBRADOS LOS TRABAJADORES QUE GANEN
EL CONCURSO DE MERITOS???.....¡¡¡¡¡¡¡--NADA COMPAÑEROS TODO
ES MENTIRA....SEGUIR DEFENDIENDO NUESTROS DERECHOS ADQUIRIDOS-----BASTA DE
MENTIRAS!!!!!!!!!!---
