¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

30 septiembre 2009

LA VERDAD CONTRA LA PERSECUSION POLITICA: CASO HUAYNALAYA


!SIN LUCHA NO HAY VICTORIA!


CASO HUAYNALAYA: LA VERDAD SE IMPUSO ANTE EL ABUSO Y LA PREPOTENCIA


EL JUZGADO MIXTO DE CHUPACA, donde se ventilaba el caso del profesor ROBERt HUYANALAYA CAMPOSANO DIRIGENTE SINDICAL DEL SUTEP-CONARE, que fuese separado de su cargo de docente por ORDEN DIRECTA del ministro de educacion CHANG ESCOBEDO, ha sido resuelto A FAVOR DE NUESTRO DIRIGENTE SINDICAL - PRESIDENTE DEL COMITE EJECUTIVO SUTEP- CONARE, segun UNA SENTENCIA JUDICIAL.

A CONTINUACION, RESUMEN DE LA SENTENCIA JUDICIAL:

EXPEDIENTE : 2008-136-130401JMCH-P
PROCESADO: ROBERT CUSTODIO HUAYNALAYA Y OTROS
DELITO: RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD Y OTRO
AGRAVIADO: ESTADO
JUEZ: WALTER AVILA GONZALES
SECRETARIO: JORGE JURADO SANCHEZ

SENTENCIA Nº 61-2009-JMCH-P RESOLUCION NUMERO : QUINCE
CHUPACA, VEINTICUATRO DE JUNIO DEL DOS MIL NUEVE

SENTENCIA:

1. ANTECEDENTES DEL CASO:

El ESTADO representado por el Director Regional de Educacion (WALTER ANGULO MERA) denuncia a al profesor ROBERT HUAYNALAYA CAMPOSANO, por los delitos CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA EN LA MODALIDAD DE RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD y VIOLENCIA CONTRA FUNCIONARIO PUBLICO. por los hechos "SUPUESTAMENTE" sucedidos el 27 de abril del 2008 con motivo de que en el distrito de Huachac se realizo un debate publico sobre el tema de MUNICIPALIZACION DE LA EDUCACION, (entre los funcionarios del ministerio y los dirigentes del SUTEP-CONARE.)


2. EXAMEN DEL CASO OBJETO DE PRETENSION PENAL:

El injusto penal del delito de resitencia y desobediencia de la autoridad se encuentra tipificado en el art. 386 del Codigo Penal "El que desobedece o resiste la orden impartida por un funcionario publico en el ejercicio de sus tribuciones, salvo que trate de la propia detencion, sera reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años". A su vez, el delito de violencia contra funcionario publico para impedir el ejercicio de sus funciones se encuentra previsto en el articulo 366 del Codigo Penal concordante con su formula agravada prescrita en el art. 367 del mismo cuerpo normativo prescribe: " en casos de los articulos 365 y 366, la pena privativa de libertad sera no menor de tres ni mayor de seis años cuando: 10 El hecho se realiza por dos o mas personas, 2 el autor es funcionario o servidor publico


EN CASO DE RESITENCIA Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD: no existe tal delito, porque no huvo la figura de desobediencia y resistencia por NO HABER una orden directa ni indirecta realizada por el funcionario DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACION ; el hecho se limito a un acto publico "DEBATE" a invitacion del alcalde del distrito de Huachac. POR TANTO: NO SE CONFIGURA EL DELITO IMPUTADO POR EL ESTADO.

EN CASO DE LA ACUSACION POR VIOLENCIA CONTRA AUTORIDAD: Segun el certificado del medico legista y otros no existe evidencia de agresion alguna; al mismo tiempo segun versiones de los mismos testigos presentados por parte del estado, no existe coherencia en las declaraciones; es decir son contradictorios. FINALMENTE. segun las actas de la VISUALIZACION DE LOS VIDEOS (EN PRESENCIA DE L REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO) que forman parte del expediente, NO SE OBSERVA AGRESION ALGUNA DEL ACUSADO EN CONTRA DEL ACUSADOR. POR TANTO, NO EXISTE, NI SE PRUEBA EL DELITO DE VIOLENCIA CONTRA AUTORIDAD.


3. DESICION:

EL JUZGADO SE PRONUNCIA:

1. Declarar de oficio FUNDADA la exepcion de naturaleza de accion a favor de los acusados ROBERT CUSTODIO HUAYNALAYA CAMPOSANO, RODOLFO VICTOR ESTEBAN CCORA e HIPOLITO ALEJANDRO ARANDA DURAN, por la comision del delito contra la Administracion Publica en la modalidad de resitencia y desobediencia a la autoridad en agravio del estado - Direccion regional de Educacion de Junin; consiguientemente, tengase por FENECIDO el proceso y ARCHIVESE en la forma prevista por ley; dejandose a salvo las atribuciones de la autoridad administrativa pertinente para hacer uso de la investigacion de los hechos bajo el cauce legal de un procedimiento administrativo disciplinario, a la luz de los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

2. ABSOLVER de la acusacion fiscal a los acusados ROBERT CUSTODIO HUYANALAYA CAMPOSANO, RODOLFO VICTOR ESTEBAN CCORA e HIPOLITO ALEJANDRO ARANDA DURAN, por la comision del delito contra la administracion publica en la modalidad de violencia contra un funcionario publico para impedir el ejercicio de sus funciones en agravio de la Direccion Regional de educacion de Junin; consiguientemente, DISPONGASE LA ANULACION DE TODOS SUS ANTECEDENTES ORIGINADOS con motivo del presente proceso y el ARCHIVAMIENTO del proceso en la forma prevista por la ley.- NOTIFIQUESE A TODOS los sujetos procesales, bajo responsabilidad.

JORGE LUIS JURADO SANCHEZ
SECRETARIO
JUZGADO MIXTO CHUPACA


¿QUE DIRAN AHORA EL PRESIDENTE GARCIA Y SU MINISTRO CHANG?
SE HA DEMOSTRADO FEHACIENTENTE QUE LA SEPARACION DEFINITIVA DEL MAGISTERIO, ERA UNA ACCION POLITICA DE AMEDRENTAMIENTO A LOS DIRIGENTES DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES, EN ESTE CASO DEL SUTEP-CONARE. FORMANDO PARTE DE LA POLITICA DE REPRESION Y CRIMINALIZACION DE LA PROTESTA POPULAR.

DE IGUAL MODO, A LOS OPORTUNISTAS Y REVIONISTAS DEL MOVIMIENTO SINDICAL, LES DECIMOS QUE EL SUTEP-CONARE ESTA MAS VIGENTE QUE NUNCA, Y SU PRESIDENTE EL COMPAÑERO ROBERT HUAYNALAYA CAMPOSANO MAS FIRME EN SUS CONVICCIONES PARA RECONSTITUIR EL SUTEP DESDE LAS BASES HAS TA EL CEN

!VIVAN LAS LUCHAS ORGANIZADAS DE LOS PUEBLOS DEL PERU!
!VIVA LA LUCHA SINDICAL EMPRENDIDA POR EL SUTEP CONARE!
!DEROGATORIA DE LA LEY DE CPM 29062!
!NO LA MUNICIPALIZACION PRIVATIZADORA DE LA EDUCACION!
!NO A LA CRIMINALIZACION DE LA PROTESTA POPULAR!

!ABAJO EL CHANTAJE Y LA PERSECUCION POLITA DE LOS BUFALOS DEL APRA!
!ABAJO LAS TRAICIONES DE LOS REVISIONISTAS DE PATRIA ROJA Y SU CAMARILLA ENQUISTADA EN EL CEN DEL SUTEP
!ABAJO LAS NEGRAS PRETENCIONES DE LOS OPORTUNISTAS ESQUIVEL, ROBLES, ALBUJAR, GARRO, TITO Y MERY COYLA; POR DESTRUIR Y LIQUIDAR EL MOVIMIENTO MAGISTERIAL CLASISTA !


PREPARAR A LAS BASES PARA EL I CONGRESO PEDAGOGICO DEL SUTE-CONARE

PREPARAR LA PARTICIPACION MASIVA Y ACTIVA EN LA IV CONVENCION NACIONAL DE DELEGADOS DEL SUTEP, A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE LIMA DEL 23 DE ENERO DEL 2010



OCTUBRE 28 DEL 2009

DATA WEB DE EDUMEDIA TECNOLOGIA EDUCATIVA