¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

13 mayo 2008

CONTRA LEYES ANTIPROTESTA


Activistas de derechos humanos y dirigentes sociales presentaron demanda ante Tribunal Constitucional.
Contra leyes antiprotesta
Miguel Jugo dice que la protesta es un derecho de los ciudadanos.

DATO
Los dirigentes afirmaron que con esta demanda buscan frenar las pretensiones del gobierno, que quiere, a su vez, silenciar a la población, sin otorgarle su legítimo derecho a la libertad de opinión y de pensamiento.

La Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) presentó ayer ante el Tribunal Constitucional, con más de 6,500 firmas, una demanda de inconstitucionalidad contra los decretos legislativos que criminalizan la protesta social.Su director, Miguel Jugo, destacó la importancia del acto que persigue el pronunciamiento del organismo constitucional contra el Decreto Legislativo 982 porque atenta contra los derechos fundamentales de los ciudadanos, sobre todo de los sectores más vulnerables que, precisamente, sufren las consecuencias de la criminalización de la protesta.
Wilfredo Ardito, responsable del Área de Derechos Económicos y Culturales, recordó que el Ejecutivo sólo estaba facultado para regular la problemática del crimen organizado, no para emitir normas de carácter general, como la inimputabilidad a policías y militares que maten personas, la sanción a las autoridades que apoyan huelgas, ni la posibilidad de detener a personas sin mandato judicial, o sancionar hasta con 25 años de prisión a las personas que bloqueen carreteras, entre otros temas.
Además de Jugo y Ardito, ­acudieron al Tribunal Constitucional Olmedo Auris y Luis ­Isarra, dirigentes nacionales de la CGTP; Melchor Lima, de la Confederación Campesina del Perú; y Mario Palacios, de Conacami

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