¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

16 junio 2013

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL SIN PRESUPUESTO

Pedirán fondos para las CTS de los 700 maestros cesados con LRM

 
Arequipa. El presidente de la Comisión de Educación del Consejo Regional de Arequipa, Leopoldo Bellido, informó que se elevará una petición al Ministerio de Educación (Minedu) para que dispongan del presupuesto necesario y pagar las Compensaciones por Tiempo de Servicios (CTS) a los 700 maestros cesados por límite de edad -a los 65 años- con la Ley de Reforma Magisterial (LRM). 

Se estima que a cada docente se le tendrá que pagar entre cinco mil y ocho mil soles por este concepto. Los montos dependen del tiempo de trabajo. El dinero que se requiere bordea los cinco millones de soles.  "Muchos maestros están reclamando por esto, además de sus pensiones", dijo Bellido. El gerente de Educación, Marco Montañez, refirió que la situación es preocupante. "No obstante debemos cumplir con lo dispuesto por el Minedu y aplicar los ceses", refirió.
FUENTE:
http://www.larepublica.pe/16-06-2013/pediran-fondos-para-las-cts-de-los-700-maestros-cesados-con-lrm

Con hábeas corpus o amparo jóvenes podrían dejar de ir al Ejército


ESTRATEGIA. Jóvenes pueden acudir al TC si son sorteados.
ESTRATEGIA. Jóvenes pueden acudir al TC si son sorteados.
 
SALIDA LEGAL. Defensoría y organismos de DD.HH. precisan que se argumentaría la igualdad de trato ante la ley. 
 
La Defensoría del Pueblo y la ONG Asociación por la Vida y la Dignidad Humana (Aporvidha) les dieron una salida a los jóvenes en edad de servir y que sean elegidos en el sorteo del 19 de junio. Que interpongan una acción de amparo o un hábeas corpus. Con ambas medidas ante el Poder Judicial evitarán su ingreso obligado al Ejército, según ambas organizaciones.


Se recomienda presentar una acción de amparo, será más eficaz. porque que una acción de ese tipo llegará hasta el Tribunal Constitucional, entidad que aclarará si la norma es discriminatoria o inconstitucional. “Aquel joven que no tenga dinero para pagar la multa  de S/. 1,800 y así evitar el servicio puede presentar su amparo y así hacer respetar su derecho al trato igualitario. Procederá ante lo discriminatorio del reglamento del servicio militar obligatorio”. 
 
Entonces, el defensor del Pueblo, Eduardo Vega, en su competencia, presentó el viernes 14 de junio ante el Poder Judicial dos documentos: una acción de amparo y una medida cautelar a fin de detener el sorteo. La acción de amparo se presentó ante la amenaza de vulneración de los derechos constitucionales, sosteniéndose en el artículo 200.2 de la Constitución Política.

Según el constitucionalista Roberto Pereyra, el proceso de amparo tiene por finalidad declarar este sorteo inconstitucional e impedir que se produzca, pero como este proceso demorará más de la cuenta se ha interpuesto una medida cautelar, que –afirma–es “un adelantamiento a la decisión de fondo”, que agilizaría e impediría que se realice el llamamiento obligatorio.

“Ojalá el Poder Judicial pueda ser sensible al problema que significa este llamamiento extraordinario y responda favorablemente a la medida cautelar, antes del miércoles.

¿Será posible que el PJ deje sin efecto el sorteo y ordene su suspensión? Pereyra indica que los plazos legales son muy cortos en este caso y durará a lo mucho tres días, es decir, es posible que se cancele el sorteo. "Dado la urgencia, esperemos que se haga dentro de los plazos establecidos".

Pero ¿qué sucederá en caso contrario? El experto afirma que habrá que esperar el asunto de fondo (la Acción de Amparo).  Aunque también señala que los afectados, al ser llamados, podrán presentar una demanda de amparo o un hábeas corpus, pues se le estaría obligando a realizar el servicio.
Es inconstitucional

Según la Constitución: "Toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional, de conformidad a la ley". Al respecto, la Ley del Servicio Militar establece claramente "el carácter voluntario del servicio militar, y a la vez, prohíbe el reclutamiento forzoso como procedimiento de captación de personal".

Según el recurso remitido al PJ, el sorteo público constituye una restricción irrazonable al libre desarrollo de las personas, pues obligará a los jóvenes a ser recluidos en el Ejército. También indica que es discriminatorio, ya que afecta solo a un determinado sector (pobre) de la población. Además, establece la "muerte civil" de las personas que no puedan cancelar las multas.

La acción de amparo resalta también que la suspensión del sorteo no afectará a las Fuerzas Armadas, pues precisa que dicho proceso –para cubrir déficit de vacantes– solo se justifica para casos en los que se encuentre en riesgo la defensa nacional o el normal funcionamiento del Ejército.
 

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