¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

26 noviembre 2011

De lagunas a desmontes

De lagunas a desmontes

En la tarde de ayer, jueves 24, el ministro del Ambiente, Ricardo Giesecke, entregó al premier Salomón Lerner las observaciones de su ministerio respecto del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto minero Conga.

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Miércoles 2 de noviembre. Los ministros del Ambiente, Ricardo Giescke; de Agricultura, Miguel Caillaux y Energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi, visitan las lagunas El Perol y Azul que serían afectadas por el proyecto minero Conga (Foto: Andina).
Por Gustavo Gorriti.-
El informe, de once páginas acompañadas por un resumen de página y media, contiene graves objeciones ambientales al EIA del proyecto Conga, y contradice en forma contundente al ministerio de Energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi, que declaró el 21 de noviembre que el EIA “es correcto y tiene el visto bueno del ministerio del Ambiente”.
Algunos de los más importantes comentarios y objeciones ambientales expresadas en el informe del ministro Giesecke – al que IDL-Reporteros tuvo acceso – son las siguientes:
Ricardo Giesecke, ministro del Ambiente (Foto: Andina).
• En el “tema del agua y la utilización de cuatro lagunas”, que “genera polémica y rechazo al proyecto en Cajamarca”, el informe subraya que el Proyecto Conga “transformará de manera significativa e irreversible la cabecera de cuenca, desapareciendo varios ecosistemas y fragmentando los restantes, de tal manera que los procesos, funciones, interacciones y servicios ambientales serán afectados de manera irreversible”.
• El informe revela que de las cuatro lagunas que se proyecta desaparecer, solo dos, Perol y Mala serán vaciadas para extraer el oro. Las otras dos, Azul y Chica, “serán vaciadas y utilizadas como depósitos de desmontes” [sic]. Es decir, que se secará dos lagunas para acumular desmonte sobre sus lechos.
• También indica el informe que “la evaluación de los humedales (lagunas altoandinas, bofedales) no se ha desarrollado en función a la fragilidad del ecosistema que se pretende intervenir”. En su visita a las lagunas el 2 de noviembre pasado, el ministro Giesecke dijo, según un despacho de Andina, que “los bofedales y las lagunas cumplen casi exactamente el mismo papel que los glaciares: son reguladores del agua… deshacernos de las lagunas y los bofedales es como meterle dinamita a los glaciares”. Ahora, el informe subraya que el EIA no consideró el efecto de ese dinamitazo ambiental.
• Según el informe del Ministerio del Ambiente, el EIA de Newmont/Yanacocha no considera “las microcuencas de manera integral”. Por eso, “el criterio y análisis de afectación a los caseríos y centros poblados debiera realizarse por cada microcuenca hidrográfica”.
• Según fuentes del Ministerio del Ambiente, el EIA identificó solo 32 caseríos como área de influencia del proyecto. Pero el Minan sostiene que son mucho más caseríos en tanto la cuenca es mayor.
• A la vez, el Informe sostiene que “la vulnerabilidad de la zona de emplazamiento del proyecto por ser una cabecera de cuenca requiere un análisis hidrológico e hidrogeológico detallado”. De hecho, añade, “no se han realizado estudios que de manera fehaciente demuestren que los depósitos de relaves no producirán filtraciones (…) riesgo potencial, toda vez que en el EIA se confirma la existencia de flujos hídricos subterráneos (…). Por ello, el EIA debió haber contemplado estudios complementarios que aclaren estos aspectos”.
• En cuanto a la valoración económica del Estudio de Impacto Ambiental de Yanacocha, el informe presentado por el ministro Giesecke indica entre otras cosas que “la estimación del valor económico de la biodiversidad es insuficiente… una gran variedad de especies de flora y fauna que se han identificado en la zona …no ha sido valorada”. Según fuentes del MinAm, el EIA de Yanacocha solo valoró el impacto en la agricultura y ganadería y no el ambiental.
• El informe Giesecke indica también que “los US$86’000,000 de valor de reposición estimados en el EIA están subestimados; así, al eliminarse las lagunas y construirse un reservorio en su reemplazo no se está mitigando el impacto sino compensando solo el servicio de provisión hídrico, dejando de lado la compensación de los otros servicios ambientales perdidos”.

Carlos Herrera Descalzi, ministro de Energía y Minas (Foto: Andina).
En las recomendaciones, el informe Giesecke sugiere que, en lugar de vaciar las lagunas Azul y Chica, para utilizar sus lechos como depósito de desmonte, se evalúe la reubicación de dichos depósitos en zonas distintas a las ocupadas por dichas lagunas”.
En lo económico, recomienda que “los costos ambientales y sociales asociados al Proyecto Conga” sean “adecuadamente valorados en función a los impactos que éste generará en sus etapas de construcción, operación y cierre”.
A la vez, luego de puntualizar que “la Ley de Recursos Hídricos en su artículo 75º, reconoce las cabeceras de cuenca como zonas ambientalmente vulnerables, pudiendo inclusive declararse su intangibilidad”, y dado que “el Proyecto se desarrollará sobre una cabecera de cuenca que abastece a 5 microcuencas, se recomienda una mayor evaluación a través de un experto reconocido en la materia”.
Varias fuentes consultadas en el ministerio del Ambiente coincidieron en que el mejor calificado para esa misión sería el reconocido experto Axel Dourojeanni.
La intervención del ministerio del Ambiente en la evaluación del EIA del Proyecto Conga cambia en forma sustantiva los términos de la controversia sobre el Proyecto Conga. Las observaciones del ministerio encargado de la protección del medio ambiente obligan al Estado en su conjunto a demandar que las observaciones del Informe sean respondidas a cabalidad antes que el Proyecto pueda continuar.
El efecto más importante que debiera tener este Informe en lo inmediato sería bajar considerablemente la tensión social en Cajamarca y disminuir o terminar la confrontación. A la vez, ofrece al Gobierno, especialmente al presidente Humala, una vía racional para encaminar la regulación del Proyecto, promoviendo la inversión en tanto no signifique mutilación ambiental ni daños a la larga mayores que los beneficios de la explotación.

Orden telefónica : la corrupcion avanza

Orden telefónica

A las 10 de la noche del 11 de agosto, el Centro de Operaciones Policiales (Ceopol) de la dirección de Protección de Carreteras envió una inusual orden a todas sus dependencias en el país.

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(De izquierda a derecha) El ministro del Interior, Óscar Valdés; el general PNP (r) Raúl Becerra; y el general PNP (r) Horacio Huivin.
Por Romina Mella.-
El encabezado del documento empezaba con un tono categórico y terminaba de manera ambigua. “Por disposición del Sr. General PNP director de Carreteras se comunica lo siguiente, para su conocimiento, debiendo adoptar las medidas necesarias para evitar alguna novedad”.
Más abajo, en letras mayúsculas, figuraba el nombre de la empresa Corporación ADC S.A.C., cuya actividad comercial, de acuerdo con la orden policial, es la de transporte de carga por carretera a nivel nacional.
Casi al final del documento, y en una tipografía aún más grande, decía: “gerente general: Valdés Dancuart, Óscar Eduardo (actual ministro del Interior).
La orden, que pasó por la oficina de trámite documentario, donde fue registrada y sellada, fue transmitida por el suboficial PNP Franco Pérez (en el documento figura erróneamente como Pertez), quien ese día estaba de guardia en el Ceopol.
Según Registros Públicos, Valdés es director en Corporación ADC S.A.C., pero un día antes de juramentar como ministro del Interior dejó el cargo de gerente general.
¿Quién envió esa orden? El director de la Policía de Carreteras en esa fecha era el general PNP Horacio Huivin. IDL-R lo entrevistó y le preguntó qué quiso decir, qué quiso hacer y qué quiso lograr con esa inusual orden.
Sorpresivamente, Huivin negó haber dado la orden: “No. Yo no he mandado tácitamente [sic] un documento sobre ese particular. Yo no tengo porqué estar haciendo eso. La misión del personal de carreteras es garantizar la seguridad de la red vial nacional”.
La duda se convirtió en misterio: Si el general Huivin decía la verdad y no emitió la notoria orden, ¿quién lo hizo?
IDL-R buscó al ministro del Interior, Óscar Valdés y logró entrevistarlo por teléfono. A diferencia de Huivin, Valdés sí recordaba perfectamente el tema y la secuencia de hechos que relató.
El ministro dijo que supo de la orden policial a través del general PNP Raúl Becerra, entonces director general de la Policía.  “Me lo trajo (el documento) Becerra. Él me dio cuenta. (…) Me dijo: mire ministro esto tiene doble intencionalidad. Yo le ordené a Becerra que comunicara a todos los puestos que eso era totalmente en contra de mi voluntad, y así fue. Eso se dijo, ya nunca más se tocó ese tema”.
Se tocó por lo menos una vez más y en esa misma ocasión. Según el relato de Valdés, el general Becerra llamó por teléfono a Huivin delante de él y lo amonestó duramente por haber emitido dicha orden. “(Becerra) Se enojó muchísimo. Se lo trató muy mal a Huivin por ese detalle”, agregó.
Ante esta evidente contradicción, IDL-R contactó nuevamente al general Huivin, cuya memoria empezó, según parece, a funcionar. Huivin admitió el episodio telefónico con el general Becerra, aunque con diferente versión. “Me preguntó si es que había dispuesto y yo le dije que en ningún momento había ordenado tal cosa”.
Si usted no dio la orden, ¿quién lo hizo? preguntó IDL-R a Huivin. “Eso había sido quizá obra del encargado del Ceopol”, respondió Huivin con un tono cercano al balbuceo.
¿Entonces tomaron falsamente su nombre en el Ceopol?
Han tomado mi nombre para dar esa disposición, en efecto.
¿Y usted ordenó una investigación? ¿El director de la Policía ordenó una investigación?
No, no. Hubo una conversación, una pregunta de parte del director general y ahí quedó. No dispuso una investigación.
Lo que sí se dispuso fue el pase al retiro de Huivin, el pasado 8 de octubre, dentro de la purga de 30 generales que se llamó ‘reingeniería’.
Uno de los que lo acompañó al retiro fue, precisamente el general Becerra. De tal manera que amonestador y amonestado dejaron de tener que ver con el asunto.
IDL-R intentó comunicarse hasta el cierre de edición con Becerra, pero éste ha logrado al parecer zambullirse con tanta eficacia en la vida civil, que resultó inubicable.
Así que, a menos que el Ministerio Público se interese en el tema, el asunto pareciera destinado a permanecer en el misterio.
IDL-R mostró la orden a varios altos jefes policiales, en actividad y en retiro. En casi todos los casos, los oficiales sonrieron con un cierto burlón disimulo mientras la leían.
Muchos dijeron que ese tipo de orden no es infrecuente, pero que “nunca se da por escrito”. Y a continuación, al referirse al presunto autor, algunos hicieron con las manos el gesto que se usa para indicar que algo está siendo pesado.
Camión de transporte de carga pesada es intervenido por la policía de Carreteras.
En cuanto al porqué de la orden, los oficiales se dividieron en dos posiciones:
Una, es que la orden, que fue recibida en todas las dependencias de la Policía de Carreteras en el Perú, fue dada para que esta le brinde una protección especial a los camiones de la compañía del ministro, a fin de ganarse sus indulgencias. “Puro soboneo”, según las fuentes.
La otra interpretación es menos caritativa: el documento sería un aviso a las unidades de carretera para que no extorsionen a los conductores de los camiones del ministro, dado que hacerlo hubiera significado un festival de cabezas cortadas unos días después.
La corrupción en la Policía de Carreteras es algo conocido, pero esta orden es, en todo caso, uno de los pocos casos que la documenta, aunque involuntariamente. Diversas fuentes policiales confirmaron a IDL-R que en varias direcciones departamentales, los policías pagan cantidades nada desdeñables por el cambio de colocación a esa unidad.
La expectativa es recuperar con cierta rapidez esa ‘inversión’, aunque está claro que hay un cierto número de camiones con iniciales de tres letras que no van a servir para hacerlo.

Informe de Giesecke desnuda a Conga

LA VERDAD SE ABRE PASO. OBSERVACIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL"



El ministro de energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi, había dicho que el referido documento “es correcto y tiene el visto bueno del Ministerio del Ambiente”, mintió. Dos lagunas serán usadas como depósitos de desmontes.

El ministro del Ambiente, Ricardo Giesecke, en su informe sobre el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Conga contradice en forma contundente al ministro de energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi, quien había dicho que el referido documento “es correcto y tiene el visto bueno del Ministerio del Ambiente”.

Giesecke entregó el pasado jueves el informe al premier Salomón Lerner cuyos puntos claves fueron revelados anoche por el portal IDL Reporteros que reproducimos en esta edición.

“El informe, de once páginas acompañadas por un resumen de página y media, contiene graves objeciones ambientales al EIA del proyecto Conga, y contradice en forma contundente al ministro de energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi, que declaró el 21 de noviembre que el EIA ‘es correcto y tiene el visto bueno del Ministerio del Ambiente’”, indica el portal.


(1) Giesecke contundente. (2) Herrera mintió.
LAS OBJECIONES - En el “tema del agua y la utilización de cuatro lagunas”, que “genera polémica y rechazo al proyecto en Cajamarca”, el informe subraya que el proyecto Conga “transformará de manera significativa e irreversible la cabecera de cuenca, desapareciendo varios ecosistemas y fragmentando los restantes, de tal manera que los procesos, funciones, interacciones y servicios ambientales serán afectados de manera irreversible”.

- El informe revela que de las cuatro lagunas que se proyecta desaparecer, solo dos, Perol y Mala serán vaciadas para extraer el oro. Las otras dos, Azul y Chica, “serán vaciadas y utilizadas como depósitos de desmontes” [sic]. Es decir, que se secará dos lagunas para acumular desmonte sobre sus lechos.

- También indica el informe que “la evaluación de los humedales (lagunas altoandinas, bofedales) no se ha desarrollado en función a la fragilidad del ecosistema que se pretende intervenir”. En su visita a las lagunas el 2 de noviembre pasado, el ministro Giesecke dijo, según un despacho de Andina, que “los bofedales y las lagunas cumplen casi exactamente el mismo papel que los glaciares: son reguladores del agua… deshacernos de las lagunas y los bofedales es como meterle dinamita a los glaciares”. Ahora, el informe subraya que el EIA no consideró el efecto de ese dinamitazo ambiental.

- Según el informe del Ministerio del Ambiente, el EIA de Newmont/Yanacocha no considera “las microcuencas de manera integral”. Por eso, “el criterio y análisis de afectación a los caseríos y centros poblados debiera realizarse por cada microcuenca hidrográfica”.

- A la vez, el informe sostiene que “la vulnerabilidad de la zona de emplazamiento del proyecto por ser una cabecera de cuenca requiere un análisis hidrológico e hidrogeológico detallado”. De hecho, añade, “no se han realizado estudios que de manera fehaciente demuestren que los depósitos de relaves no producirán filtraciones (…) riesgo potencial, toda vez que en el EIA se confirma la existencia de flujos hídricos subterráneos (…). Por ello, el EIA debió haber contemplado estudios complementarios que aclaren estos aspectos”.

- En cuanto a la valoración económica del Estudio de Impacto Ambiental de Yanacocha, el informe presentado por el ministro Giesecke indica entre otras cosas que “la estimación del valor económico de la biodiversidad es insuficiente… una gran variedad de especies de flora y fauna que se han identificado en la zona …no ha sido valorada”.

- El informe de Giesecke indica también que “los US$86’000,000 de valor de reposición estimados en el EIA están subestimados; así, al eliminarse las lagunas y construirse un reservorio en su reemplazo no se está mitigando el impacto sino compensando solo el servicio de provisión hídrico, dejando de lado la compensación de los otros servicios ambientales perdidos”.

LAS RECOMENDACIONES Según IDL Reporteros, el informe Giesecke sugiere que, en lugar de vaciar las lagunas Azul y Chica, para utilizar sus lechos como depósito de desmonte, “se evalúe la reubicación de dichos depósitos en zonas distintas a las ocupadas por dichas lagunas”.

En lo económico, recomienda que “los costos ambientales y sociales asociados al proyecto Conga” sean “adecuadamente valorados en función a los impactos que éste generará en sus etapas de construcción, operación y cierre”.

A la vez, luego de puntualizar que “la Ley de Recursos Hídricos en su artículo 75º, reconoce las cabeceras de cuenca como zonas ambientalmente vulnerables, pudiendo inclusive declararse su intangibilidad”, y dado que “el Proyecto se desarrollará sobre una cabecera de cuenca que abastece a 5 microcuencas, se recomienda una mayor evaluación a través de un experto reconocido en la materia”. 

fuente: http://www.diariolaprimeraperu.com/online/politica/informe-de-giesecke-desnuda-a-conga_99953.html

07 noviembre 2011

HUELGA REGIONAL INDEFINIDA DEL SUTE REGIONAL AYACUCHO A PARTIR DEL 14-11-2011

 Ayacucho,  06 de noviembre del 2011.
 OFICIO MÚLTIPLE Nº 010-2011-CE-SUTE-REG-AYACUCHO

Señor               : ...................................................................................................
                           Secretario General del SUTE  Provincial, Distrital y de I.E.de Ayacucho.       
                            CIUDAD:

Asunto                         : COMUNICO DECRETO DE HUELGA REGIONAL INDEFINIDA DEL SUTE REGIONAL AYACUCHO A PARTIR DEL 14-11-2011

En nombre del Comité Ejecutivo del Sute Regional Ayacucho, me dirijo a Ud., y por su intermedio a su combativa base sindical, para expresarle con júbilo, nuestro saludo de clase. Asimismo, expresarle lo siguiente:
Dentro de un contexto nacional en el que el nuevo Gobierno Central hasta la fecha incumple sus promesas electorales de derogar la Ley de Carrera Pública Magisterial y la Ley de Municipalización de la Educación, y que por el contrario, condenando al magisterio a una mayor pobreza económica dentro de un galopante alza del costo de vida, anuncia que el 2012 no habrá aumentos de remuneraciones para el magisterio nacional, realidad objetiva que nos compromete a reafirmarnos en nuestra correcta lucha en Defensa de la Escuela Pública y contra su privatización, consecuentemente por la defensa, recuperación y ampliación de nuestros derechos laborales, profesionales y económicos: remuneraciones dignas y de acuerdo a la canasta familiar. Por eso nos preparamos para emprender el año 2012 una Huelga Nacional Indefinida, que entre otras reivindicaciones nos permita alcanzar el aumento de nuestras míseras e injustas remuneraciones. Sin embargo, existiendo la Ley del Profesorado 24029 y su modificatoria 25212 que en su artículo 48señala: El profesor tiene derecho  a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total en concordancia con el artículo 210 del D.S. 019-90-ED, que en dinero efectivo asciende a más de 300 nuevos soles mensuales que le toca percibir a cada maestro; hoy, en este mes de noviembre,  estamos en condiciones objetivas y subjetivas para hacer efectivo este derecho que las UGELs, Dirección Regional de Educación de Ayacucho y el Gobierno Regional de Ayacucho nos niegan, en una gestión caracterizada por actos de corrupción e incapacidad en la conducción de la educación regional, aplicando indolentemente una norma de menor jerarquía como es el D.S. 051-91-PCM expedido en el gobierno fujimorista, con el cual sólo se nos paga el 30% de la “remuneración total permanente” que aproximadamente oscila entre 16 y 17 nuevos soles mensuales, robándonos descaradamente la diferencia que es el pan de nuestros hijos. Asimismo, estamos en condiciones de lograr que todos nuestros beneficios económicos contemplados en la ley del profesorado en base a la remuneración total se hagan realidad en nuestra región.
El 26 de setiembre del 2011, luego de 20 días de Huelga Regional Indefinida, el SUTE Regional Apurímac, logró que el Presidente Regional de Apurímac, expida el Decreto Regional Nro. 003-2011-GR-APURIMAC/PR en el que dispone a partir de la fecha, la aplicación de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación sobre la base del 30% de la remuneración total. Antes, con fecha 29 de abril del 2010, el SUTE Apurímac, ya había arrancado a su Gobierno Regional, la Resolución Nro.001-2010-GR.APURIMAC/PR, que dispone el pago de subsidio por fallecimiento, gastos de sepelio y luto, bonificaciones por cumplir 20, 25, 30 años de servicio, en base a la remuneración total mensual. Por ello, convencidos que este es el momento más propicio para emprender una medida de fuerza; porque además, a pesar que en otras regiones muchos docentes ganaron sus juicios y hoy viene gozando de esos beneficios, en Ayacucho, la Sala Civil de la Corte Superior de “Justicia” de Ayacucho, ilegal e injustamente viene REVOCANDO, las sentencias de los Juzgados Civiles que declararon fundadas las demandas contencioso administrativas de muchos docentes. Y PORQUE ES TOTALMENTE JUSTO Y LEGAL EL RECUPERAR LAS BONIFICACIONES QUE NOS ESTAN ROBANDO.
Asimismo, es necesaria la reorganización y moralización de las UGELs de la región Ayacucho, poner fin al Plan Piloto de Municipalización en Ayacucho, la desactivación del PELA y en su reemplazo capacitar y actualizar a los docentes de todos los niveles, otorgar licencia sindical para el SUTE Regional Ayacucho, respeto a los docentes contratados y el pago de sus remuneraciones de acuerdo a Ley, gestión ante las autoridades nacionales, como fue el ofrecimiento electoral del entonces candidato y hoy presidente regional para la derogatoria de la Ley de la Carrera Pública Magisterial, etc.
Por estas consideraciones y siendo un acuerdo unánime del SUTE Regional Ayacucho, reunido en la Asamblea Regional Extraordinaria de Delegados, el día sábado 05 de noviembre del 2011, a las 9 a.m. en el Auditorio de la Casa del Maestro, se expide el presente DECRETO DE HUELGA REGIONAL INDEFINIDA DEL MAGISTERIO AYACUCHANO, la misma que debe ser implementada y acatada por el magisterio ayacuchano en los siguientes términos:
PRIMERO: DECRETAR LA HUELGA REGIONAL INDEFINIDA, del magisterio ayacuchano, a partir del día lunes 14 de noviembre del 2011, hasta que orgánicamente el SUTE Regional Ayacucho, luego de una evaluación de los logros alcanzados, de acuerdo a los fundamentos en la Parte expositiva de este decreto,  decida su suspensión y/o levantamiento.
SEGUNDO: Dar un plazo de 72 horas al Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, el mismo que vence el día miércoles 09 de noviembre del 2011, para que atienda el pliego de reclamos y expida las resoluciones ejecutivas que amparen los derechos constitucionales que motivan la presente medida de fuerza del magisterio ayacuchano. Para facilitar la solución de nuestras demandas, el día lunes 07 de noviembre del presente año, una comisión del SUTE Regional Ayacucho, se apersonará a primera hora, al despacho del Presidente Regional de Ayacucho.
TERCERO: Se convoca a todas las bases del SUTE REGIONAL AYACUCHO, a la Asamblea Regional de Delegados a realizarse el día sábado 12 de noviembre a horas 9 a.m. en la Casa del Maestro, para finiquitar las últimas directivas de nuestra medida de fuerza.  
CUARTO: Comunicar el presente Decreto a las autoridades de las Instituciones Educativas, UGELs, Dirección Regional de Educación y Gobierno Regional de Ayacucho, en mérito al cual el magisterio ayacuchano ejerce su derecho constitucional a realizar esta medida de fuerza. Asimismo, sensibilizar sobre la justeza de nuestra lucha, a los padres de familia, estudiantes y pueblo en general.
¡VIVA LA HUELGA REGIONAL INDEFINIDA DEL SUTE REGIONAL AYACUCHO A INICIARSE EL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2011!
¡CONTRA LA INDIFERENCIA DEL GOBIERNO REGIONAL Y CONTRA LOS ILEGALES FALLOS DE LA SALA CIVIL DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AYACUCHO!
¡SOLUCIÓN AL PLIEGO MÍNIMO DE RECLAMOS DEL SUTE REGIONAL DE AYACUCHO!

                                                        Sindicalmente,



C.c.
Archivo.
ECG.

04 noviembre 2011

¿Por qué gana la Presidenta Fernández y pierde Obama?

Argentina
¿Por qué gana la Presidenta Fernández y pierde Obama?


Traducido por Silvia Arana para Rebelión

Introducción El 23 de octubre de este año, la Presidenta Cristina Fernández ganó la reelección con un 54% de los votos, 37 puntos más que el segundo. La coalición de la Presidenta también barrió con los escaños al Congreso, Senado y a las gobernaciones provinciales al igual que a 135 de los 136 concejos municipales del Gran Buenos Aires. En agudo contraste con el Presidente Obama, que según los últimos sondeos está por detrás de los candidatos presidenciales republicanos, y es probable que pierda el control del Congreso y del Senado en la próxima elección de 2012. ¿Cuáles son los factores para esta diferencia monumental de percepción de los votantes sobre dos presidentes en el cargo? Es fundamental hacer un análisis histórico comparativo de las políticas socio-económica y exterior al igual que de las respuestas a la profunda crisis económica de los respectivos gobiernos para poder explicar los resultados divergentes.
Metodología
Al comparar la performance de Fernández y Obama es necesario ubicarlos en un contexto histórico. Más específicamente, ambos presidentes y sus predecesores inmediatos, George Bush en EE.UU. y Néstor Kirchner en Argentina (el fallecido esposo de Fernández) confrontaron crisis socio-económicas de enorme importancia. Lo que es significativo, sin embargo, son las respuestas diametralmente opuestas a las crisis y los resultados divergentes. Por un lado, un crecimiento sostenido con equidad en Argentina, y por el otro, una profundización de la crisis y políticas fallidas en EE.UU.

Contexto histórico - Argentina: Depresión, revueltas y recuperación
Entre 1998-2002, Argentina vivió la peor crisis socio-económica de su historia. La economía se fue a pique de una recesión a una depresión económica a escala total, culminando con un crecimiento negativo de doble dígitos en 2001-2002. La tasa de desempleo llegó al 25%, y en algunos barrios de clase trabajadora por encima del 50%. Decenas de miles de profesionales de clase media empobrecidos se alineaban para recibir pan y sopa a sólo unas pocas cuadras de la Casa Rosada. Cientos de miles de trabajadores sin empleo, los "piqueteros", bloqueaban las principales rutas y algunos interceptaban los trenes de transporte de ganado y cereales de exportación. Los bancos cerraron quedándose con los ahorros de millones de personas. Millones de manifestantes de clase media organizaron concejos barriales radicales y se conectaron con las asambleas barriales de los desempleados. El país estaba enormemente endeudado, la gente profundamente empobrecida. El ánimo popular se encaminaba a una insurrección revolucionaria. El Presidente Fernando de la Rúa fue derrocado (2001), cantidades de manifestantes fueron asesinados y heridos, mientras la rebelión popular amenazaba con tomar la casa de gobierno. Hacia fines de 2002, cientos de fábricas en bancarrota fueron "ocupadas", tomadas por los trabajadores y dirigidas por ellos. Argentina declaró el default de la deuda externa. A principios de 2003, Néstor Kirchner fue elegido presidente, en medio de esta crisis sistémica y rechazó el pago de la deuda y al mismo tiempo se negó a reprimir los movimientos populares. En cambio, inició una serie de programas de emergencia pública. Autorizó un pago a los trabajadores desempleados (150 pesos mensuales) para que pudieran cubrir sus necesidades básicas; los desempleados constituían casi la mitad de la fuerza laboral.
La consigna más popular de los multitudinarios movimientos que ocupaban los distritos financieros, fábricas, edificios públicos y las calles era "Que se vayan todos". Se rechazó rotundamente a toda la clase política, los partidos y líderes, el Congreso y los presidentes. Pero mientras que los movimientos eran masivos, militantes y unidos en lo que rechazaban, no tenían un programa coherente para tomar el poder estatal, ni un liderazgo político a nivel nacional que lo condujera. Después de dos años de revueltas, el pueblo acudió a votar y eligió a Kirchner con un mandato de hacer algo o perecer. Kirchner escuchó el mensaje, al menos la parte que exigía crecimiento con equidad.

Contexto: EE.UU. y los gobiernos de Bush-Obama
Bush (en los últimos años) y Obama gobernaron durante la peor crisis socio-económica desde la Gran Depresión de los treinta. El desempleo y el subempleo casi alcanzaron un tercio de la fuerza laborable en 2009. Millones de casas hipotecadas fueron tomadas por los bancos. Se multiplicaron las declaraciones de bancarrota y los bancos estaban al borde del colapso. Las tasas negativas de crecimiento y una caída marcada del salario incrementaron la pobreza y multiplicaron la cantidad de personas que necesitaban ayuda alimenticia. A diferencia de Argentina, los ciudadanos canalizaron su descontento en las urnas. Atraídos por la retórica demagógica de "cambio" de Obama depositaron sus esperanzas en el nuevo presidente. Los demócratas ganaron la presidencia y obtuvieron una mayoría en el Congreso y en Senado. La primera prioridad de Obama y el Congreso fue volcar billones de dólares en el salvataje de los bancos, incluso cuando el desempleo se acentuaba y continuaba la recesión. La segunda prioridad fue la de profundizar y expandir las guerras imperialistas de ultramar.
Obama aumentó la cantidad de tropas en Afganistán a 30.000; expandió el presupuesto militar a $750 mil millones; lanzó nuevas operaciones militares en Somalia, Yemen, Libia, Pakistán y otros países, aumentó la ayuda militar a las fuerzas armadas coloniales de Israel; firmó nuevos pactos militares con países de Asia (India, Filipinas, Australia) próximos a China.
En suma, Obama le dio una prioridad máxima a la expansión del imperio militarista, agotando los fondos del tesoro con los que se podría haber financiado la recuperación de la economía interna y reducción del desempleo.
En contraste, Kirchner/Fernández redujeron el poder de los militares, recortaron los gastos militares y canalizaron recursos estatales hacia programas de empleo, inversiones productivas y exportaciones no-tradicionales.
Con el gobierno de Obama la crisis se volvió una oportunidad para revivir y consolidar el poder financiero de Wall Street. La Casa Blanca aumentó el presupuesto militar para expandir las guerras imperiales y profundizó el déficit del presupuesto, para luego proponer recortes de programas sociales esenciales con el fin de "reducir el déficit".
Argentina: De la crisis al crecimiento dinámico
En Argentina la catástrofe económica y la insurrección popular le ofrecieron a Kirchner una oportunidad para implementar un cambio básico del militarismo y el saqueo especulativo a programas sociales y a un crecimiento económico sostenido.
Las victorias electorales de Kirchner y Fernández reflejan su éxito en la creación de un estado social, capitalista "normal". Después de 30 años de regímenes neoliberales depredadores apoyados por EE.UU., esto fue un gran cambio positivo. Entre 1966 y 2002, Argentina sufrió dictaduras militares brutales que culminaron con los generales genocidas que asesinaron a 30.000 argentinos desde 1976 a 1982. De 1983 a 1989 Argentina sufrió bajo un régimen neoliberal (Raúl Alfonsín) que no resolvió el legado dictatorial y presidió el país con una hiperinflación de tres dígitos. Desde 1989 a 1999 con el Presidente Carlos Menem, Argentina fue testigo de la mayor venta de sus empresas más rentables, recursos naturales (incluido el petróleo), bancos, autopistas, zoológicos y hasta baños públicos a inversores extranjeros y socios cleptócratas a precios regalados.
Finalmente, aunque no menos importante, Fernando de la Rúa (2000-2001) prometió un cambio y en lugar de hacerlo profundizó la recesión que condujo a la eclosión catastrófica final de diciembre de 2001, con el cierre de los bancos, la bancarrota de 10.000 empresas y el colapso de la economía.
Contra este trasfondo de un fracaso rotundo y con el desastre humano causado por las políticas de "libre mercado" de EE.UU. y el FMI, Kirchner/Fernández declararon el default de la deuda externa, re-nacionalizaron varias empresas privadas al igual que el Fondo de Pensiones, intervinieron los bancos y duplicaron el gasto social, expandieron la inversión pública en el sector productivo e incrementaron el consumo popular, en camino hacia la recuperación económica. Hacia fines de 2003 Argentina pasó de una tasa negativa a un crecimiento del 8%.
Derechos humanos, programas sociales y política económica independiente del exterior
La economía argentina creció más del 90% en el periodo 2003-2011, más del triple que la de Estados Unidos. La recuperación estuvo acompañada de una triplicación del gasto social, especialmente en programas de reducción de pobreza. El porcentaje de argentinos pobres ha declinado del 50% en 2001 a menos del 15% en 2011. En contraste la pobreza en EE.UU., en la misma década, aumentó del 12% al 17% y sigue en una trayectoria ascendente.
EE.UU. se ha convertido en el país con mayor desigualdad en la OCDE: el 1% controla el 40% de la riqueza del país (aumentó del 30% en menos de una década). En contraste, la desigualdad en Argentina se redujo a la mitad. La economía de EE.UU. no ha logrado recuperarse de la profunda depresión de 2008-2009, durante la cual decayó más del 8%. En contraste, la economía Argentina cayó menos del 1% en 2009, y ha estado creciendo a un saludable 8% (2010-2011). Argentina ha nacionalizado el Fondo de Pensiones, ha duplicado las pensiones básicas y ha introducido un programa de asistencia social universal para los niños con el fin de contrarrestar la desnutrición y garantizar la asistencia escolar.
Por el contrario, hoy en EE.UU. un 20% de los niños están mal alimentados, las tazas de abandono escolar están aumentando en los adolescentes y la desnutrición afecta a más del 25% de los niños de grupos minoritarios. Con más recortes sociales en salud y educación en el horizonte, las condiciones sociales van a empeorar. En Argentina el salario se ha incrementado más de un 50% a lo largo de la década en términos reales, mientras que en EE.UU. ha disminuido casi un 10%.
La dinámica de crecimiento de Argentina ha estado alimentada por un creciente consumo interno y los ingresos de las exportaciones. Argentina tiene un sostenido balance comercial favorable basado en los precios del mercado y en una competitividad creciente. En contraste, el consumo interno en EE.UU. se ha estancado, el déficit comercial está cerca de los $1,5 billones y los ingresos se desperdician en gastos militares improductivos de más de $900 mil millones por año.
Mientras que en Argentina el impulso inicial para una política de default con crecimiento fue posible por una rebelión popular y un movimiento de masas, el descontento popular en EE.UU. fue canalizado hacia la elección de un financiero estafador de Wall Street llamado Obama. Éste procedió a entregar dinero para el rescate de la élite financiera en lugar de dejar que se vayan a la bancarrota, y de establecer las bases del crecimiento, la competencia y el consumo social.
La alternativa argentina a los rescates bancarios y la pobreza
La experiencia argentina va en contra de todos los preceptos de las agencias financieras internacionales (FMI, Banco Mundial), y de sus defensores políticos y propagandistas de la prensa financiera. Desde el primer año (2003) de la recuperación de Argentina hasta hoy, las "predicciones" de los expertos económicos fueron que su crecimiento no era "sostenible" -pero éste ha seguido siendo fuerte a lo largo de una década. Los analistas financieros sostuvieron que el default le cerraría a Argentina el acceso a los mercados financieros y que su economía colapsaría. Argentina se apoyó en la auto-financiación sostenida por los ingresos de las exportaciones y en la reactivación de la economía interna, y confundió a los economistas prestigiosos.
Mientras que el crecimiento continuaba, los críticos del Financial Times y del Wall Street Journal dijeron que terminaría cuando "la capacidad sin usar se agotara". En lugar de ello, los ingresos del crecimiento financiaron la expansión del mercado interno y crearon nuevas capacidades para el crecimiento, especialmente a nuevos mercados asiáticos y a Brasil.
Incluso en una fecha reciente, el 25 de octubre de 2011, periodistas del Financial Times todavía parloteaban sobre "la crisis inminente" al estilo de los fundamentalistas mesiánicos prediciendo un final apocalíptico. Machacan sobre la "inflación alta", "programas sociales insostenibles", "moneda sobrevaluada" y más predicciones sobre "el fin de la prosperidad". Todas estas advertencias ocurren frente a un crecimiento sostenido del 8% en 2011 y de una victoria electoral abrumadora de la Presidenta Fernández. Los escribas financieros anglo-americanos deberían enfocarse en el fracaso de sus regímenes de libre mercado en Europa y América del Norte en lugar de denigrar una experiencia económica de la cual podrían aprender una lección.
Refutando a los críticos de la escuela de Wall Street, Mark Weisbrot y sus asociados señalan (en The Argentina Success Story, Center for Economic Bad Policy Research, Oct. 2011) que el crecimiento de Argentina está basado en la expansión del consumo interno, el aumento de exportaciones de manufacturas a socios comerciales de la región al igual que la tradicional exportación agro-minera a Asia. En otras palabras Argentina no es totalmente dependiente de las exportaciones primarias; ha equilibrado el intercambio comercial y no es demasiado dependiente de los precios de las commodities. Respecto a la inflación alta, Weisbroth señala que "la inflación puede ser alta en Argentina pero lo que cuenta es el crecimiento real y la distribución del ingreso. en relación con el bienestar de la vasta mayoría de la población" (página 14) [énfasis del autor].
EE.UU. durante los gobiernos de Bush-Obama ha seguido un camino totalmente perverso y divergente al de Kirchner/Fernández. Han priorizado el gasto militar y expandido el aparato de seguridad en detrimento del aparato productivo. Obama y el Congreso han incrementado enormemente el aparato policial del estado, reforzando la influencia política de éste sobre las políticas presupuestarias reaccionarias, y de manera paralela han aumentado los casos de violaciones de los derechos humanos y civiles. En contraste, Kirchner/Fernández han llevado a juicio a docenas de militares y policías por violaciones de derechos humanos y han debilitado el poder político de los militares.
En otras palabras los presidentes argentinos debilitaron el bloque de presión militarista que exigía más armamento y presupuesto de seguridad. Crearon un estado más coherente con su proyecto político de financiar competitividad económica, nuevos mercados y programas sociales. Bush-Obama revivieron el sector financiero parasitario incrementando el desequilibrio de la economía. Kirchner/Fernández se aseguraron de que el sector bancario financiara el crecimiento de las exportaciones, manufacturas y consumo interno. Obama reduce el consumo interno para pagar a los acreedores. Kirchner/Fernández impusieron un recorte del 75% sobre los titulares de bonos (bondholders) para financiar el gasto social.
Kirchner/Fernández ganaron tres elecciones presidenciales, cada una con un margen mayor que la anterior. Obama podría ser presidente por un solo término, incluso con la campaña de mil millones de dólares financiada por Wall Street, el complejo industrial-militar y la configuración de poder pro-Israel.
La oposición popular a Obama, especialmente el "Movimiento de Ocupación de Wall Street" tiene un largo camino por delante para llegar a emular el éxito de los movimientos argentinos que derrocaron presidentes, bloquearon autopistas paralizando la producción y circulación, e impusieron una agenda social cuyas prioridades eran la producción por encima de las finanzas, el gasto social por encima del gasto militar. El "Movimiento de Ocupación de Wall Street" ha dado el primer paso hacia la movilización de millones de participantes activos necesarios para crear un músculo social similar al que trasformó Argentina; que pasó de ser un estado cliente de EE.UU. a ser un estado social, dinámico e independiente.
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

“Los bancos y los acreedores seguirán su avance: la única salida es pararlos”

Entrevista a Gunnar Skuli Armannsson, activista de ATTAC Islandia
“Los bancos y los acreedores seguirán su avance: la única salida es pararlos”



Entrevistamos a Gunnar Skuli Armannsson el 9 de octubre en Madrid, aprovechando su participación en el Seminario “Viviendo en Deudocracia”. En estos días en que el referéndum sobre las draconianas medidas impuestas con el plan de “rescate” en Grecia pone a temblar a los bancos y sus portavoces, adquiere el máximo interés la experiencia de Islandia. Sin triunfalismos, con los pies en la tierra, este anestesista de profesión que ya padece los serios recortes que está sufriendo el principal hospital de Islandia, afirma que el rechazo, dos veces, de la ciudadanía islandesa al rescate a los bancos y la indemnización de los inversores extranjeros de un fondo quebrado es algo natural. La movilización ciudadana de Islandia en defensa de su soberanía, el dinámico proceso de autoorganización popular y de toma de conciencia ha despertado entusiasmo en todo el mundo. Pero Gunnar Skuli Armannsson advierte de que Islandia está lejos de haberse salvado, afirma que más bien se encuentra a medio camino del infierno, y explica la pesada losa que hoy en forma de créditos cautivos y mañana de deuda, el FMI están colocando sobre el país.
¿Podría resumirnos lo ocurrido en Islandia en los últimos tres años?
Antes de la crisis, Islandia era un país normal, en el sentido de que era simplemente otro país neoliberal. Tenía numerosos créditos, la gente adquiría créditos y se endeudaba, construía casas, compraba coches… la misma historia que en Irlanda, Grecia y otros países europeos. En el otoño de 2008 la crisis nos golpeó, de manera que los tres principales bancos de Islandia, se tornaron insolventes. Esos tres bancos constituían el 85% del sistema bancario de Islandia, de modo que no fue una pequeña parte del sistema financiero la que colapsó; casi la totalidad del sistema bancario se derrumbó en una semana.
La primera idea del Gobierno islandés en aquel momento fue dejar que esos tres bancos se hundieran, y fin de la historia. La primera idea fue algo ingenua. Pensamos que los bancos privados, ya que eran privados, asumirían la responsabilidad, no los contribuyentes. En el otoño de 2008 los islandeses pensaban que podrían conseguir créditos de otros países, como por ejemplo Noruega, o de otros países ricos. La gente no quería recurrir al FMI. Habíamos estado leyendo historias de lo ocurrido en otros países suramericanos, así que sabíamos lo que cabía esperar del FMI. Nuestro primer ministro de aquel momento es economista, y él sabía muy bien lo que significa el FMI.
Pero entonces estalló la disputa por los fondos Icesave entre Islandia y el Reino Unido y los ingleses aplicaron a Islandia la ley antiterrorista, en octubre de 2008 (1). Y eso significaba que los ingleses declaraban a Islandia terrorista, igual que a Al Qaeda. De modo que no podíamos acceder al dinero. Vendíamos nuestro pescado y nuestro aluminio en el exterior, pero no podíamos recaudar los pagos del exterior e ingresarlos al país, porque el dinero pasa por la City, el centro financiero de Londres, y como éramos terroristas, el dinero lo detenían allí, de modo que los islandeses no podían ni ingresar su dinero ni comprar nada en el exterior. Nadie quería hacer negocios con “terroristas”. La situación era tal que las empresas islandesas que habían hecho negocios con empresas europeas durante más de 50 años eran incapaces de obtener ningún suministro de Europa.
Así que cuando a Islandia le quedaban entre 10 y 12 días de alimento y combustible, tuvimos que rendirnos. Sufrimos un embargo financiero, igual que el que se le impuso a Haití en 1776. Tuvimos que rendirnos. Y entonces vino esta historia que tenemos en Islandia, en la que nuestro primer ministro le dijo al representante del FMI que se encontraba en Reijkiavik en el momento, tratando de convencer al Gobierno de que buscara ayuda: “Por favor, sean buenos con nosotros”. Esas fueron sus últimas palabras cuando decidió acudir al FMI. Así que tenía pleno conocimiento de lo que cabía esperar: “Por favor, sean buenos con nosotros”. No sé si esto es cierto, pero la historia cuenta que cuando este tipo (Poul Thomsen, Director del departamento de Europa del FMI y jefe de la misión del FMI para Islandia) salió del despacho del primer ministro, agarró su móvil y llamó a alguien, diciéndole: “Los tengo”.
Entonces tuvimos que adoptar un programa del FMI. El resto es historia. Es igual que en todos los demás casos. El FMI colocó a los bancos en el primer lugar, por lo que se decidió que el Gobierno islandés financiaría a tres bancos nuevos en reemplazo de los anteriores, y el costo de este rescate financiero es ya del 64% del PIB de Islandia. Y personas que saben mucho de estos temas me han dicho que esto supone un récord mundial. Ningún país ha destinado tanto dinero al sistema bancario, en relación con el PIB. De modo que el Gobierno islandés es especialmente magnánimo con los bancos.
La deuda estatal de Islandia antes de la crisis era muy baja: el 26% del PIB. Ahora es del 90% del PIB. Pero la deuda total de Islandia es del 280% del PIB.
De acuerdo con el programa del FMI, además de transferir todo este dinero a los bancos y al sistema financiero, tuvimos que empezar con los recortes en el bienestar: salud, educación, etc. Por ejemplo, yo trabajo en el principal hospital de Rejkiavik, y el presupuesto ha descendido un 25% en tres años. De modo que es un recorte real, y van a continuar recortando servicios.
A esto se sumó una historia algo complicada que ocurrió con las coronas islandesas. Antes de la crisis, muchos inversores compraban coronas islandesas porque en Islandia había un tipo alto de interés en aquel momento, de modo que era un buen negocio. Cuando la crisis nos golpeó en 2008 todo este dinero comenzó a huir del país, por lo que la corona cayó en picado: cayó un 50%. El FMI comprendió que si no aplicaba un control de capitales (corralito) en Islandia, terminaría en un desastre, porque el valor de la corona terminaría en nada. Quizás también la razón fue que no teníamos divisa extranjera para pagar a los inversores en Europa. O a lo mejor ya ni siquiera quedaban suficientes billetes en Islandia para pagar a los inversores extranjeros.
De esta forma, aplicaron los controles de capitales y después el FMI forzó a Islandia a contraer créditos. Creo que son cuatro mil quinientos millones de euros los que hemos recibido de países del FMI, dinero que está depositado en una cuenta bancaria en Washington. Nosotros no lo estamos utilizando para nada. No construimos hospitales, ni escuelas, ni hacemos nada con él. Simplemente se guarda allí. Es muy conveniente tener esta cantidad de dinero para aumentar la credibilidad de Islandia. Si tienes mucho dinero en esa cuenta bancaria, todo el mundo tendrá confianza en ti para hacer negocios.
Pero resulta que la suma del crédito es más o menos la misma cantidad de dinero que está represada dentro de Islandia, por los controles de capital. Pensamos que quizá cuando levanten los controles de capitales y el dinero empiece a salir del país de nuevo, usaremos este crédito para pagar a los inversores extranjeros. Es como lo que ocurrió en Argentina, cuando todo el dinero salió del país en pocas horas. Entonces, si eso sucede, esos créditos se convertirán en deuda en Islandia, para el futuro, porque habremos usado ese dinero. De modo que la deuda se incrementará mucho.
Entonces tuvimos la protesta en invierno de 2008-2009, que resultó en unas elecciones en la primavera de 2009. Sucedió así: los socialdemócratas eran parte del viejo Gobierno, y ahora son parte del nuevo Gobierno también, pero en lugar de a los conservadores, ahora tienen a la Izquierda Verde como socios de gobierno, y tanto los socialdemócratas como la Izquierda Verde estuvieron prometiendo cosas muy buenas a la gente en la campaña electoral. Pero han roto todas sus promesas. De modo que los islandeses hemos aprendido, igual que los irlandeses, igual que los griegos y los españoles, que cambiar el Gobierno no es la solución. No importa que haya elecciones; no tienen ningún efecto en las políticas, porque es obvio que los bancos tienen el control. Da igual que gobiernen los conservadores, los socialdemócratas o la izquierda verde, la política es siempre la misma: salvar a los bancos y que el pueblo lo pague.
Eso es lo que ocurrió en Islandia.
Pero en Islandia han atravesado por un proceso muy intenso de movilizaciones y tuvieron dos referéndums en los que la gente rechazó el rescate de los bancos.
Bueno, eso fue algo especial. El referéndum fue solamente sobre una pequeña parte de toda la deuda. La que tiene que ver con el fondo Ice Save con los Inglaterra y Holanda. Está en nuestra constitución que el presidente debe firmar las leyes que aprueba el Parlamento. Y cuando no firma una ley, entonces hay que someterla a referéndum entre la población. Así que utilizamos ese resorte. Cuando el Parlamento aprobó la ley sobre el fondo Ice Save, las élites se inclinaron a favor de pagar: querían “portarse bien” a los ojos de la Unión Europea y los acreedores. Y ese Gobierno está conformado por la Izquierda Verde y los socialdemócratas.
Nosotros recogimos firmas para una petición y conseguimos más de 30.000, una cantidad ingente. Una mañana de domingo acudimos a la casa donde vive el Presidente, a las afueras de Rejkiavic, y le entregamos todos esos nombres. Reunimos a varios miles de personas, hubo un acto público. Entonces el presidente nos dijo que no firmaría la ley, y que daría al pueblo la posibilidad de formarse su opinión.
Ésta es realmente la única singularidad de Islandia con respecto a la deuda, que el presidente tiene la posibilidad de no firmar una ley y forzar a que haya un referéndum. Si el pueblo en España tuviera la misma posibilidad, votarían exactamente igual que nosotros: dirían que no. De modo que el resultado del referéndum no es nada especial. Creo que en todas las investigaciones y sondeos de opinión, cuando le preguntan a la gente qué quiere, normalmente quieren algo diferente del Gobierno. Por eso es por lo que a los gobiernos no les gustan los referéndums.
El gobierno actual, formado por la Izquierda Verde y los socialdemócratas, después de una fuerte presión ejercida por la gente en las calles y tras ese proceso de toma de conciencia, afirma usted que está tomando las mismas medidas que tomarían los conservadores, que la única política que saben aplicar es obedecer los dictados de los bancos. ¿A qué cree que se debe esto?
Está sucediendo en Islandia. Pero si usted sigue los acontecimientos en Grecia, encuentra que el primer ministro Papandreu era un socialista, de izquierda, y tenía muy buenas ideas antes de llegar al poder. Y ahora está haciendo exactamente lo que el FMI le dice que haga.
Una razón que lo explica es que cuando un país entra a formar parte de un programa del FMI, tiene que firmar una carta de intenciones, en la que se compromete a muchas cosas. La realidad es que el FMI escribe esta carta de intenciones y el gobierno la firma. En el caso de Islandia, y en el de cualquier país que hace tratos con el FMI, hay un texto en esa carta de intenciones en el que se afirma que el Gobierno promete no hacer nada sin el consentimiento del FMI. De modo que los países entregan todos los poderes al FMI, porque prometen no hacer nada que no cuente con el beneplácito del FMI. De modo que después de firmar un programa del FMI, el país deja de ser independiente, está sujeto al FMI y al consenso de Washington. Es como lo que dijo en Islandia el representante del FMI cuando llamó a su amigo: “Los tengo”. Así que lo que pasa es que nos tienen.
Es una situación que no parece tener salidas. Usted ha afirmado que Islandia está solamente a medio camino del infierno… ¿Vislumbra alguna salida?
Es muy complicado. Pero, tal como hablamos en el seminario, tenemos que aprender del Sur. Algunos países de América Latina han tenido éxito en librarse del FMI, algunos se han negado a pagar deudas al FMI y otros las han pagado todas para liberarse, porque un hombre libre es un hombre que no tiene deudas. Así que ahí hay un camino que podemos vislumbrar.
Mi punto de vista es que es muy importante entender cómo se crea el dinero. Es un concepto que muchos de nosotros no entendemos, porque no se discute mucho sobre estos temas. Normalmente cuando se habla de economía, se hace en esos términos especializados que nadie entiende.
Pero el dinero, tal como yo lo veo, es solamente un medio de intercambio, que transporta el valor de un producto de un lugar a otro. De modo que el dinero no tiene valor en sí mismo. Es solamente una unidad, como un litro o un segundo. Y los bancos detentan el monopolio de esas unidades: son los únicos que pueden producir dinero. Y eso da el poder a los bancos. Cuando un Gobierno necesita dinero tiene que vender bonos. El Gobierno escribe en un pedazo de papel que promete pagar a los bancos esa suma, y los bancos le entregan el dinero al Gobierno. Pero cuando piensas en el dinero como una unidad, como un metro, es como si adquirieras algunos metros antes de ir a comprar.
Es difícil de explicar en una entrevista breve, pero creo que es un asunto realmente importante, que la gente piense sobre qué es el dinero y quién controla la producción de dinero. Creo que el dinero debería ser producido por los gobiernos y debería ser gratis. Y cuando se hubiera producido algo, el Gobierno incrementaría la cantidad de dinero circulando en la sociedad.
Puedes pensar en ello de esta manera: en el otoño de 2008 los tres bancos en Islandia se tornaron insolventes porque no podían obtener ningún dinero de Europa, porque dependían de este dinero que va flotando de un lugar a otro, y nuevos créditos, etcétera. Eso fue lo único que ocurrió en octubre de 2008. Todo el mundo en Islandia estaba produciendo: estábamos pescando, procesando y vendiendo el pescado, estábamos produciendo aluminio… cada islandés estaba haciendo lo que habíamos estado haciendo durante años: produciendo un montón de productos. Y había mucha gente demandando nuestros productos en todo el mundo, pero éramos incapaces de intercambiar nuestra producción porque no teníamos esa cosa llamada dinero, que transporta el valor de los bienes producidos a otro lugar o a otro tiempo.
Pero esto que está proponiendo usted es lo contrario de lo que sucede en la Unión Europea, donde los países entregan su soberanía en política monetaria al Banco Central Europeo. Y resulta que Islandia ha solicitado formalmente su ingreso en la Unión Europea y en el sistema euro.
Tiene razón. Ocurrió así: durante años los socialdemócratas tenían siempre una respuesta para todos los problemas. Si les hacías cualquier pregunta, siempre respondían: “Unión Europea”. Y tras las elecciones de 2009 estaban en situación de incorporar a la Izquierda Verde o a los conservadores a su Gobierno, de modo que forzaron a ambas partes a que aceptaran su voluntad. Los socialdemócratas eran el único partido del país que deseaba el ingreso en la Unión Europea. Todas las demás fuerzas políticas se oponían, con mayor o menor intensidad. Y los de la izquierda verde se habían opuesto con mucha claridad, pero tenían tantos deseos de entrar al Gobierno… lo habían estado esperando durante tantos años… Aceptaron solicitar el ingreso a la Unión Europea, con la idea de celebrar un referéndum. Por eso Islandia solicitó su ingreso. La gente no quiere. Solamente este partido que estaba en posición de presionar al otro. Y hubo una auténtica batalla en el Parlamento, pero se las arreglaron para aprobar su propuesta en medio del desacuerdo generalizado.
¿De modo que usted no cree que la gente acepte entrar en la Unión Europea, si se somete a referéndum?
Yo estaba viviendo en Suecia en 1995, cuando se incorporó a la Unión Europea, y la situación era muy parecida. Los suecos eran muy escépticos con la UE y muchos no querían. Pero solicitaron el ingreso y cuando se aproximaba el referéndum, llegó una campaña masiva de la Unión Europea y convirtió al pueblo sueco. Creo que lo mismo ocurriría en Islandia, igual que pasó con el Tratado de Lisboa y todo lo demás. Saben cómo hacerlo.
¿Y no siente que hay un proceso en marcha en Islandia por el que la gente está tomando conciencia, que está despertando?
Hay mucha gente activa, protestando, y muchas personas no están conformes con la situación. Pero ocurre exactamente igual que en el resto de los países: la mayoría está en su casa, sin hacer gran cosa.
La izquierda institucional está ahora en el Gobierno y debe haber un coste político por las medidas que están tomando. Supongo que en las bases de esos partidos ha habido una lucha, contradicciones, y que al mismo tiempo fuera de los partidos hay otra izquierda, hay movimientos sociales, personas que no están comprometidas con un partido, pero sí con una idea de transformación ¿Cuáles son los canales de comunicación, si es que hay alguno, entre esta izquierda institucional y las calles, las plazas y los colectivos que se autoorganizan para debatir estos temas?
Al interior de la Izquierda Verde ha habido una lucha muy intensa, porque las bases del partido están muy decepcionadas. Pero son incapaces de influir en los dirigentes. En la calle hay muchos movimientos sociales y grupos activos. El año pasado tuvimos una protesta que movilizó a 10.000 personas, el equivalente a 2 millones en España, proporcionalmente. El Gobierno se asustó un poco y prometió hacer algo, y después volvieron a romper su promesa, por lo que continuamos protestando. Así que me parece que mientras tengan el poder, seguirán haciendo lo que están haciendo. Aunque tengamos una protesta masiva, no cambia nada.
Esto comenzó como una crisis financiera, que derivó en una crisis económica y es ahora una crisis política del sistema. ¿Cree usted entonces que la solución pasa por un cambio de sistema? ¿Está eso en discusión en Islandia?
Creo que tiene que surgir un nuevo tipo de partido político que mantenga las ideas de la base, de los movimientos sociales. Porque los cuatro partidos que han estado en el poder en Islandia durante años y años están tan corruptos y apegados al sistema que dudo de que puedan cambiar nada. De forma que realmente necesitamos un partido que acceda al poder y cambie las cosas, o bien que suceda lo que ha sucedido en otros países, donde la gente toma las plazas y no las abandona hasta que el Gobierno hace lo que se le pide. Porque cuando protestas un día, durante un par de horas, y regresas a casa no tiene el mismo efecto que si tomas la plaza y permaneces hasta que hagan lo que les exiges.
¿Cómo resumiría la experiencia de Islandia, de modo que en Europa y en otros países podamos ver el resultado del proceso que ustedes han atravesado? ¿Cuál sería su mensaje hacia nosotros, en España, donde estamos justo empezando a sentir la presión política, los recortes, el asalto a nuestra Constitución, la transformación de todo lo que antes era un derecho en un privilegio?
Mi experiencia de Islandia, y tras leer también sobre otros países en Europa y la historia de Suramérica es que los bancos y los acreedores irán todo lo lejos que puedan. Avanzarán todo lo que nosotros les permitamos. La única manera de pararlos es impedirles que avancen más. Y eso significa, bueno, algún tipo de revolución. Ojalá pacífica. Pero de lo contrario, continuarán colocando la deuda sobre nuestras espaldas y recortando nuestro bienestar. Tenemos que pararlos. Es la única forma de hacerlo, tal como yo lo veo. No creo que acepten razonar ni dialogar. Es una cuestión de que tenemos que ser más poderosos que ellos, de forma que nos teman. Creo que es más o menos inútil hablar con ellos. De alguna manera, con un cambio en nuestra constitución, con un cambio en las leyes o con una revolución tenemos que devolver a la gente el poder de decidir.

Miembros del Parlamento de Islandia huyen de los ciudadanos. Imágenes correspondientes al 1 de octubre de 2010, en que miles de personas se movilizaron para expresar su rechazo a los miembros del Parlamento, cercado por policías. Las protestas multitudinarias se repitieron durante varias jornadas.

NOTA:
(1) A mediados de la pasada década, uno de los grandes bancos islandeses, Landsbanki, abrió una filial por Internet en el Reino Unido, Holanda y Alemania que tuvo un éxito fulgurante por los altos intereses que pagaba en una cuenta llamada Icesave. A principios de octubre de 2008, apenas 15 días después de la quiebra de Lehman Brothers, el Reino Unido detectó que los bancos islandeses estaban traspasando dinero de las cuentas británicas a Reikiavik y les aplicó la ley antiterrorista: congeló todos sus fondos.
Los bancos estaban sobreendeudados (sus activos suponían 12 veces el PIB), y esa decisión, junto a la crisis internacional, les llevó a la bancarrota. El Estado no los rescató. Los dejó caer, y posteriormente los nacionalizó e inyectó dinero para que siguieran operando, pero solo en Islandia. Londres y Ámsterdam pagaron a los depositantes de Icesave el 100% de los depósitos y desde entonces reclaman ese dinero, que supone un tercio del PIB islandés. El Gobierno defendía el "sí" en la consulta aduciendo que los activos del banco quebrado, cuando se liquiden, permitirán pagar la mayoría de la deuda. Los partidarios del no argumentaban que la gente no debería pagar por las locuras de sus bancos, y aducen que la legislación internacional -llena de sombras- no obliga a ningún país a asumir deudas astronómicas que sobrepasan con mucho el importe acumulado en los fondos de garantía. Los islandeses rechazaron en sendos referendos (celebrados en marzo de 2010 y en abril de 2011) la ley Icesave por la que el Gobierno habría transferido a Holanda y Reino Unido el importe de las indemnizaciones pagadas a los inversores en esos países.

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fuente: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=138656

Terrorismo o rebelión - Aspectos jurídicos globales

Terrorismo o rebelión
Aspectos jurídicos globales



Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo la Insurrección es para el pueblo y para cada porción del pueblo, el más sagrado de sus derechos y el más indispensable de sus deberes
(Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano).

“Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión
(Preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos. 1948).


I. CONTEXTO
Tras la II Guerra Mundial se inicia el proceso de descolonización que fluye paralelo a la consolidación de la Organización de las Naciones Unidas y del surgimiento del Derecho Internacional producido por esta organización multilateral y por los nuevos sujetos jurídicos internacionales que se incorporan a ella.
El derecho a la rebelión, en este caso contra la metrópoli colonizadora, no solamente no está proscrito en el Derecho internacional sino que su ejercicio se convierte en una fuente de reconocimiento de colectivos políticos-nacionales como “Movimientos de Liberación Nacional” investidos de estatuto jurídicos y reconocimiento internacional, paso previo, en la mayoría de los casos, a ser reconocidos como poder político legitimo de los nuevos estados descolonizados.
Durante un periodo de varias décadas previamente a la desaparición de los bloques militares enfrentados ocurrida tras la caída del Muro de Berlín a final de los años 80, la resistencia y la rebelión dejaron paulatinamente de ser considerados ejercicios legítimos de los pueblos –habían sido reconocidos como derechos- para acabar convirtiéndose en conductas punibles o delitos con tratamiento preferencial.
Tras la caída el Muro de Berlín y la desaparición de los bloques militares, se inicia un tímido periodo de expansión del Derecho Internacional como herramienta de regulación de la convivencia de una Sociedad Internacional que en un primer momento cree que es posible construir un sistema de relaciones internacionales fundamentado en el multilateralismo. El Derecho Internacional se convierte en la principal herramienta de expansión del Multilateralismo frente al unilateralismo pretendido por la potencia vencedora de la guerra fría, así como en herramienta de expansión de la justicia universal como mecanismo para combatir la perpetración de crímenes de lesa humanidad y como herramienta para defender la prevalencia del carácter de Ius Cogens del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del DIH.
Simultáneamente y en el anterior contexto, la repuesta del capital financiero transnacional y de los poderes políticos que lo protegen, es la gestación y puesta en marcha del embrión de las ”políticas antiterroristas”, diseñadas fundamentalmente para limitar hasta hacer desaparecer el “derecho a la rebelión” a la “resistencia” o la simple “disidencia política” en muchos casos.
La corriente de expansión de la jurisdicción universal en materia de persecución de crímenes de lesa humanidad, se trunca tras los atentados del 11 de Septiembre 2001 en Nueva York por la absoluta prevalencia de la criminalización de la resistencia a través de las denominadas “políticas antiterroristas” de las que se nutre la difusa e imprecisamente denominada “Guerra contra el terrorismo”. De esta forma, la Administración Bush –gobernante entonces en los EEUU- persigue volver a la unilateralidad a la que aspiraba tras la derrota política de la Unión Soviética y que permitirá a la única potencia internacional sustraerse al cumplimiento del Derecho Internacional.
La “Guerra contra el terrorismo” no es mas que la actualización y elevación a categoría de pseudo derecho internacional de lo que fueron los principios básicos de la denomina “Doctrina de la guerra contrainsurgente” o “Doctrina de la seguridad nacional” que regó de dictaduras y victimas inocentes Indochina, el norte de África, y el continente americano, desde final de la Segunda Guerra Mundial hasta el final de la Guerra fría, si bien en este caso se pretende legitimar en los sistemas democráticos – y con la excusa de combatir al fenómeno integrista armado islámico- el exterminio de rebeldes y resistentes, política de exterminio camuflada tras el difuso concepto –aun no definido exactamente en el derecho internacional – de “Terrorismo”.
El “Enemigo interno” asimilado a la población civil, se nos equipara ahora a los insurgentes que ejercen el derecho a la rebelión contemplado en el Preámbulo de la Declaración Universal de los DDHH de 1948, a cuyo efecto se construye la ilícita categoría del “combatiente ilegal” al que supuestamente no alcanzarían las previsiones de protección del Derecho Internacional Humanitario –de imperativa aplicación a las guerras o conflictos armados- o del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
La existencia de un “enemigo difuso” crea las condiciones para proceder a una limitación generalizada de los derechos y garantías que respecto a todas las personas se contemplan tanto en el derecho Internacional como en el derecho interno de los regimenes constitucionales.
La Guerra contra Al Qaeda configura el escenario internacional de Guerra contra el Terrorismo, máxima expresión de esta tendencia. El conflicto colombiano es a su vez el escenario elegido por los EEUU, para implementar esta doctrina de guerra contra el terrorismo en la region que siempre ha considerado como su “patio trasero”: America Latina.
La criminalización de la disidencia y la resistencia política y social, además de cuestionar el consagrado derecho de Rebelión de los pueblos contra los tiranos y las injusticias, es el ejemplo mas evidente de la involución democrática que acaba posibilitando la existencia de las denominadas “listas de organizaciones terroristas”, instrumentos alegales utilizados por demasiados estados para consolidar la tendencia post 11-S de obviar el carácter imperativo del derecho Internacional.

II.- EXPANSIÓN DEL DERECHO PENAL DEL ENEMIGO Y ASIMILACIÓN DEL DISIDENTE, REBELDE O RESISTENTE A “TERRORISTA"
Durante una conferencia de prensa celebrada el 5 de agosto de 2005, Tony Blair proclamó que “nadie debe dudar de que las reglas del juego han cambiado”, poniendo de manifiesto que dichas reglas – las del estado de Derecho- ya habían sido variadas, antes incluso que los atentados de Nueva York, Madrid o Londres.
Asistimos a un desmantelamiento del estado de Derecho, tanto en su forma –disposición jerarquizada de normas jurídicas- como en su contenido – conjunto de libertades públicas y personales garantizadas por la ley- que descansa en una clara instrumentalización del poder judicial, en la práctica subordinado cada vez más a la policía a la hora de dirigir la instrucción de las causas penales y obtener las pruebas de cargo.
Se produce un cambio radical del Derecho penal, revelándose así la transformación global de la relación sociedad-Estado. Asistimos a una “juridizacion” de las relaciones sociales en lugar de a una regulación de estas para la mera convivencia. La globalización financiera en absoluto es ajena a esta tendencia a la criminalización de cualquier colectivo social disidente a través de la “juridizacion” de las relaciones sociales.
Se legisla en materia criminal para determinados destinatarios, no para la sociedad en su conjunto. Se trata de un Derecho penal de “autor”, que legisla pensando en determinados colectivos disidentes o rebeldes que pasan a ser considerados socialmente como “enemigos”.

La “Guerra antiterrorista” de EEUU
En Octubre de 2001, un mes después de los ataques de Nueva York, el Congreso de los EE.UU. aprobó la denominada “Patriot Act”, verdadero núcleo duro de la legislación de excepción restrictiva de los derechos humanos que desde entonces ha ido extendiéndose por el planeta. Esta ley no fue más que un intento de reinterpretar el Derecho Internacional, eliminando cualquier garantía que convierta en efectivos los principios contenidos en los convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos. A este respecto, el denominado “Memorandum” redactado por John Yoo, asesor jurídico de John Ascroft, Secretario de Justicia de EEUU, dejó clara la anterior intencionalidad del gobierno de la patria de Abraham Lincoln y Eleonor Roosevelt, conteniendo en su texto la más clara formulación hecha hasta ahora de este nuevo seudo Derecho Internacional “contra terrorista”:
1º.- Frente a la figura del delincuente terrorista, del combatiente en conflictos armados o del prisionero de guerra -estatus todos ellos regulados en las leyes nacionales e internacionales en vigor y aplicables en una u otra situación a “rebeldes” y “resistentes”- aparece la figura de nueva creación del “combatiente enemigo” o “combatiente irregular”, ficción jurídica que pretende justificar la no aplicación de las anteriores legislaciones, en especial de los Convenios de Ginebra de Derecho Internacional Humanitario de 1949 y más concretamente de la IV Convención de Ginebra de 1949, sobre el debido trato que ha de ser prestado a prisioneros de guerra.
2º.- Se establece expresamente que los detenidos “en el marco de la guerra contra el terrorismo” no tendrán derecho a que se les apliquen las garantías constitucionales previstas para los detenidos en cualquier estado democrático de derecho y en especial también en los Estados Unidos.
3º.- Se declara la “extraterritorialidad” de los lugares de detención en la guerra contra el terrorismo. Así, aparecen y proliferan las cárceles secretas a lo largo del planeta, o aquellas otras, públicas y notorias como Guantánamo (una ilegalidad internacional, en absoluto un “limbo” jurídico), donde bajo la ficción de la extraterritorialidad se llega a la sorprendente conclusión jurídica de que no existe legislación garantista hacia el detenido o en materia de derechos humanos que sea aplicable en dicho territorio, como si acaso existiera un solo palmo de terreno en este planeta donde no fuera de aplicación la legislación internacional en materia de derechos humanos.
4º.- Entregas extraordinarias o “Renditions”: Con este eufemístico concepto se describen las detenciones ilegales o secuestros llevados adelante en varios países –también en Europa- por agentes de los servicios de inteligencia de Estados Unidos, en algunos casos en colaboración con los servicios de inteligencia locales. Estas técnicas, conocidas popularmente en toda Europa como “vuelos de la CIA” -que han motivado la apertura de Diligencias Previas en la Audiencia Nacional española a consecuencia de la utilización de aeropuertos españoles para estas prácticas ilegales- así como la posterior “exportación” o reenvío de los secuestrados a un tercer país con bajos estándares en materia de derechos Humanos donde serán sometidos sistemáticamente a tortura, han supuesto la apertura de procedimientos judiciales en varios países europeos, además de en España, como Italia, Suiza o Alemania.
El “modelo Guantánamo” ha sido posteriormente exportado a otros lugares, especialmente a Irak, donde en septiembre 2003 el general del ejército de EE.UU. Goofrey Miller, comandante de la ilegal prisión de Guantánamo, se trasladó a efectos de organizar las mismas técnicas de trato inhumano y torturas a detenidos en la ahora tristemente célebre prisión de Abu Grahib.
5º.- La utilización de la Tortura como “arma de guerra” en el marco de la guerra global contra el terrorismo: según la ex general de brigada del ejército de EEUU en Irak, Janis Karpinski, máxima responsable de la policía militar estadounidense en el país ocupado y única condenada en Estados Unidos a raíz del escándalo de las torturas masivas en Abu Grahib, la utilización de la tortura como “arma de guerra” era una indicación incluida expresamente por el ex secretario de defensa de EE.UU. Donald Rumsfield, en su célebre memorando sobre interrogatorios a prisioneros.

Las técnicas recomendadas en el memorando, aplicadas previamente en Guantánamo por el ejército de EE.UU. y la CIA, han sido denunciadas incluso por el Federal Bourea Investigation, el FBI norteamericano, y consisten en realizar las siguientes prácticas con detenidos a fin de extraerles información útil para el combate al terrorismo:
1º.- Mantener a los detenidos de pie durante mucho tiempo
2º.- Perturbar sistemáticamente el sueño y las horas de comida de los detenidos.
3º.- Mantener constantemente elevados volumen de música en las celdas de detención o de interrogatorio.
4º.- No proceder al registro de identidad de los detenidos, manteniendo así su identidad en secreto para sus familiares y abogados.
5º.- Mantener detenidos a menores en las mismas condiciones
6º.- Garantizar la impunidad de la cúpula de la cadena de mando por estas prácticas

Si bien la actual administración norteamericana del Presidente Obama ha atenuado la aplicación de las anteriores legislaciones, ninguna de ellas ha sido derogada ni tampoco han sido cerrados los centros ilegales de secuestro y detención de Guantánamo, u otros repartidos clandestinamente por todo el planeta. Poco se sabe hoy día de la utilización de técnicas de tortura en estos centros de detención, si bien el pasado mes de mayo de 2011, la humanidad entera pudo comprobar cómo el Presidente Obama seguía en directo la “Ejecución Extrajudicial” de Bin Laden, ejecución por él ordenada.

La Unión Europea y la guerra contra el terrorismo:
La actitud de la Unión Europea frente a este nuevo orden internacional impuesto tras el 11-S de 2001 no ha estado exenta de contradicciones. Por una parte, la Unión Europea considera que la defensa de los Derechos Humanos y de las garantías básicas de la dignidad humana está inscrita en su ADN desde la proclamación en 1789 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano por la Francia revolucionaria. Por otra parte, la dependencia política de la U.E. respecto a los Estados Unidos ha motivado que no haya existido una denuncia contundente de las regresiones que en materia de Derecho Internacional y en especial de Derecho Internacional de los Derechos Humanos se hayan venido produciendo en el último lustro.
Las medidas en materia de política antiterrorista se adoptan en el seno de la U.E. dentro del denominado “III pilar de la Unión Europea”, el espacio de elaboración de políticas en materia de Justicia e Interior, a través de la técnica denomina “cooperación intergubernamental en materia judicial y criminal”, es decir, al margen de las instituciones de la Unión dotadas de legitimidad democrática originaria - Parlamento Europeo y Comisión Europea- y a través de acuerdos intergubernamentales, adoptados por los ministros competentes de los países miembros, acuerdos que no requieren validación parlamentaria salvo que signifique la modificación de la legislación interna de cada estado miembro.
Así, las medidas antiterroristas adoptadas por la UE en estos últimos años en el marco de esta guerra global contra el terrorismo, han sido las siguientes, todas ellas inmersas en una estrategia exclusivamente policial de reforzamiento de la cooperación en materia judicial y criminal:
a) Aprobación de la denominada “euro orden” u orden de detención europea que viene a sustituir a los procedimientos de extradición entre estados miembros de la UE.
b) Unificación del concepto y tipo penal de “terrorismo” contemplado en las legislaciones internas de los estados miembros.
c) Medidas para la represión de la financiación del terrorismo y del blanqueo de dinero negro
d) Refuerzo de la seguridad aérea y aeroportuaria.
e) Inclusión dentro de la política europea de relaciones internacionales y “seguridad común” (PESC) del combate contra el “terrorismo internacional”.

En este marco, en Diciembre de 2001 el Parlamento Europeo rechazó la firma de un acuerdo antiterrorista con EE.UU. sobre los principios contenidos en la legislación de excepción estadounidense contenida en la “Patriot Act” de Octubre de 2001.
Sin embargo, el 12 de julio de 2002 la U.E. aprobó una Directiva sobre tratamiento de la información contenida en las comunicaciones electrónicas que permitía, prácticamente sin limitaciones ni control judicial, las interceptaciones de comunicaciones electrónicas con fines antiterroristas. Posteriormente, el 23 de julio de 2003 se firma el convenio de extradición entre los EE.UU. y la Unión Europea, acuerdo que desde el otro lado del Atlántico venia exigiéndose desde los días posteriores al 11-S.
Muestra de las contradicciones que atraviesan las políticas europeas de combate al terrorismo frente al necesario respeto a los derechos civiles y políticos de sus ciudadanos, fue la Posición adoptada por el Consejo Comunitario de Laken en el año 2004, Posición que viene a reivindicar la necesidad de abordar la lucha contra terrorismo respetando los Derechos Humanos de todas las personas, es decir, respetando el Derecho Internacional pre existente al 11-S. Sin embargo, ese mismo año 2004, tanto la Comisión Europea como el Consejo de Europa, suscribieron sendos acuerdos con EE.UU. sobre transferencias a este país de datos personales de los pasajeros que vuelan a EE.UU. desde territorio europeo, transferencia que obviamente no debía contar ni con el conocimiento ni mucho menos con el consentimiento de los pasajeros afectados.
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, mediante Sentencia de 30 de mayo de 2006, anuló las dos decisiones anteriormente mencionadas de la Comisión Europea y del Consejo de Europa (2004) sobre transferencia a EEUU de datos personales de los pasajeros que vuelan a este último país, por entender las mismas contrarias al derecho a la intimidad y la privacidad de las personas. Antes de esta Sentencia, la U.E. venia entregando a EE.UU. 34 informaciones de carácter personal sobre los pasajeros que volaban a este país, información que era transmitida 15 minutos antes de despegar los vuelos en los que viajaban éstos pasajeros. En todo caso, EE.UU. venía exigiendo nada más y nada menos que 70 datos diferentes de índole personal sobre cada pasajero.
La Unión Europea, y en especial algunos países miembros, también ha sucumbido a la tentación de “legislar en caliente” tras un atentado o una alarma de atentado, sin importar demasiado que en este último caso fuera o no suficientemente fundamentada. Esta tentación tiene consecuencias técnico jurídicas muy graves en la inmensa mayoría de los casos, ya que no se aprueban nuevas herramientas legales atendiendo a su eficacia o idoneidad, sino únicamente buscando contentar a una opinión pública en demasiadas ocasiones previamente asustada o agitada tras una “alarma antiterrorista” de origen difuso o desconocido.
Así, el Reino Unido, antes de los atentados de Londres del 7 julio de 2005, teniendo ya en vigor una completa legislación antiterrorista aprobada a lo largo de años para combatir al denominado Ejército Republicano Irlandés (IRA), aprueba profundas reformas en dicha legislación que sin duda afectan al núcleo central de los derechos inherentes a la persona, a los derechos civiles básicos de cualquier individuo en un estado de derecho:
1º.- En principio se aprueba la detención policial indefinida de extranjeros sin necesidad de orden judicial o de formular acusación alguna. Esta drástica medida de “detención indefinida”, debió ser reemplazada posteriormente por “estrictos mecanismos de control” policial sobre los extranjeros sospechosos de terrorismo
2º.- El periodo de detención policial de ciudadanos británicos sin necesidad de formular cargo alguno contra el detenido y sin que este compareciera ante un juez, se amplió de 14 a 28 días.
3º.- De igual manera, se introdujeron distintas medidas con el denominador común de constituir importantes limitaciones de la libertad de expresión, todo ello justificado por la necesidad de combatir eficazmente el terrorismo.
En Mayo de 2009 el Ministerio de Interior británico publicó los informes de evaluación de las anteriores políticas en materia antiterrorista: dos tercios de los detenidos entre 2001 y 2008 fueron puestos en libertad sin cargos; del tercio restante -521 personas que fueron juzgadas- 198 acabaron en prisión pero únicamente 102 por delitos de terrorismo. De los más de 1.417 detenidos, únicamente el 10% ha sido condenado por terrorismo. Ni que decir tiene que quienes más han denunciado las discriminaciones y perjuicios ocasionados por estas políticas, ha sido la comunidad musulmana británica.
En este marco, el Consejo de la Abogacía Europeo (CCBE), reunido en Paris en 2006, mostró serias dudas sobre la legalidad internacional de varias de las iniciativas y normas -tanto nacionales como comunitarias- aprobadas en Europa tras 11-S, por afectar estas normas al derecho a la protección de datos de carácter personal, al derecho a la intimidad y al derecho al secreto profesional, en especial de periodistas y abogados. Declaró que “el respeto a los Derechos Humanos no interfiere en los mecanismos de seguridad de los Estados” y denunció la tendencia ya mencionada a “legislar en caliente”, permitiendo así la proliferación de una legislación de tipo “casuístico” tras cada atentado, respecto a la cual, y a la vista de las experiencias previas, se tienen serias dudas de su eficacia. Que la aprobación de leyes más restrictivas de derechos no equivale a incremento de la eficacia en la lucha antiterrorista se deduce claramente del balance de la “Patriot Act” en EE.UU. o del hecho de que tanto el atentado de Madrid (11-M-2004) como el de Londres (7-J-2005) no pudieron ser evitados a pesar de contar ambos países con extensa legislación antiterrorista, en el caso de la británica, claramente adaptada -“en caliente”- a esta nueva guerra global contra el terrorismo de origen integrista. Igualmente, el CCBE proclamó que la coexistencia de los derechos civiles en toda su extensión con las medidas de mantenimiento de la seguridad, son siempre garantía de consolidación democrática, mientras que la proliferación de legislación antiterrorista aumenta la sensación de inseguridad en la ciudadanía de los estados de derecho.

La Iniciativa del Consejo de Europa de Diciembre de 2005 de establecer “requisitos mínimos” para la aceptación de garantías diplomáticas destinadas a proteger a personas frente a la tortura después de ser entregadas a un tercer país:
Si bien son escasos los gobiernos europeos -hasta la fecha, solo Polonia- que abiertamente reconocen haber colaborado con los Estados Unidos en las ilegales prácticas de secuestro y desaparición forzosa de sospechosos de actividades terroristas para ser sometidos a tortura y prisión indeterminada sin intervención judicial, conocidas como “Renditions” o “entregas extraordinarias”, a estas alturas de instrucción de las distintas causadas penales abiertas en países de la U.E. por este motivo, y una vez aprobado por el Parlamento Europeo el exhaustivo “Informe Fava” sobre la utilización de los países de la U.E. para esta práctica deleznable además de ilegal, no deja cuando menos de sorprender que en este contexto el Consejo de Europa intentara en Diciembre de 2005 establecer unos denominados “requisitos mínimos” “para la aceptación de garantías diplomáticas destinadas a proteger a personas frente a la tortura después de ser entregadas a un tercer país”.
Amnistía Internacional, Human Rigths Watch y la Comisión Internacional de Juristas denunciaron la anterior iniciativa como un intento de legalizar las “renditions” o “entregas extraordinarias” practicadas de forma ilimitada en el marco de la guerra global contra el terrorismo.
A todas luces, se trataba de un intento de utilizar las garantías diplomáticas y la protección consular para sortear las obligaciones legales de los estados del Consejo de Europa, todos ellos firmantes del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH), hecho en Roma en 1950, tratado que prohíbe contundentemente la tortura u otros tratos inhumanos crueles o degradantes, además de incluir taxativamente en su articulado el principio de “no devolución” de ninguna persona a un tercer país donde pudiera ser sometida a las anteriores prácticas ilegales, es decir, prohibición absoluta de devolución a un país donde existiera, aunque solo fuera eso, el riesgo de ser sometidos a tales prácticas criminales.
En este contexto, más llamativa aún resulta la condena emitida por el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas a Suecia en el año 2006 por el caso de Ahmed Agiza, ciudadano egipcio devuelto desde Suecia a Egipto en 2001 con la clara intervención, o al menos inducción, de EE.UU. Ahmed Agiza fue torturado de forma sistemática y prolongada en Egipto a pesar de las visitas regulares de funcionarios diplomáticos suecos -realizadas entre una y otra sesión de tortura- a la cárcel donde estaba recluido, visitas ejecutadas en concepto de “protección consular”, toda vez que el mencionado ciudadano egipcio, siendo residente en Suecia, fue detenido y reenviado a un tercer país, con la aquiescencia del gobierno sueco, con la clara intencionalidad de ser sometido sistemáticamente a tortura en el marco de los interrogatorios de sospechosos de pertenecer a organizaciones terroristas islamistas. Con esta devolución, Suecia incumplió claramente el principio de “No devolución” previsto en el Tratado de Roma de 1958 además de acreditar posteriormente, con las visitas de sus diplomáticos al centro de tortura egipcio, la ineficacia de la protección consular cuando nos encontramos frente a las denominadas “entregas extraordinarias”.

III.- LAS “LISTAS ANTITERORISTAS”: ACUERDOS POLÍTICOS ELEVADOS A CATEGORÍA DE NORMA PENAL INTERNA PARA LA PERSECUCIÓN DE LA DISIDENCIA
En la actualidad, no existe legislación o normativa jurídica alguna que regule las “listas” de organizaciones terroristas que se confeccionan tanto por la UE como por los EEUU. Dichas listas, de orden únicamente administrativo, se elaboran exclusivamente atendiendo a decisiones adoptadas por ministros o representantes-delegados de estos, -tanto en la UE como en los EEUU- prescindiéndose para la adopción de la decisión de inclusión de personas o colectivos en las mismas de cualquier reglamentación o intervención de instituciones legislativas o judiciales. Es tal la falta de regulación, que incluso en la elaborada por las autoridades federales de los EEUU ni siquiera quedan claro para estas los mecanismos para suprimir o expulsar cualquier previa inclusión en dicha lista.
Los Tribunales de garantías europeos han venido ordenando en sus sentencias, en la mayoría de los casos en que ha sido impugnada esta inclusión en listas de terroristas en vía judicial, la expulsión de dichas listas tanto de personas como de organizaciones. Así, el caso de José María Sisón, portavoz del Nuevo Ejército del Pueblo de Filipinas, organización que a pesar de estar incluida en la lista de organizaciones terroristas de la UE negocia desde 1992, y con la mediación del Gobierno Noruego, un proceso de humanización del conflicto y consecución de la Paz con el Gobierno Filipino, que fue eliminado de la lista europea de terroristas por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Igualmente el caso de la organización iraní “Muyahidín al Jaq”, eliminada de la lista europea por parte del Tribunal de las Comunidades Europeas. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido en esas sentencias la vulneración de los derechos fundamentales de las impugnantes -personas o colectivos en ellas incluidas- por haberse conculcado el derecho al debido proceso al no haber ofrecido ni información ni trámite alguno de alegaciones a los afectados, habiéndose creado así una situación de indefensión absoluta.
En la actualidad existen en los tribunales europeos y de los Estados Unidos varios procedimientos judiciales contra personas acusadas de pertenecer o mantener vínculos con colectivos beligerantes en el conflicto armado interno colombiano –lo que excluye a fuerzas irregulares al servicio del estado- procedimientos que, además de haber buscado por el estado colombiano la criminalización de los movimientos sociales y de solidaridad internacional con Colombia, previsiblemente se verán abocados a la interposición de recursos judiciales impugnando la inclusión de determinados colectivos en las listas de terrorismo de la UE, tanto por la ausencia absoluta de garantías del procedimiento de inclusión como por haberse incluido colectivos y personas que reúnen las características que el D.I.H. reserva para definir las categorías jurídicas de beligerante y/o combatiente.
A la hora de sustanciarse dichos recursos y emitirse el pronunciamiento definitivo, será determinante la acreditación del comportamiento previsto en el Derecho Internacional, por el colectivo rebelde o resistente incumbido
Si el conflicto colombiano ha sido clave en esta involución jurídica y en la pérdida de calidad democrática operada bajo la cobertura de la “guerra contra el terrorismo”, también deberá ser clave en la estrategia que los demócratas del mundo deben llevar adelante para conseguir vencer la estrategia que los EEUU llevan adelante contra la Comunidad Internacional a través de la anulación del derecho Internacional y la criminalización del derecho a la rebelión y de cualquier tipo de resistencia social o política frente al dominio que fuere (político, social, económico, cultural, nacional, etc.) .

IV.- ¿“GUERRA CONTRA EL TERRORISMO” O “DOCTRINA DE LA SEGURIDAD NACIONAL” ?
La actual “guerra global contra el terrorismo”, generadora de un autentico Estado de excepción Global en materia de restricción de Derechos Humanos, tiene demasiadas similitudes con aquella otra guerra, también con adversario difuso, que bajo el nombre de “Guerra contrainsurgente o contrarrevolucionaria” se libró a partir del final de la II Guerra Mundial, en el marco de la Guerra Fría, primero por el ejército francés en Indochina y Argelia, y posteriormente, reconvertida en “Doctrina de la Seguridad Nacional” por el ejército de los Estados Unidos y de aquellos regímenes dictatoriales, especialmente de América latina, que tiñeron con la sangre de civiles inocentes y desarmados el subcontinente americano desde finales de los años 50 hasta el final de los años 80.
Según la estudiosa francesa Marie Monique Robin, autora de un magnífico ensayo que, con el título “Escuadrones de la Muerte. La escuela francesa”, repasa el origen de la doctrina contrainsurgente francesa, sus nefastas consecuencias sobre la población civil de Indochina y Argelia y su posterior traslación al continente americano bajo la denominación de “Doctrina de Seguridad Nacional” -para mayor tragedia de los pueblos guatemalteco, colombiano, boliviano, brasileño, chileno, paraguayo, uruguayo y argentino, entre otros-, las características de esta Doctrina Contrainsurgente o de la Seguridad Nacional serian:
•1.- La población civil es considerada como el enemigo interior a batir, en el marco de la III guerra mundial ya iniciada, toda vez que es entre ella, entre la población civil, donde se camufla el enemigo difuso conocido como “subversión”.
•2.- Es necesaria la acción y guerra psicológica para el control efectivo del territorio y la población. A tal efecto, el territorio se dividirá en zonas de control sobre la población civil.
•3.- La eliminación de garantías jurídicas como condición sine quanon para abordar con éxito esta guerra. La legislación de excepción se convierte en el arma esencial para alcanzar el único objetivo valido, la destrucción total del enemigo
•4.- La acción de “inteligencia” sobre la población civil -acceso a información- se convierte en arma de guerra.
•5.- La tortura a la población civil se convierte en arma de guerra, tanto como herramienta de “inteligencia” como para provocar el efecto disuasorio necesario entre las filas del enemigo.
•6.- Las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones forzosas se convierten en arma de guerra, toda vez que la intervención de las estructuras judiciales del estado de derecho haría imposible ganar la batalla a la subversión.
•7.- Junto a los ejércitos regulares, se crean “escuadrones de la muerte” o grupos paramilitares para “auxiliar” al ejército regular a la hora de realizar las tareas más comprometidas -léase ilegales- de esta guerra.

A continuación, y siguiendo los contenidos del anterior estudio, podemos definir las características de esa denominada III Guerra Mundial, según la Doctrina de la Seguridad Nacional, de la siguiente manera:
•1º.- Se trata de una guerra permanente y total, porque permanente y total mientras que exista es la esencia de la subversión
•2º.- Se trata de una guerra integral: se libra por objetivos que alcanzan a toda la sociedad y población de un país
•3º.- Se trata de una guerra universal: el planeta entero es considerado como un inmenso campo de batalla
•4º.- Es una guerra multiforme: se adapta a las condiciones de cada país “atacado” por la subversión

Sin duda alguna, las similitudes entre la denomina “Guerra Contrarrevolucionaria” que diera lugar a la Doctrina de la Seguridad Nacional y la actual “Guerra contra el terrorismo”, que ha dado lugar al actual “estado de excepción global” son más que llamativas. Como en aquella, esta actual Guerra Global /Mundial contra el terrorismo se nos presenta como permanente y total porque permanente –se nos dice- es el peligro terrorista. Es igualmente una guerra integral que se libra entre todos los sectores sociales de los países afectados. Nuevamente, el planeta entero se nos presenta como campo de batalla y de igual manera, la guerra ha de librarse de forma multiforme.
También en este conflicto el enemigo aparece camuflado entre la sociedad civil, desprovisto de las enseñas de un ejército regular, por lo que toda la sociedad – en especial los “disidentes”, “resistentes” y como no, los “rebeldes”- debe ser vigilada para así detectar al combatiente enemigo. La inteligencia se vuelve a convertir en la mejor arma, a cuyo efecto es necesario eliminar -o al menos disminuir- las garantías jurídicas que el estado de derecho venia reconociendo a todo presunto criminal, incluido el más deleznable y peligroso de los terroristas. Los generales de este nuevo conflicto consideran igualmente a los sistemas y estructuras jurídicas como impedimentos para alcanzar sus objetivos militares, esto es la destrucción del enemigo. Destrucción que solo podrá alcanzarse utilizando como arma de guerra la tortura, la desaparición forzada, las prisiones clandestinas, y en definitiva, antiguos métodos que no hace tanto tiempo han sido condenados por la humanidad, han mostrado su ineficacia para acabar con los conflictos y han ocasionado lesiones a bienes jurídicos de alta protección como es la dignidad humana en su conjunto.

V.- “TERRORISMO” VS “REBELIÓN” EN COLOMBIA. EL ESTATUTO DE BELIGERANTE EN EL CONFLICTO ARMADO INTERNO
El código penal colombiano introduce el delito de terrorismo y los actos de terrorismo a partir de 1980, aproximadamente veinte años después de existir las organizaciones político-militares contempladas hasta entonces como rebeldes o como responsables de delitos comunes. Esta introducción ni siquiera niega totalmente la relación entre delitos terroristas y delitos políticos. Así, el Código Penal de 1980 establecía en su artículo 127: "Los rebeldes o sediciosos no quedaran sujetos a pena por los hechos punibles cometidos en combate siempre que no constituyan actos de ferocidad, barbarie o terrorismo".
El estado colombiano ha vendió copiando –ya en 1980- mecánicamente las normas de varios países europeos sobre terrorismo, en especial las normas españolas. No olvidemos que España ha sido un país con amplia trayectoria de movimientos y actividades revolucionarias, y por tanto precursor en Europa de los conceptos de “Seguridad” y “Orden” desde el punto de vista de las políticas criminales. Esta traslación automática de la legislación antiterrorista europea a la legislación penal colombiana se hace obviando que la situación colombiana y las organizaciones rebeldes o disidentes allí existentes, nada tiene que ver , ni en su origen, ni en sus actuaciones , ni en su composición, ni en su ideología, con la situación existente en Europa o en España.
En el año 1988 se amplía y extienden las tipificaciones como “terrorismo” sobre una gran cantidad de conductas, a la vez que se agravan las ya existentes a través del denominado “Estatuto Antiterrorista”
Con la anterior coartada, el Estado colombiano practica sistemáticamente el terror contra la población civil desarmada, a través del bombardeo de las zonas de conflicto armado entre Ejercito y Guerrillas; aplica ese terror de forma selectiva a través de agentes del estado contar opositores políticos y sociales, mediante torturas, asesinatos y desapariciones forzadas, y por último, a través de la justicia especializada de Orden Publico.
Así, la Corte Suprema de Justicia acaba declarando ajustado a la Constitución el estatuto para la Defensa de la Justicia, con lo que se multiplican las conductas que pueden ser consideradas como terrorismo: oposición al sistema social, a las políticas estatales, revueltas callejeras y protestas estudiantiles, etc.
Paulatinamente se va sustituyendo la consideración legal del estatuto jurídico del “rebelde”, por un nuevo estatuto legal, en este caso el de “terrorista”, aplicable a cualquier rebelde, resistente o incluso disidente.
Para lograr la efectividad jurídica de lo anterior, es imprescindible anular la posible aplicación jurídica del Derecho Internacional Humanitario o DIH, el Derecho Internacional aplicable a los conflictos armados, también a los conflictos armados internos.
El DIH no es un dogma. Es una herramienta para la regulación y humanización de los conflictos armados y puede ser utilizado como herramienta de resolución de conflictos y de regulación de la convivencia en el marco de estos conflictos.
Las categorías jurídicas de “Beligerantes”, o “combatiente” no pueden por tanto ser anulados a través de la imposición o inserción – lo que supondría la reducción y simplificación de una situación compleja- del concepto de “terrorismo” en el seno de un conflicto armado interno o internacional.
Reafirmemos las siguientes ideas:
1º.- Colombia padece un Conflicto Armado Interno de larga data, originado en causas políticas, sociales y económicas.
El conflicto armado interno se distingue en el Derecho Internacional Humanitario por cumplirse tres requisitos de no internacionalidad:
1.- Su desarrollo se verifica dentro de las fronteras de un estado.
2.- Al menos una de las partes no tiene cualidad estatal.
3.- Parte de las luchas armadas que se ejecutan, se regulan o debieran regularse por las normas jurídico-internacionales.

2º.- Beligerantes y combatientes: La resistencia al reconocimiento de la categoría de beligerancia a la insurgencia en el marco del conflicto colombiano, no es más que una manifestación política, nunca un debate jurídico. Recordemos que no existe a fecha de hoy una definición de ”terrorismo” en el Derecho Internacional, mientras que las distintas definiciones existentes en el derecho interno suelen habitualmente ser dispares. Así, en algunos países se entiende por terrorismo las actuaciones que tienden a ”subvertir o sustituir el orden constitucional imperante”, mientras que otros entienden como tal las actuaciones criminales que persiguen imponer un régimen de terror a la población civil.

Desgraciadamente la actuación de las fuerzas beligerantes o de los “combatientes” en el conflicto armado interno colombiano no siempre es respetuosa con la normativa establecida en las Convenciones de Ginebra de 1949, en los Protocolos Adicionales de 1977 y en las restantes normas convencionales y declaraciones de NNUU aplicables a los conflictos armados.
“Beligerante” en el DIH:   la colectividad políticamente organizada que toma parte en el conflicto armado en forma opuesta a la neutralidad,
Condiciones de beligerancia:
1º.- un estado generalizado de hostilidades
2.- grupo con posesión efectiva de una parte del territorio
3º.- ejerce jurisdicción, imponiendo un orden jurídico diferenciado y una institucionalidad.
4º.- el grupo beligerante cuenta con una organización militar y una autoridad responsable. Normativa interna
5º.- La parte beligerante debe conducir los combates respetando el DIH

“Combatiente” en el DIH: las personas que de hecho toman parte directa en el combate y son sujetos activos y pasivos de la acción hostil
Condiciones de combatiente:
1.- pertenencia a unas FFAA parte en conflicto
2.- Encuadrado en una organización militar con a) mando responsable, b) disciplina interna c) acatamiento normas DIH
3.- Portar signos distintivos y armas abiertamente, distinguiéndose de la población civil.

El reconocimiento de la beligerancia exige: (1º) el cumplimiento de unos requisitos de derecho material y (2º) la existencia de una decisión política, expresión de soberanía, que implica entender el conflicto armado como confrontación o guerra civil
La existencia de actos que puedan considerarse terroristas no implica que deje de existir la situación de conflicto armado interno ni modifica la calificación jurídica del conflicto
Respecto al conflicto interno colombiano, atendiendo a los datos publicados por prestigiosos organismos de DDHH Colombianos o dependencias del sistema de las NNUU, el mayor violador con mucho, del DIH y de los DDHH en Colombia, es el estado colombiano, sus agentes y el paramilitarismo, -desapariciones forzadas, desplazamiento forzoso, ejecuciones extrajudiciales, tortura, crímenes de guerra, utilización de armas químicas, uso desproporcionado de la fuerza, violencia contra las mujeres, etc- existiendo un porcentaje importante de dichas violaciones imputadas a la insurgencia –secuestros, reclutamiento de menores, utilización de minas terrestres, etc- , aunque a mucha distancia de los niveles de responsabilidad atribuibles al estado. Ello es mas grave cuando la legitimidad del estado reside esencialmente en cumplir y hacer cumplir la legalidad y en proteger los derechos de los ciudadanos bajo su soberanía. El Estado debe ser el Guardián de la legalidad, o pierde toda legitimidad.
Llegados a este punto, el observador deberá detenerse a pensar si las violaciones del Derecho Internacional Humanitario (DIH) o de los contenidos de las normas de Derechos Humanos realizadas por el estado colombiano, responden a un Plan Criminal preestablecido o por el contrario pueden considerase hechos aislados. Igual criterio deberá aplicarse a las actuaciones ilegales realizadas por la insurgencia que puedan ser considerados violaciones del DIH o de los Derechos Humanos. A mi juicio, es en operaciones militares y/o policiales como las denominadas “Génesis”, “Orión”, “Golpe de gracia o “Baile rojo” donde en términos jurídicos se acredita sobradamente la existencia de planes sistemáticos de exterminio o de comisión de crímenes de lesa humanidad.
De obtenerse los reconocimientos – de iure o de facto- de “beligerantes” o simplemente “combatientes” de las fuerzas insurgentes que operan en el conflicto colombiano, la inclusión de estas fuerzas beligerantes o combatientes rebeldes en las denominadas “listas de terroristas” perdería definitivamente su ya escasa sustentación jurídica.
La inclusión de fuerzas beligerantes rebeldes en las denominadas “listas de organizaciones terroristas”, además de carecer de sustento jurídico, contamina el conflicto y complica la búsqueda de una solución duradera que aborde las causas originarias del mismo, así como hace aun mas difícil abrir escenarios de confianza entre las partes que permitan construir la paz.
También la utilización espuria e interesada de la Corte Penal Internacional puede contaminar sustancialmente el conflicto colombianos y dificultar una salida política y definitiva al conflicto. Llama poderosamente la atención observar al ex ministro de defensa colombiano bajo cuyo mandato se ejecutó el crimen de lesa humanidad denominado “falsos positivos”- Don Juan Manuel santos, actual Presidente de Colombia- , acudir por invitación del fiscal de la Corte Penal Internacional a dicha sede judicial para dirigir al mundo un mensaje de criminalización de la insurgencia colombiana. Recordemos que Colombia hizo una reserva de 7 años a la entrada en vigor de los crímenes de guerra contemplados en el estatuto de la Corte, con el argumento de necesitar adecuar el comportamiento de sus fuerzas militares a las prescripciones legales imperativas existentes en el estatuto, lo que supone un reconocimiento implícito de la comisión de dichos crímenes de guerra. Desde Noviembre 2009 la totalidad de los crímenes competencia de la Corte Penal Internacional son perseguibles desde este tribunal internacional respecto a Colombia. Utilizar esta entrada en vigor, retardada por las autoridades colombianas para preservar a sus fuerzas armadas de procesos por crímenes de guerra, para argumentar la necesaria comparecencia de las insurgencia colombiana ante La Haya para dar cuentas del reclutamiento de menores, el secuestro o la utilización de minas terrestres, causa rubor tras conocer como conoce la comunidad internacional la lista inabordable de actuaciones ilícitas realizadas por las fuerzas armadas colombianas en el marco del conflicto interno, lista que comienza por la utilización de la violencia sexual como arma de guerra, la utilización de armas químicas contra la población civil (Glifosato), las masacres de población civil, los desplazamiento, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales y un largo etcétera.
La insurgencia debe valorar si la supuesta ventaja militar que perdería en caso de renunciar definitivamente a realizar prácticas que puedan considerarse ilícitas o criminales en el derecho internacional, no sería suficientemente compensada con la ventaja política que supondría eludir el riesgo de acabar alguno de sus integrantes procesados por la CPI, lo que sin duda alguna tendría un efecto político pernicioso tanto para la resolución política del conflicto colombiano como para, en el contexto internacional, hacer retroceder –mediante la eliminación de las FARC y el ELN de las listas de terroristas de la UE- el intento de anulación del derecho internacional que supone la existencia de la denominada “guerra contra el terrorismo”.
El reconocimiento de beligerancia supone que los beligerantes no están sometidos al orden jurídico interno o nacional, sino que el conflicto de facto se convierte en conflicto civil y se rige por las normas de los conflictos interestatales, al ser reconocidos por terceros estados u organismos multilaterales como beligerantes. Esto implica tanto la observación del estatuto de prisioneros de guerra como la limitación del ius punendi del estado: no podrían ser procesados los prisioneros de la insurgencia.
La beligerancia es el reconocimiento del derecho a hacer la guerra en igualdad de condiciones y con iguales garantías internacionales que el estado, y por tal motivo el estado donde se desarrolle el conflicto intentará por todos los medios que no se reconozca dicho estatuto a la insurgencia.
Pero ya se reconozca a la insurgencia como parte combatiente o como parte beligerante, lo cierto es que en los dos supuestos, con ambos se pueden alcanzar acuerdos para humanizar el conflicto armado. EL DIH lo permite y ninguna norma de Derecho Internacional lo proscribe, por lo que no tiene explicación jurídica alguna la negativa del estado colombiano a sentarse a hablar con la insurgencia, ya sea de las causas del conflicto y de la solución de este, o ya sea al menos de la regulación del mismo en beneficio de la población civil que lo padece.
 
VI.- CONTRADICCIONES DEL ESTADO COLOMBIANO: DE LA NEGATIVA A ASUMIR LA EXISTENCIA DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO AL INTENTO DE IMPONER UN ESCENARIO DE LUCHA CONTRA EL TERRORISMO
Las referencias a la aplicación del DIH -en las paginas web de las fuerzas militares colombianas, por ejemplo- la utilización preferente del ejercito – y no la utilización marginal de la policía- en el combate a la insurgencia, la existencia de leyes que regulan el impuesto de guerra o reconocen personalidad política a representantes de la insurgencia, o la tradición del delito político en Colombia, ACREDITAN CONFORME A LA DOCTRINA DE LOS ACTOS PROPIOS –DEL ESTADO- EL RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UN CONFLICTO ARMADO INTERNO O INTERNACIONALIZADO EN COLOMBIA. La mera existencia del Plan Colombia o de las siete Bases militares de EEUU en Colombia, o el ataque militar al departamento ecuatoriano de Sucumbíos por Colombia en marzo de 2008, son otra acreditación de que dicho conflicto hace tiempo se internacionalizó
El Delito político en Colombia castiga el método empleado, no el fin perseguido por el delincuente político. Se juzga solo al delincuente político vencido, mientras al vencedor se le entrega el gobierno
En términos generales, tanto al rebelde beligerante como al rebelde no beligerante se le da tratamiento penal privilegiado: al beligerante se le concede inmunidad penal; al no beligerante se le da tratamiento de delincuente político sometido a especial política criminal.
Las distintas formas de enfocar la política criminal en un país en conflicto armado, determinan e influyen en las posibles vías para conseguir la resolución del conflicto por vías políticas:
1.- Política criminal Radical: se otorga trato de delincuente común al infractor político. No ayuda ni a humanizar el conflicto ni a alcanzar un escenario de paz
2.- Política criminal Atenuada: se asume que la delincuencia política y el infractor persiguen un fin altruista
El ordenamiento jurídico colombiano ha contemplado desde hace años el delito político de forma específica para la concesión de indultos o para ser congresista o magistrado, estatuto que se puede alcanzar aun habiendo sido condenado por delitos políticos
La criminalización del rebelde bajo la figura delito político facilita la reconciliación. Bajo la figura de delincuente común o terrorista, impide la reconciliación y la apertura de diálogos sobre el fin del conflicto y la consecución de la paz.
No olvidemos que la paz es un derecho constitucional contemplado en la constitución colombiana de 1991.
En conclusión, ya se alcance el estatuto de beligerantes, ya sea considerada la insurgencia meramente como organizaciones de combatientes, ninguna consideración jurídica impide sentarse a hablar con ellos y nada justifica convertir el derecho a la rebelión o la resistencia contra la injusticia en un delito “terrorista”.
El reconocimiento del estatuto jurídico de la beligerancia implica la eliminación del escenario político de “guerra contra el terrorista” y el reconocimiento de derechos al rebelde, pero también implica obligaciones: otorga estatuto político a la insurgencia, pero también la convierte en sujeto de responsabilidades ante la comunidad internacional, lo cual otorga a esta mayor capacidad de presión e incidencia sobre las organizaciones insurgentes y mayor presión para controlar que los medios de combate de esta se ajusten a lo previsto en el DIH, eludiéndose así el riesgo de la comisión de delitos internacionales..


(*) Enrique Santiago Romero es abogado
Tenerife, 28 de Octubre de 2011

fuente:  http://www.rebelion.org/noticia.php?id=138578

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