¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

01 febrero 2008

CONARE TACNA: EJEMPLO DE ORGANIZACION Y COORDINACION EN LA LUCHA SINDICAL CLASISTA

Presidente Regional de Tacna prepara ordenanza contra D. S. N-004-2008-ED


Al amparo del Numeral 2 del Art. 2º de la Constitución Política del Perú, el Presidente Regional de Tacna, Hugo Ordóñez Salazar, en coordinación con la dirigencia del Sutep Regional de Tacna, cuya Secretaria es la profesora Mery Coila Ramírez, viene preparando una ordenanza regional a fin de contrarrestar los efectos DEL D.S. 004-2008-ED. En dicha ordenanza, se declara nulo cualquier acto de discriminación que perjudique a los maestros.


Como se sabe, el numeral citado de la Constitución Política del Perú, dice:

Toda persona tiene derecho (...) A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole"

Por lo tanto, el Decreto 004 viola flagrantemente la Ley, toda vez que impide a los maestros postular a una plaza de contrato.

El Presidente Regional, conocedor de este hecho e identificado con el magisterio tacneño, dará ejemplo de valor y defensa de los derechos fundamentales de la persona.

La presente gestión se realiza gracias a la constante preocupación de la profesora Mery Coila que es apoyada por el 100% del magisterio local.


Como tristemente se recuerda, la antigua dirigencia liderada por Patria Roja (Cecilia Cuito) había descuidado enormemente los intereses del magisterio dedicándose sólo a enriquecerse con las propiedades del sindicato.


Instamos a los maestros de todo el Perú a presionar a los presidentes regionales para que se emitan acciones similares.


Sin luchas no hay victorias!

!No a la discriminación!!!

Estimados colegas:

Ya sea en forma individual o a través de sus representantes en el sindicato, deben presentar ante el poder judicial una acción de amparo en contra del .DS. 004-2008-ED.

Si no lo hacen, no podrán siquiera presentarse al concurso de contratos.

¿Qué es una acción de amparo?

Según el Tribunal Constitucional, "es un proceso judicial de carácter constitucional que tiene como finalidad proteger todos los derechos constitucionales de la persona ante violaciones o amenazas de violación provenientes de una autoridad o de un particular (el amparo protege derechos como, por ejemplo, el derecho de asociación, a la libertad de contratación, el derecho al debido proceso). Lo puede presentar el mismo afectado o cualquier otra persona en su nombre. Si el Juez comprueba, efectivamente, violaciones a derechos, ordena que los actos violatorios se suspendan inmediatamente".

Como pueden ver colegas, las acciones de amparo deben presentarlas inmediatamente, puesto que la decisión del juez lleva algún tiempo. Háganlo así, de tal forma que cuando se dé el concurso de contratos, la autoridad haya admitido su demanda. Esto les permitirá presentarse al contrato sin ningún problema. Como han podido leer en las noticias, muchos docentes a nivel nacional ya están realizando sus trámites.

"NUNCA DE DE RODILLAS , SIEMPRE DE PIE"

¡¡¡Sin luchas no hay victorias!!

HUANUCO: INVOCAN PRESENTAR ACCION DE AMPARO CONTRA TERCIO SUPERIOR


Huánuco. El secretario regional de SindicatoUnitario de Trabajadores de la Educación Peruana (SUTEP), Julio Falcón y Acosta, hizo un llamado a los docentes inscritos al concurso para nombramiento, a presentar una Acción de Amparo de manera individual, ante el Poder Judicial, para que se les reconozca su derecho de libre participación e igualdad de oportunidades. Fue en alusión al anuncio del requisito anunciado por el ministro de Educación, José Antonio Chang, que los docentes deberán ser egresados alcanzando el tercio superior y porque calificó el proceso de nombramiento como un engaño.
Sustentó su parecer, asegurando que el hecho que sea este nombramiento "un contrato para tres" años previa evaluación para su renovación y promoción, vulnera sus derechos y no está de acuerdo a la Ley del Profesorado, donde se contempla un nombramiento de tiempo permanente y no por tres años únicamente. Posterior a sus declaraciones anunció la realización de una reunión para mañana viernes, donde tratarán asuntos relacionados con el tema. No descartan una medida de fuerza en los próximos días.
Fuente: diariohoy
publicado en

PRESENTAN ACCION DE AMPARO CONTRA D.S. N- 004 -2008-ED

Huancayo: Docentes presentan Acción de Amparo contra . D.S. 004 -2008-ED


Frente al camino abrupto que el gobierno aprista emitió con el D. S. Nº 004- 2008-ED, el Frente Único de Docentes Titulados (FUDDT) presentó una Acción de Amparo en el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Junín, contra las nueve unidades de gestión pedagógica (Ugel).

Como se sabe, este Decreto estipula que solamente los que ocuparon el Tercio Superior de cada promoción podrán acceder a una plaza de contrata.

De acuerdo al expediente 2008-00351-01501-JR-CI-02, tendrán que responder por esta Acción el ministro de Educación, José Antonio Chang, el director regional de Educación, Walter Angulo Mera, el director de la Ugel-Huancayo, Zócimo Anglas, por cuanto fue admitida a trámite en aplicación del artículo 47 de la Constitución Política.

El dirigente Rover Efraín Morales Lora de la FUDDT, adelantó que se vienen marchas de protesta a favor de la derogación del Decreto Supremo que los discrimina para acceder a una plaza docente mediante contrata.

DATOS

“Somos más de 8 mil docentes que quedaríamos en la calle. Con este antecedente y con la medida cautelar que presentaremos este lunes 4 de febrero a la Corte de Junín dejaremos sin efecto , paralizando la contrata docente para este año”, advirtió.

Fuente: http://www.laprimera.com.pe/

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