¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

18 noviembre 2012

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL: UNA IMAGEN VALE MAS QUE MIL PALABRAS





PARO Y MOVILIZACION NACIONAL EN DEFENSA DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029

El gobierno a través de la Comisión de Educación, Cultura y Deporte  del Congreso el día 14 de noviembre aprobó el dictamen de Reforma Magisterial y que lo han viabilizado para su debate en el Congreso de la República el día  15 de noviembre. 

El Proyecto  de Ley N° 1388/2012 de la nefasta  Reforma Magisterial,  seria debatido  de manera prioritaria en el Pleno el miércoles 21 de noviembre, con la intención de aprobarlo de inmediato por la mayoría oficialista; por otro lado denunciamos ante el pueblo y el magisterio nacional que existe la pretensión de aprobarlo el martes 20 de noviembre, sin debate, solo a nivel de representantes de cada bancada, como hicieron en el quinquenio de García Pérez con la Carrera Pública Magisterial vulnerando nuestros derechos. 

Por todas estas consideraciones es que el Comité Nacional de Lucha del SUTEP, hace  el llamamiento a las bases del SUTEP de todo el peru, para  asumir en conjunto esta medida de lucha como muestra de unidad en defensa de los Derechos de los maestros del Perú y por el Derecho a la Educación de nuestro pueblo.

 ANTE EL ATROPELLO Y ABASALLAMIENTO DE NUESTROS DERECHOS POR PARTE DEL F.M.I. EJECUTADO POR EL ESTADO ATRAVES DEL (MEF - MINEDU Y CONGRESO).

LAS BASES DEL SUTEP INICIAN  LA LUCHA  DIRECTA Y LEGAL POR LA DEFENSA DE SUS DERECHOS Y SU DIGNIDAD.
POSIBLE RECORRIDO PROCESAL DEL DICTAMEN DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL :
DÍAS                                                                           INSTANCIA
-15  de noviembre 2012                                 ingreso del dictamen  aprobado al pleno
-21 de noviembre  2012                                 aprobación del dictamen en el pleno
-23 de noviembre 2012                                 elevan la autógrafa de ley al presidente de la república
-26 de noviembre 2012                                 promulgación de ley de reforma magisterial.
LAS BASES DEL SUTEP DEBEN INMEDIATAMENTE  ACCIONAR LAS SIGUIENTES DIRECTIVAS:
 
1. LUCHA DIRECTA DE MASAS:   

PARO NACIONAL  21 y 22 DE NOVIEMBRE DEL 2012

MOVILIZACION  O HUELGA NACIONAL INDEFINIDA HASTA QUE SE ARCHIVE O DEROGUE INTENTO  LEY DE REFORMA MAGISTERIAL.
2.- LUCHA LEGAL:
DE CARÁCTER GENERAL (REGIONAL - NACIONAL)
* Al día siguiente de promulgado la ley se debe comprar los planillones del tribunal constitucional para iniciar la demanda de inconstitucionalidad, movilizando a la más amplia masa de profesores posible a nivel nacional. Deberá hacerse 05 demandas de inconstitucionalidad  del siguiente modo: 1) callao, 2) lima, 3) región sur, 4) región centro y 5) región norte. Cada una de las bases accionantes de la demanda deberá iniciar la recolección de firmas a partir de la entrega de los planillones del T.C., entendiéndose que deberán recolectar firmas de ciudadanos mayores de 18 años y no necesariamente solo maestros. Así la recolección es más factible y por tanto bastará un mes de trabajo como máximo, cuanto antes mucho mejor.
* Para la implementación de este trabajo se deberá adquirir de la oficina de almacén del tribunal constitucional 50 planillones para efectuar demanda de inconstitucionalidad, previa solicitud del caso y previo pago por el material adquirido. promedio de costo por los 50 planillones es de 1,600 nuevos soles.
* En esta línea de trabajo, el día 03 de enero del 2013, se deberá presentar los planillones con las firmas recolectadas al jurado nacional de elecciones con la solicitud debidamente fundamentada, lo que será hecho por el departamento legal del COMITE  NACIONAL DE LUCHA DEL SUTEP
* Luego una vez recepcionada las actas del J.N.E con las firmas válidas, se sugiere como fecha de presentación de las demandas de inconstitucionalidad el día 22 de febrero 2013, días previos a la posible publicación del reglamento de la nefasta ley de reforma magisterial, porque son 4 meses los que tendrá el estado para publicar el reglamento.
 CON CARÁCTER INDIVIDUAL
* Al día siguiente de promulgada la ley se inician las acciones de amparo para impugnar judicialmente la ley (por inaplicación, confiscación u otros motivos), es decir judicializar la ley en su intento de aplicación.
* El departamento legal se encargará de hacer llegar a cada delegado o dirigente regional la demanda de amparo, para que éste a su vez haga llegar a cada maestro, haciendo presente que una vez presentada la demanda de amparo al poder judicial de su jurisdicción, cada maestro deberá sacar una copia de su demanda interpuesta. Luego con un escrito debidamente fundamentado presentado al director de su i.e., comunicará que su caso está judicializado y por lo tanto solo podrá aplicarse la ley cuando el proceso judicial haya tenido una sentencia firme en última instancia. En tanto esto no ocurra, no puede implementar dicha norma legal, por cuanto se configura intromisión de funciones y eso está penado por la propia constitución. 
ACLARANDO:
EL MAESTRO PERUANO ES EL PROFESIONAL PEOR REMUNERADO, FORMANDO EL BOLSON DE MUY  POBRES DEL PERU.
AL MAESTRO PERUANO SE LE EXIGEN LOS MAS ALTOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER - DOCTOR, PARA LUEGO DESCONOCERLO CON UNA EVALUACION PUNITIVA.
EL MAESTRO ES EL UNICO PROFESIONAL QUE TIENE QUE VALIDAR SU TITULO PROFESIONAL CADA 2 AÑOS. MISMO TITULO QUE LE DIO EL ESTADO A NOMBRE DE LA NACION.
EL  MASTRO ES EL UNICO PROFESIONAL AL QUE SE LE EXIGE NOTA MINIMA DE 14 PUNTOS EN UNA EVALUACION. 

EL MAESTRO ES EL PROFESIONAL QUE MAS HUMILLACION MEDIATICA HA RECIBIDO POR PARTE DEL ESTADO Y LA PRENSA SERVIL DE LA CORRUPCION.


a pesar de todo:


EL MAESTRO ES EL PROFESIONAL MAS HUMILDE Y DIGNO DEL PERU.
NUNCA  HA TEMIDO AL OPRESOR, NI TEMBLADO ANTE EL PODER.
CUANDO HA DEBIDO, HA SABIDO RESPODER CON DIGNIDAD.
SABE QUE LA LUCHA ES EL UNICO CAMINO DE HACER RESPETAR SUS DERECHOS.
SABE QUE LOS DERECHOS NO SE MENDIGAN, SE EXIGEN.

VIVA EL PARO DEL 21 y 22 DE NOVIEMBRE
NO A LA LEY DE ABUSO MAGISTERIAL 
SI EL PRESIDENTE, MINISTROS Y CONGRESISTAS QUIEREN APROBAR  LA LRM, QUE SE LAPRUBEN PARA ELLOS, PARA LOS MAESTROS LA LEY DE CONGRESISTAS
VIGNCIA IRRESTRICTA DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029




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