- Acción de Inconstitucionalidad contra la criminalización de la protesta social (ir)
- Decretos Legislativos sobre la criminalización de la protesta socialDecreto Legislativo 982 (ir)
- Decreto Legislativo 983 (ir)
- Decreto Legislativo 989 (ir)
- Informe de la defensoría del pueblo sobre la Criminalización de la Protesta (ir)
- Serios Peligros para los DDHHLos 11 Decretos del Gobierno de Alan GarcíaWilfredo Ardito VegaRocío Peñafiel GarretaKatya Pinedo Torres (ir)
- Campaña contra la Criminalización de la Protesta Social en México (ir)
- Serios Peligros para los DDHH (ultima versión) (ir)
NO A LAS MUERTES DE CAMPESINOSSÍ A LOS DERECHOS HUMANOS
En los meses anteriores, al menos otras doce personas, entre ellas los niños Imel Huayta y John Acosta, han sido asesinadas por las fuerzas policiales, la mayoría de ellas desde que Luis Alva Castro asumió el Ministerio del Interior.
Las protestas sociales no son gratuitas, sino que se deben a la imposición de un modelo económico que genera descontento social. En los últimos meses, además, el gobierno ha pretendido disolver las comunidades campesinas y nativas y facilitar la adquisición de sus tierras por empresas privadas. Las personas que protestan son consideradas irracionales, primitivas y enemigas del Perú. El gobierno parece creer que los peruanos más pobres deben contemplar pasivamente las situaciones de injusticia que viven todos los días.
En este contexto, es preocupante la aprobación, el 22 de julio pasado, de 11 decretos legislativos que violan muchos derechos humanos y criminalizan la protesta social, sancionando el derecho a la manifestación pública, pacífica y libre. Esta medida ha originado que APRODEH, CONACAMI, CGTP, CCP, CCI y otras organizaciones a nivel nacional recolectaran firmas para pedir que estos decretos legislativos sean declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional. Igualmente es preocupante la aprobación de la Ley 29166 que permite a los miembros de las Fuerzas Armadas usar sus armas de manera indiscriminada lo que podría afectar la vida y la integridad física de las personas.
El autoritarismo se expresa además en las declaraciones de las autoridades gubernamentales que llegan a justificar las muertes de pobladores. De esta manera, el gobierno está abriendo el camino para mayor confrontación social tratando a millones de peruanos como si fueran enemigos de la sociedad. El camino correcto es generar mejores condiciones de vida para los peruanos más pobres y no tratarlos como delincuentes.
¡BASTA DE MUERTES DE CAMPESINOS!
La criminalización de la protesta social se da por la implementación de un modelo económico neoliberal que genera descontento social y que viene siendo implementando desde el gobierno de Fujimori. La criminalización no empieza ahora sino desde el gobierno de Toledo.
El gobierno de Alan García ha mostrado su autoritarismo. Tenemos por ejemplo el intento de instalar la pena de muerte y otros hechos como la muerte de al menos 12 personas por excesos policiales (entre ellos un niño y un empresario), sin ninguna sanción en estos casos; el inducir a solicitar permiso para que las organizaciones puedan manifestarse públicamente restringiendo la libertad de expresión, entre otros.
La última medida fue dada el 22 de julio cuando aprobó los 11 decretos legislativos, cuyos artículos violan muchos derechos humanos y criminaliza la protesta social, sancionando el derecho a la manifestación pública, pacífica y libre, pese a que la Constitución ampara el derecho a la sindicalización, etc.
Ante esta violación a los derechos humanos APRODEH, la CGTP, CONACAMI y la Coordinadora contra la Impunidad vienen recogiendo firmas para que el Tribunal Constitucional declare la inconStitucionalidad de estos decretos legislativos por ser lesivos.
¿CÓMO ESTOS DECRETOS VIOLAN LOS DERECHOS HUMANOS?
Decreto Legislativo 982:
Permite que los policías o militares puedan usar libremente sus armas contra los manifestantes, causar muerte y lesiones y no responder por ello.
Señala que la persona que marcha es un extorsionador y puede ir a la cárcel hasta por 25 años, violando de esta manera los derechos a la libertad de reunión, expresión, huelga.
Se podrá sancionar por el delito de extorsión a las autoridades que apoyen huelgas.
Decreto Legislativo 989:
Una persona puede ser detenida por la policía sin mandato judicial aunque se encuentre lejos del lugar de los hechos o haya transcurrido hasta 24 horas violándose su derecho a la libertad individual, entre otros derechos.
La policía durante la investigación puede actuar sin presencia del fiscal y sin que éste pueda evaluar la legalidad de dichas diligencias
Decreto Legislativo 983:
Utilizar como prueba los juicios ya cerrados en otros procesos nuevos violando el principio constitucional de “cosa juzgada”.
Amplía el plazo de la detención preventiva violando la libertad individual y el derecho a ser juzgado en un plazo razonable.
Decreto Legislativo 988:
Una persona detenida puede estar incomunicada hasta por 10 días, cualquiera sea el delito que se le acusa.
Para sumarte a esta campaña puedes acudir y solicitar información en las siguientes direcciones:
APRODEH: Jr. Pachacútec 980, Jesús María. Lima / Telf: 424-7057 anx 113 /
CGTP: Plaza 2 de Mayo puerta 2 y 4. Lima / Telf: 424-2357 / http://www.cgtp.org.pe/
CONACAMI: Av. César Canevaro 1750, Lince / Telf:Coordinadora Contra la Impunidad: Jr. Zepita 243, oficina 201. Cercado de Lima/ Centro Federado de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM. Ciudad Universitaria.
ASOCIACIÓN PRO DERECHOS HUMANOSAPRODEH
Fuente:
APRODEH
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