¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

21 agosto 2012

LA GRAN REFORMA EDUCATIVA Y LA REVOLUCION REMUNERATIVA SEGUN LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL

ESENCIA VENENOSA DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL

“Hecha la Ley, hecha la trampa”, milenario refrán de vigencia absoluta y descarada, posible mientras lo castrense impere detrás. Por ello al fin de cuentas los logros se definen en el campo de batalla, en la lucha directa, a pesar de su penalización.

La  LRM pretende embaucar a los maestros en general, de la siguiente manera:
1. AUMENTO DE SUELDOS POR NIVEL: ¿CUANTOS SON LOS BENEFICIARIOS?

Artículo 52º.- Remuneración por Niveles Magisteriales
La remuneración del profesor es fijada, a escala única nacional, para cada nivel magisterial conforme a los índices siguientes:
 
2.- NADIE PIERDE DERECHOS:  ¿ Y ACASO NO COMPRENDEMOS LO QUE LEEMOS?

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- Los profesores nombrados pertenecientes al régimen de la Ley del Profesorado Nº 24029 comprendidos en los niveles I, II, III, IV y V, serán ubicados en el Primer y Segundo Nivel de desarrollo magisterial a que se refiere la presente ley. Para facilitar su acceso al tercer, cuarto, quinto y sexto  nivel,  el Ministerio de Educación convocará excepcionalmente dos concursos públicos nacionales.
CUARTA.- Los profesores nombrados en el nivel I de la Ley 29062, que participaron en los concursos públicos de nombramiento realizados entre los años 2008 y 2011, serán reubicados en el Segundo Nivel de desarrollo magisterial de la presente ley.; asimismo, los profesores incorporados en la Ley 29062, en los niveles II, III, IV y V, que participaron en los concursos públicos realizados entre los años 2009 y 2011, serán reubicados en el tercer, cuarto, quinto y sexto nivel de desarrollo magisterial   de la presente ley. Respectivamente.


3.- EVALUACION Y MERITOCRACIA: ¿PRETEXTO PARA EL DESPOJO DE LA ESTABILIDAD LABORAL?

Segun se desprende del proyecto de LRM Nº1388/2012-PE. las evaluaciones seran para ascenso. el Ministerio de economia establece las vacantes segun disponibilidad presupuestal.
MIENTRAS NO HAYA VACANTES, porque no hay ni habra presupuesto, todos quedan CONGELADOS, tal y como ocurre en la actualidad.
Mientras tanto, los maestros CONGELADOS  sera sometidos a evaluacion de desempeño, orientados políticamente  para deshacerse de los maestros, con el pretexto de que no aprobaron el examen (recuerden  la evaluacion censal) que se hizo con el solo fin de desprestigiar a los maestros y nada  para mejorar la educacion.

 Ante esta realidad, La actitud cómplice de los usurpadores del CEN del SUTEP, que calla y avala en todos los idiomas esta realidad, haciendo un gran favor al gobierno, obstaculizando el trabajo justo y correcto que han planteado LAS BASES REGIONALES DEL SUTEP en defensa de los derechos de los maestros en el marco de la Ley del Profesorado exigiendo EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DE LA LRM .

Por tanto, estamos avisados nada con los TRAFICANTES DEL SUTEP Y SU CUPULA TRAIDORA DEL CEN DEL SUTEP, que bajo el pretexto de lo “orgánico” (que el gobierno aplaude) y la “unidad” de lobos y corderos (sin principios), que son los “argumentos” de que se valen para liquidar los Derechos del Magisterio.

¡QUE NO SE REPITA LA HISTORIA!

(TRAICION DE PATRIA ROJA A LA HUELGA DEL 2007 en contubernio con esquivel, garro, albujar y daniel robles - LOS OPORTUNISTAS Y TRAIDORES DEL MOVADEF.)

¡DEFENDER LA ESCUELA PUBLICA, DERECHO DE LOS HIJOS DEL PUEBLO!

¡DEFENDER LA VIGENCIA IRRESTRICTA DE LA LEY DEL  PROFESORADO!

¡ARCHIVAMIENTO DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Nº1388-2012-PE!

¡EVALUACION DEL DESEMPEÑO LABORAL: SI; PERO EN EL MARCO DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029!

¡ABAJO LA RECONVERSION LABORAL=PROPOSITIVO!
(PASAR DE MAESTROS A PERSONAL ADMINISTRATIVO O DE SERVICIO, PROPUESTA DE LOS USURPADORES DEL CEN DEL SUTEP)


¡VIVA LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA!

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