¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

11 septiembre 2016

Amplían a 30 horas la jornada laboral de profesores de secundaria (Hugo Diaz)


La Ley de Reforma Magisterial dispuso una progresiva elevación de la jornada laboral e los profesores de educación secundaria con el objeto de nivelar sus remuneraciones a lo que percibe sus similares en la educación inicial y primaria.

En el transcurso de los años recientes, se han venido expidiendo normas que permitieron ampliar la jornada de 24 a 26, luego a 28 horas y ahora, mediante Oficio Múltiple Nº 064-2016-MINEDU/VMGP-DIGDDO-DITEN, del 4 de agosto del 2016, hasta 30 horas.

La extensión de la jornada laboral hasta 30 horas será vigente a partir del año escolar 2017 y tendrá como referentes para su establecimiento la distribución siguiente: 26 horas para el desarrollo de sesiones de aprendizaje (dictado de clases de 24 a 26 horas), dos horas para el reforzamiento y nivelación de los aprendizajes y dos horas para las actividades para la atención a padres de familia y otras actividades determinadas por el Director.

Adicionalmente, la Dirección de Educación Secundaria ha establecido los siguientes criterios de distribución:

El informe No 326-2016-MINEDU/VMGP/DIGEBR-CP, sugiere reestructurar para el presente año 2016 las actividades que realizará el docente en las horas de permanencia en la institución educativa de acuerdo al siguiente detalle:

• Dos (2) horas para tareas de diseño, programación, implementación, ejecución y evaluación de actividades de reforzamiento, nivelación y recuperación de los aprendizajes de los estudiantes que van quedando rezagados en el desempeño de sus competencias y capacidades en el marco del principio de equidad educativa. La jornada laboral de estas dos horas se realizará durante el horario escolar.

• Dos horas para brindar atención a la familia del estudiante, concertando para ello entrevistas que permitan recoger información relevante, así como ofrecer orientaciones a dichas familias a fin de que ellos contribuyan en la mejora de los aprendizajes de sus hijos, y pautas de su intervención.

• Dos horas para las siguientes actividades, determinadas por el Director, en función a las demandas específicas de la IIEE; entre ellas,:

» Elaborar los instrumentos de gestión pedagógica para implementar el Currículo Nacional el año 2017 (proyecto curricular institucional y programaciones curriculares) en reuniones colegiadas.

» Realizar asesoría personalizada a los estudiantes en el área de su competencia.

» Apoyar al equipo directivo en el monitoreo y acompañamiento a sus pares en el aula.

» Participar en procesos de planificación, organización, ejecución y evaluación de actividades institucionales que fortalezcan y consoliden las relaciones entre la IE y la comunidad.

» Realizar investigación diagnostica de la realidad de los estudiantes a nivel cognitivo, emocional y social.

Corresponde a las DRE y UGEL organizar la información correspondiente para llevar adelante esta norma.


http://www.educacionenred.pe/noticia/?portada=104039



No hay comentarios:

DATA WEB DE EDUMEDIA TECNOLOGIA EDUCATIVA