TC
EMITE PRIMER PRONUNCIAMIENTO SOBRE LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
El Tribunal
Constitucional (TC) concluyó, mediante sentencia recaída en el Expediente 00019-2012-PI/TC, que no era necesario que
el postulante a la Carrera Pública Magisterial esté colegiado, rechazando de
esta manera la demanda interpuesta por el Colegio de Profesores del Perú; con
lo cual se confirma, por consiguiente, la constitucionalidad del artículo 18 de la Ley 28444, de Reforma Magisterial.
El TC precisó que el
artículo 20 de la Constitución, lejos de establecer la colegiación obligatoria
como un requisito absoluto, delega al legislador la facultad de establecer
cuándo aquélla será exigible. Entonces, es válido que se haya determinado que
la colegiación obligatoria constituya requisito obligatorio para permanecer en
la Carrera Pública Magisterial, pero no para postular o integrarse a la misma.
Lima, 24 de enero de
2014fuente: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
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