Si no se recuperan las plazas, no se recupera la plaza, advirtió el 10 de septiembre de 2012 Claudio X. González, secretario de Educación sin cartera, al entonces presidente electo Enrique Peña Nieto. Su recomendación sintetiza el objetivo central de la ley del servicio profesional (LSPD) recientemente aprobada: quitarle a los maestros sus plazas.
La nueva norma pretende cambiar el modelo de
control del magisterio nacional, de uno basado en dirigentes sindicales
corruptos estilo Esther Esther Gordillo a otro sustentado en la
inseguridad y la precariedad laboral y el fin de la bilateralidad. Donde
antes había corporativismo gremial, ahora habrá una combinación de
fuerzas del mercado, desregulación laboral y autoritarismo de
funcionarios educativos.
Esta modificación no busca prescindir de
los liderazgos sindicales corruptos. Menos aún, permitir la
democratización del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.
Pretende que los líderes gremiales tengan menos poder, sean más serviles
a la autoridad y que los maestros le teman a ésta.
El nuevo
modelo de control tiene como objetivo facilitar y permitir la
discrecionalidad en la contratación y el despido de los maestros;
reducir al mínimo la estabilidad laboral y sus conquistas gremiales;
limitar su autonomía en el proceso de enseñanza; imponerle
responsabilidades desmedidas; desalentar su organización y resistencia;
acabar con el normalismo, y abrirle paso a las escuelas chárter o de
concertación (instituciones escolares administradas por la iniciativa
privada con dinero público).
La nueva legislación hace retroceder
más de 50 años la rueda de los derechos laborales en el país. A partir
de ahora, según el transitorio segundo de la LSPD, los maestros deben
olvidarse de sus conquistas gremiales. Sin el menor respeto al artículo
14 constitucional, que señala que ninguna ley es retroactiva en
perjuicio de persona alguna, barre de un plumazo con los derechos
adquiridos en más de cinco décadas de luchas.
A esta operación de
despojo de sus derechos se le ha disfrazado de acción en su defensa.
Las relaciones de trabajo del magisterio –se dice en el texto– se
regirán por la legislación laboral aplicable, salvo en lo dispuesto en
esta ley. ¿Y qué dispone la ley?: derogar los derechos adquiridos que se
le oponen.
Los problemas que la ley tiene son muchos. Por
principio de cuentas, las autoridades educativas encargadas de evaluar
la calidad de los maestros carecen de la calidad para hacerlo. Esas
autoridades no son especialistas educativos ni pedagogos ni maestros.
Son, en la mayoría de los casos, funcionarios ligados a la burocracia
federal que administra la Secretaría de Educación Pública y a los
gobernadores en los estados. Ellos no son evaluados; rinden cuentas a
sus jefes. ¿Podrán garantizar que la educación mejore? Evidentemente no.
La
nueva ley pone sobre los hombros de los maestros de banquillo
obligaciones desmedidas en la enseñanza que no son, en realidad,
competencia suya. Los define como el profesional responsable del
proceso de enseñanza aprendizaje, promotor, coordinador, facilitador, investigador y agente directo del proceso educativo. Con ello, los hace responsables de las deficiencias educativas y los sujeta a ser evaluados en áreas en las que no se desempeñan, con la amenaza de ser sancionados.
La nueva normatividad manipula tres
conceptos centrales del derecho para precarizar las condiciones de
estabilidad en el empleo, una conquista legal que implica asegurar y
proteger la permanencia y continuidad del vínculo laboral. Estos
conceptos son: permanencia en el servicio, inamovilidad y causales de
despido.
Si en su acepción original permanencia quiere decir
continuidad no interrumpida de las relaciones laborales, la LSPD amplía
el significado del término hasta desvirtuarlo, estableciendo que se
trata, tan sólo, del tiempo que el docente dura en su empleo.
Este
engaño lingüístico implica la práctica desaparición de la inamovilidad
laboral, es decir, que un maestro va a poder ser despedido por razones
distintas a las que la ley burocrática establece como causa justificada.
De manera tramposa, la nueva norma garantiza la permanencia definitiva
en el servicio público siempre y cuando el maestro se sujete a los
procesos de evaluación y a programas de capacitación. Reconoce un
nombramiento
definitivopero permanentemente condicionado.
Adicionalmente,
amplía los motivos para despedir a los maestros, y crea causas
genéricas para justificarlo, contrarias a las establecidas en la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Establece un
procedimiento autoritario que permite la separación del docente sin
derecho a audiencia previa.
El principio de bilateralidad, esto
es, de la negociación conjunta de las condiciones de trabajo entre la
autoridad, los maestros y su organización gremial, se desvanece. Ahora
es la autoridad la que, de manera unilateral, fija las reglas del juego,
sin que los maestros y su sindicato puedan defenderse.
A
contracorriente de la tendencia mundial a la descentralización
administrativa y de la federalización educativa en nuestro país, la LSPD
nos regresa al centralismo más retrógrado. La nueva legislación
autoriza al Ejecutivo a pasar por encima de la soberanía de los estados
para imponer lineamientos en el terreno de la enseñanza.
A pesar
de que fue votada en nombre de la calidad de la educación, la nueva
norma tendrá graves repercusiones en ella. Inevitablemente la
deteriorará. Para mejorar el sistema educativo se requiere, entre otras
medidas, de profesionalizar al magisterio. Y esto se logra dándole
certidumbre, seguridad en el empleo, no reduciendo su estabilidad
laboral, facilitando el despido y evaluándolo punitivamente.
El
gobierno de Enrique Peña Nieto y los empresarios tienen su ley. A cambio
van a perder la tranquilidad. Al aprobarla burlándose de los profesores
abrieron una caja de Pandora. Es cierto, despojaron a los maestros de
sus plazas, pero no podrán ganar la plaza.
Twitter: @lhan55
No hay comentarios:
Publicar un comentario