¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

01 noviembre 2012

Ley de Reforma Magisterial: Comision de Educacion del Congreso de la República aprueba los despidos masivos en Educación


La Comisión de Educación, que preside el congresista Daniel Mora Zevallos (GPPP), aprobó el miércoles 31 los capítulos IX y X del proyecto de Ley de Reforma Magisterial, , referido a la sanciones y reingreso a la Carrera Pública Magisterial.
Después de un amplio debate y con los aportes de los congresistas se aprobó los artículos 43, 45, 46 y 48 del capítulo IX, así como los artículos 53 y 54 del capítulo X.
Según lo aprobado, los profesores que transgredan los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, incurren en responsabilidad administrativa y son pasibles de sanciones, entre ellas la amonestación, suspensión, cese temporal y destitución.
Se recomienda el retiro de la Carrera Pública Magisterial de los profesores que son destituidos, y por no haber aprobado en dos ocasiones la evaluación de desempeño laboral. También serán cesados los profesores con incapacidad permanente y por límite de edad, entre otros.
Se precisa que el profesor que renuncia puede solicitar su reingreso a la Carrera Pública Magisterial y que en caso de ser aceptada su solicitud será en la misma escala que tenía al momento de su retiro.
Asimismo, se precisa que el profesor destituido no puede reingresar a las instancias de gestión educativa descentralizadas y que el docente que desaprobó las evaluaciones de desempeño laboral está impedido de reingresar al servicio público docente.
Intervinieron en el debate los congresistas Alberto Beingolea (APGC), Yonhy Lescano (AP-FA), Sergio Tejada (NGP), Jesús Hurtado (GPF) y Cristóbal Llatas (NGP), entre otros.
El presidente de la Comisión de Educación informó que el próximo lunes se presentará la ministra de Educación, Patricia Salas, así como el titular de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, quienes deberán dar algunos alcances sobre Ley de Reforma Magisterial.
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