¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

16 abril 2009

SUELDOS MILLONARIOS PARA LOS MAESTROS: LA GRAN ESTAFA

El supuesto “aumento por meritocracia”, tiene como base el 1º Nivel magisterial, cuyo promedio es S/.1000 nuevos soles; el ministro no lo hace referencia, calla en todos los idiomas esta remuneración base y no sabemos de dónde saca “2 mil 73”.

La ley 29062 en su Artículo 45 señala:“Artículo 45º.- Remuneración por Niveles MagisterialesLa remuneración del profesor es fijada, a escala única nacional, para cada Nivel Magisterial conforme a los índices siguientes:

“a. La remuneración del profesor del II Nivel Magisterial es quince por ciento (15%) mayor que la remuneración fijada para el profesor del I Nivel Magisterial”.

Es decir: S/.1000+15% = 1150 es todo durante 5 años, y el ministro antojadizamente dice 2 mil 372.Ahora bien, lo que no dice el ministro que al II Nivel Magisterial tendrán acceso según el Artículo 26 de la Ley 29062, sólo el 30%, de los maestros que están en el I Nivel.

“b. La remuneración del profesor del III Nivel Magisterial es treinta por ciento (30%) mayor que la remuneración fijada para el profesor del I Nivel Magisterial”. Es decir: S/.1000+30% = 1300 es todo durante 6 años, y el ministro dice “2 mil 671”

A este nivel sólo tendrán acceso el 15% de los maestros del II Nivel. Casi nadie.

“c. La remuneración del profesor del IV Nivel Magisterial es cincuenta por ciento (50%) mayor que la remuneración fijada para el profesor del I Nivel Magisterial”. Es decir: S/.1000+50% = 1500, es todo durante 6 años, y el ministro dice “3 mil 70” A este nivel sólo tendrán acceso el 10%, la mínima cantidad.

d. La remuneración del profesor del V Nivel Magisterial es cien por ciento (100%) mayor que la remuneración fijada para el profesor del I Nivel Magisterial.

Es decir: S/.1000+100% = 2000, es todo hasta la jubilación.

A este nivel sólo tendrán acceso el 5% de maestros.

Prácticamente lo ínfimo.

El ministro aseguró que todo está totalmente financiado y que la semana que viene se dará a conocer la convocatoria para la incorporación de los 20 mil maestros.

“Todos los profesores nombrados con la antigua Ley del Profesorado (24029), modificada por la Ley 25212, podrán postular para ser considerados dentro de la CPM. Los requisitos principales son: tener título, colegiatura y no haber sido condenado por delito doloso.

La primera etapa del proceso consistirá en una prueba nacional escrita de clasificación (7 de junio). La nota mínima aprobatoria será 14.

Aquellos que pasen la prueba entrarán a una segunda etapa de la evaluación, que se prolongará hasta octubre y que tomará en cuenta formación, méritos, experiencia, desempeño e idoneidad profesional. La evaluación estará a cargo de expertos del ministerio y de instituciones privadas de alto prestigio académico”.

Lo que el ministro calla también en todos los idiomas que, los maestros que se incorporen a la nueva Ley 29062, perderán su estabilidad laboral, según el Artículo 29. Los maestros tienen una gran responsabilidad por estas irresponsabilidades e inexactitudes antojadizas de todo un Ministro de Educación. Justo, si no me equivoco, cuando los maestros están preparando una Huelga General Indefinida a partir de Junio de este año 2009.


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