Una Rebelión por amor
Se dice que el Capitán Ollanta (u Ollantay) fue el primer insubordinado conocido en el Perú. Ollanta estaba enamorado de Cusi-Coyllur, hija del Inca Pachacútec. Ollanta pidió la mano de la princesa al Emperador, pero éste se la niega, entonces el novio se subleva y se encierra en una fortaleza.
La princesa da a luz a una niña -hija de Ollanta- y el Inca Pachacútec muere de indignación y de vergüenza. El príncipe heredero se venga sitiando a Ollanta y encerrando a su hermana en una cárcel.Cuando por fin, al cabo de muchos años logra el príncipe que se rinda Ollanta y se dispone a darle muerte, Hima-Súmac, hija del capitan y de la princesa, intercede por él y es perdonado, del mismo modo consigue la libertad de su madre.
Esta rebelión "por amor" naturalemnte, es un hecho ficticio surgido de la mente de un literato anómino. Como veremos a continuación, las rebeliones verdaderas en el Perú, siempre han tenido un único objetivo: el poder.
Para tener Presente
"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas
¿REFORMA EDUCATIVA?
¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.
Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?
ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza
03 julio 2008
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