El triunfo del pueblo amazónico respecto de los Decretos Legislativos 1090 y 1064, así como el inicio de un diálogo con sus personeros emplumados deben alegrarnos. Pero hay amenazas latentes.
El primer obstáculo es la afirmación oficial de que la derogación de los decretos busca abrir la posibilidad de explicar lo buenos que son aquellos. No hay propósito de enmienda.
No es sólo una decisión política. Hay compromisos y vendimias ya pactados. Lo confesó el viernes 12 la ministra de Comercio Exterior, Mercedes Aráoz, en Canal 2, al declarar que los decretos debían mantenerse a fin de proteger las concesiones que ya se han entregado.
Esa ministra es muy especial. Ha dicho que ha explicado al sector agrario todos los aspectos de los decretos impugnados. Eso no ha ocurrido nunca.
Todo indica que, en realidad, ningún ministro está en condiciones de persuadir sobre las bondades de esas medidas. La causa es que éstas han sido elaboradas por consultores externos y “lobbistas” de intereses privados, sobre todo extranjeros. Ellos son los únicos que podrían explicar minuciosamente la razón de la sinrazón.
La ofensiva contra los comuneros se anunció en los artículos de García titulados “El síndrome del perro del hortelano”. Recordemos que apenas iniciada la serie denunciamos en esta columna que el ataque se dirigía no sólo contra las comunidades de sierra y costa, sino también las de la selva.
Es bueno recordarlo, porque la amenaza sigue pesando sobre todas las comunidades.
Los decretos impugnados son inconstitucionales precisamente por su carácter anticomunero integral.
Téngase presente que las comunidades campesinas son 5,818 en total (de ellas, 1,251 son de Puno; 886 de Cusco y 577 en Ayacucho).
Las comunidades nativas (de la Amazonía) suman 1,345 (537 en Loreto, 174 en Junín y 115 en Pasco).
A las tierras comunales les puso el ojo García en su texto perruno del 28 de octubre del 2007 en El Comercio:
“Esa misma tierra vendida en grandes lotes traería tecnología de la que se beneficiaría también el comunero”.
Los Decretos Legislativos son la crónica de esa expropiación anunciada.
Esa política es, aparte de inconstitucional, violatoria del derecho internacional. Atenta no sólo contra el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), vigente en el Perú desde el 2 de febrero de 1995.
Tan grave como eso es la negación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos Indígenas.
El artículo 18 de ese texto indica que “los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten sus derechos”.
Esa Declaración fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 13 de setiembre del 2007 por 143 países. ¡Con el voto del Perú!
César Lévano
cesar.levano@diariolaprimeraperu.com
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