La Defensoría del Pueblo y la ONG Asociación por la Vida y
la Dignidad Humana (Aporvidha) les dieron una salida a los jóvenes en
edad de servir y que sean elegidos en el sorteo del 19 de junio. Que
interpongan una acción de amparo o un hábeas corpus. Con ambas medidas
ante el Poder Judicial evitarán su ingreso obligado al Ejército, según
ambas organizaciones.
Se recomienda
presentar una acción de amparo, será más eficaz. porque que una acción
de ese tipo llegará hasta el Tribunal Constitucional, entidad que
aclarará si la norma es discriminatoria o inconstitucional. “Aquel joven
que no tenga dinero para pagar la multa de S/. 1,800 y así evitar el
servicio puede presentar su amparo y así hacer respetar su derecho al
trato igualitario. Procederá ante lo discriminatorio del reglamento del
servicio militar obligatorio”.
Entonces, el defensor del Pueblo, Eduardo Vega, en su competencia,
presentó el viernes 14 de junio ante el Poder Judicial dos documentos:
una acción de amparo y una medida cautelar a fin de detener el sorteo.
La acción de amparo se presentó ante la amenaza de vulneración de los
derechos constitucionales, sosteniéndose en el artículo 200.2 de la
Constitución Política.
Según el constitucionalista Roberto Pereyra, el proceso de amparo tiene por finalidad declarar este sorteo inconstitucional e impedir que se produzca, pero como este proceso demorará más de la cuenta se ha interpuesto una medida cautelar, que –afirma–es “un adelantamiento a la decisión de fondo”, que agilizaría e impediría que se realice el llamamiento obligatorio.
“Ojalá el Poder Judicial pueda ser sensible al problema que significa este llamamiento extraordinario y responda favorablemente a la medida cautelar, antes del miércoles.
¿Será posible que el PJ deje sin efecto el sorteo y ordene su suspensión? Pereyra indica que los plazos legales son muy cortos en este caso y durará a lo mucho tres días, es decir, es posible que se cancele el sorteo. "Dado la urgencia, esperemos que se haga dentro de los plazos establecidos".
Pero ¿qué sucederá en caso contrario? El experto afirma que habrá que esperar el asunto de fondo (la Acción de Amparo). Aunque también señala que los afectados, al ser llamados, podrán presentar una demanda de amparo o un hábeas corpus, pues se le estaría obligando a realizar el servicio.
Es inconstitucional
Según la Constitución: "Toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional, de conformidad a la ley". Al respecto, la Ley del Servicio Militar establece claramente "el carácter voluntario del servicio militar, y a la vez, prohíbe el reclutamiento forzoso como procedimiento de captación de personal".
Según el recurso remitido al PJ, el sorteo público constituye una restricción irrazonable al libre desarrollo de las personas, pues obligará a los jóvenes a ser recluidos en el Ejército. También indica que es discriminatorio, ya que afecta solo a un determinado sector (pobre) de la población. Además, establece la "muerte civil" de las personas que no puedan cancelar las multas.
La acción de amparo resalta también que la suspensión del sorteo no afectará a las Fuerzas Armadas, pues precisa que dicho proceso –para cubrir déficit de vacantes– solo se justifica para casos en los que se encuentre en riesgo la defensa nacional o el normal funcionamiento del Ejército.
Según el constitucionalista Roberto Pereyra, el proceso de amparo tiene por finalidad declarar este sorteo inconstitucional e impedir que se produzca, pero como este proceso demorará más de la cuenta se ha interpuesto una medida cautelar, que –afirma–es “un adelantamiento a la decisión de fondo”, que agilizaría e impediría que se realice el llamamiento obligatorio.
“Ojalá el Poder Judicial pueda ser sensible al problema que significa este llamamiento extraordinario y responda favorablemente a la medida cautelar, antes del miércoles.
¿Será posible que el PJ deje sin efecto el sorteo y ordene su suspensión? Pereyra indica que los plazos legales son muy cortos en este caso y durará a lo mucho tres días, es decir, es posible que se cancele el sorteo. "Dado la urgencia, esperemos que se haga dentro de los plazos establecidos".
Pero ¿qué sucederá en caso contrario? El experto afirma que habrá que esperar el asunto de fondo (la Acción de Amparo). Aunque también señala que los afectados, al ser llamados, podrán presentar una demanda de amparo o un hábeas corpus, pues se le estaría obligando a realizar el servicio.
Es inconstitucional
Según la Constitución: "Toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional, de conformidad a la ley". Al respecto, la Ley del Servicio Militar establece claramente "el carácter voluntario del servicio militar, y a la vez, prohíbe el reclutamiento forzoso como procedimiento de captación de personal".
Según el recurso remitido al PJ, el sorteo público constituye una restricción irrazonable al libre desarrollo de las personas, pues obligará a los jóvenes a ser recluidos en el Ejército. También indica que es discriminatorio, ya que afecta solo a un determinado sector (pobre) de la población. Además, establece la "muerte civil" de las personas que no puedan cancelar las multas.
La acción de amparo resalta también que la suspensión del sorteo no afectará a las Fuerzas Armadas, pues precisa que dicho proceso –para cubrir déficit de vacantes– solo se justifica para casos en los que se encuentre en riesgo la defensa nacional o el normal funcionamiento del Ejército.
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