¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

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09 julio 2011

Maestros de la Ley 29062 CPM no tendrán vacaciones de medio año

Maestros de la Ley 29062 CPM no tendrán vacaciones de medio año



Periodo Vacacional de los Profesores de la Carrera Pública Magisterial, será de solo 60 días anuales a partir del día siguiente en el que finaliza el año escolar.

PARA AMPLIAR CLIC EN FULLSCREEN EN LA ESQUINA INFERIOR DERECHA








13 noviembre 2009

Tribunal Constitucional elimina presunción de inocencia a maestros‏

Tribunal Constitucional elimina presunción de inocencia a maestros‏

Perú hará papelón internacional por sentencia del Tribunal Constitucional que suprime la presunción de inocencia para maestros que postulan a Carrera Pública de Ley 29062. Magistrados fueron mas allá de lo que el propio congreso argumentó. Dr. Calle Hayen fue el único que salvo honor de dicho Tribunal.

De grave para el Estado de Derecho calificó la supresión de la presunción de inocencia para los maestros que postulan a la carrera pública magisterial afirmó el Coordinador Nacional del Movimiento Magisterial Germán Caro Ríos, Mauricio Quiroz T.

Este derecho constitucional fue violentado en los incisos d) y e) del art. 11º de la ley Nº 29062 de seudo carrera pública magisterial pues el gobierno del Dr. Alan García con la complicidad de la mayoría parlamentaria aprofujimoristapepecistasolidarista y transfugista impiden legislativamente la postulación de maestros que hayan sido sentenciados por delito doloso o que estén incursos en procesos penales delitos dolosos.


Los maestros recurrimos al Tribunal Constitucional en la creencia de que este Tribunal iba a respetar los principios mínimos que rigen al derecho burgués pero vemos que el corporativismo legicista se ha impuesto y ahora hay una espada de Damocles para cualquier persona que postule a un empleo público pues si ahora lo han hecho para los profesores mañana lo harán contra cualquier candidato a alcalde, congresista, gobierno regional, parlamento, etc.


Los maestros vemos peligroso este fallo pues ahora también, con la criminalización de las protestas populares no será raro que se sentencie a profesores que asumen la defensa de los derechos del pueblo y se les impida acceder a una plaza magisterial; lo mismo sucederá con quienes asumen defensa de los derechos universitarios y que luego serán futuros profesionales a quienes la cacería judicial les llega rápidamente y les impedirá acceder al magisterio.


Y es que, afirmó Quiroz, en su reciente Resolución sobre el Expediente 0005-2008-PI/TC, el Tribunal Constitucional de un solo plumazo anula peligrosamente la presunción de inocencia bajo el malicioso argumento que “no puede ser considerado como absoluto…tiene un carácter relativo”(Fundamento 82) y que “las medidas restrictivas quedan justificadas si las mismas resultan razonables y proporcionales al fin que se busca lograr o proteger” (Fund. 83)y que “el legislador se encuentra facultado para establecer los requisitos que considere convenientes para el acceso al ejercicio de una función pública…


Prevaricadoramente, el TC indica que el fin es lograr “la eficiencia plena en la prestación del servicio público esencial y especial de la educación” y “garantizar la plena vigencia del derecho a la educación”(Fund. 93).


Pero este no ha sido el argumento de los propios redactores de la Ley 29062- colonialista ley redactada bajo los auspicios del Banco Mundial- pues el Apoderado del Congreso de la República ha señalado que el fin es “proteger” a los niños y adolescentes de cualquier supuesto abuso sexual que cometan o hayan cometido los profesores. Y esto se pudo lograr colocando expresamente la prohibición de postulación de estos sujetos implicados en delitos sexuales contra alumnos o personas.

Con su sentencia, el Tribunal Constitucional abre paso a que en cualquier dependencia pública restrinja el acceso a postulación a cualquier persona que tenga proceso por delito doloso o que haya sido sentenciado por delito doloso.

El TC ha cometido un constitucionalicidio con dicha interpretación que inutiliza completamente el ordinal “e”, inciso 24 del art. 24º de la fujimontesinista Constitución de 1993: “Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad”.

Esto lo ha reconocido el propio Dr. Calle Hayen que ha objetado esta interpretación de la mayoría del TC (Ver Fundamentos 1º al 14º en el Voto singular), que ha salvado el poco honor que ha tenido el referido Tribunal, quienes por decoro deberían irse a sus casas.

El TC hará un papelón con esta sentencia en la Corte Interamericana de Justicia pues el Estado Peruano va a perder, aseveró Quiroz quien dijo que resulta correcto que los maestros del SUTEP-CONARE dirigidos por el Profesor Robert Huaynalaya vayan ante este Tribunal Internacional a impugnar esta aberrante sentencia.

11 octubre 2009

LCPM entredichos y contradicciones

Entrevista a Carlos Malpica


A propósito de su intervención en el Foro sobre Carrera Pública del Congreso de la República.




Alerta educativa.- El pasado 2 de octubre el Congreso de la República realizó el foro debate “Ley de la Carrera Pública Magisterial: evaluación y proyecto de modificación”, en la cual, Carlos Malpica, asociado de Foro Educativo y ex ministro de Educación participó.Bajo el nombre “La implementación de la nueva Carrera Pública Magisterial: problemas y propuestas” Malpica Faustor realizó un exhaustivo análisis de esta Ley, motivo por el cual conversamos con él.

1.- ¿Cuáles son los principales problemas de la Nueva Carrera Pública Magisterial?

Existen diversos problemas.


El primero es que la antigua Ley del Profesorado era un estatuto que en su interior normaba la Carrera Pública del Profesorado. En la Ley General de Educación se dice que la carrera debe ser objeto de una Ley específica y cuando se dio la Ley 29062 de la Carrera Pública Magisterial que solo debía modificar la carrera, resultó ser una modificatoria total, que crea un nuevo régimen laboral y que afecta los derechos laborales de los docentes.

La segunda observación es que esta Ley Carrera Pública Magisterial no deroga la Ley antigua sino establece un nuevo régimen y una nueva carrera, dejando vigente pero congelada en todos sus beneficios la antigua Ley. Tener dos carreras ha creado tensiones bastante fuertes y ha generado una división entre el magisterio antiguo y el nuevo.Por otro lado, el pasarse a la nueva Carrera Pública Magisterial se está realizando de una forma altamente centralizada, el Ministerio de Educación es quien ejecuta y realiza estos procesos, por lo tanto, no se está cumpliendo con lo que manda la Ley General de Educación, en la que indica que los procesos deben realizarse con participación de la comunidad educativa

2.- ¿Cuáles son las soluciones que usted propone respecto a estos problemas de la Nueva Carrera Pública Magisterial?

En este momento tenemos una Ley que tiene fallas de aplicación y que ha generado conflictos, en la cual, se ha estado dictando una serie de normas específicas y progresivas, que generan confusión, lo cual, ha dado lugar a protestas y marchas.

La primera propuesta que hago es que ese negocie de una manera participativa y descentralizada cómo resolver este problema en un diálogo entre el magisterio, Ministerio de Educación y la comunidad educativa, que permita que tanto las condiciones de empleo, solución de conflictos y los pactos sociales para reivindicar o revalorizar la carrera Magisterial se pueda integrar en un solo marco jurídico.

La segunda acción que propongo es que para integrar estos textos jurídicos y poner en funcionamiento una real meritocracia, se debe elaborar una nuevo marco jurídico, en el cual, el poder ejecutivo norme con las facultades que le brinde el poder legislativo y que se logre integrar todas observaciones.

La tercera medida que he propuesto es que se encuentre formulas de soluciones mucho más vinculantes y claras para la cuestión de la reforma educativa. Este ítem debería estar en el marco de la legislación del sistema presupuestario y en el marco económico plurianual para que se hagan las previsiones correspondientes y así evitar estar esperando cada año que novedades se presentan respecto al presupuesto.
Desarrollar la carrera docente es una tarea pendiente muy urgente que va a tomar muchos años, pero es la que constituye la espina dorsal de la lucha por la calidad de la educación.

Artículo relacionado:

http://alertaeducativa.blogspot.com/2009/10/articulos-de-asociados_4491.html

Fuente:

El Arte de Enseñar

DATA WEB DE EDUMEDIA TECNOLOGIA EDUCATIVA