RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0624-2013-ED
Lima, 23 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en
adelante la Ley, establece que el Ministerio de Educación es el órgano
de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y
articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del
Artículo 80 de la Ley consigna como función del Ministerio de Educación,
entre otras, definir las políticas sectoriales de personal, programas
de mejoramiento de personal directivo, docente y administrativo del
sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, a través del
Informe Nº 629-2013-MINEDU/SGOGA-UPER, la
Unidad de Personal del Ministerio de Educación sustenta la necesidad de
emitir una norma técnica que uniformice el procedimiento para la
elaboración y aprobación del cuadro de horas pedagógicas; garantice la
organización y distribución de las mismas; y asegure la presencia
permanente y oportuna del personal directivo, jerárquico y docente,
desde el primer día del año escolar; Que, el referido informe señala que
la presente norma técnica se constituye en un instrumento técnico de
carácter administrativo y pedagógico de las instituciones educativas del
nivel de educación secundaria de la educación básica regular y del
ciclo avanzado de la educación básica alternativa, a fi n de determinar
las horas efectivas de clase, el empleo de las horas de libre
disponibilidad y la carga docente del personal directivo, jerárquico y
docente, de acuerdo a las necesidades de aprendizaje de los estudiantes y
en concordancia al plan de estudios, al proyecto curricular
institucional y al número de secciones por grado.
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley
Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; el
Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignación de
Personal(CAP) del Ministerio de Educación; y en la Resolución
Ministerial Nº 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva
Nº023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada “Elaboración, Aprobación y
Tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el
Ministerio de Educación”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Normas para la
elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas
en las instituciones educativas públicas del nivel de educación
secundaria de la educación básica regular y del ciclo avanzado de la
educación básica alternativa”, la misma que como Anexo forma parte de la
presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación y a
las Unidades de Gestión Educativa Local, la difusión e implementación de
la Norma Técnica aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Derogar la Resolución Ministerial Nº0065-2013-ED, que
aprueba la Directiva Nº 004-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER, denominada
“Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas de Clase
en las Instituciones Educativas Públicas del Nivel de Educación
Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la
Educación Básica Alternativa en el Periodo Lectivo 2013”; así como las
demás normas que se opongan a la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de
la Educación publique la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en
el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el
Portal Institucional del Ministerio de Educación
(http://www.minedu.gob.pe/).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
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