¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

17 julio 2013

REPUBLIQUETA: ES LO QUE HAN CONVERTIDO A NUESTRO PAIS LOS GRUPOS ECONOMICOS Y LAS MAFIAS. POR ESO SE REPARTEN EL TC COMO BOTIN DE ASALTO

 TODO PARA LOS GRUPOS DE PODER, NADA PARA EL PUEBLO. 

QUE TAL DEMOCRACIA.

¿QUE HACER? ...

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TC ordena al gobierno dolarizar la deuda y los intereses del Bono Agrario

Lo hizo. Pese al pedido del Presidente de abstenerse, el presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, votó y fue decisivo para la sentencia.
Lo hizo. Pese al pedido del Presidente de abstenerse, el presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, votó y fue decisivo para la sentencia.
Sentencia establece plazos para cumplirse: 6 meses para reglamentar procedimiento, hasta 5 años para registrar a tenedores de bonos, 2 años para actualizar deuda con interés y hasta 8 años para ejecución del pago en varias modalidades.
César Romero y
Gabriel Mazzei
Con el doble voto decisorio del magistrado Óscar Urviola Hani, el Tribunal Constitucional definió que el Estado peruano debe pagar la deuda de los bonos agrarios, actualizada a su valor en dólares.
Además, establece que debe pagar un interés de acuerdo con la tasa de los bonos del Tesoro de EE.UU. La actualización de los bonos se hará al valor del dólar, en la época en que estos documentos se dejaron de pagar.
El veredicto se emitió a pocas horas de que el Pleno del Congreso vote la elección de seis nuevos integrantes del TC, pues de los actuales magistrados, cinco ya superaron el tiempo para el que fueron elegidos.
VOTO DECISORIO
La sentencia del TC se dio con los votos de Óscar Urviola Hani, Ernesto Álvarez Miranda y Gerardo Eto Cruz. Los magistrados Juan Vergará Gotelli, Fernando Calle Hayen y Carlos Mesía Ramírez, tuvieron votos discrepantes.
Sobre la deuda, Vergara sostuvo que ya había prescrito; Calle que no era posible actualizar las acreencias, y Mesía aceptaba la actualización, pero en soles y en base al Índice de Precios al Consumidor.
Esta votación, según el secretario relator del tribunal, Óscar Díaz Muñoz, generaba un empate 3 a 3, por lo que el voto del presidente de la institución, Óscar Urviola, era decisivo y adquiría doble valor.
Así, con voto decisorio, la ponencia de Urviola, Álvarez y Eto se convertía en sentencia.
Es de señalar, que en las últimas semanas, se había criticado que Urviola Hani haya trabajado, antes de acceder al TC, como ejecutivo legal del Banco de Crédito del Perú, institución que actualmente sería un importante tenedor de bonos agrarios.
LA SENTENCIA
Los magistrados del TC partieron de marzo del 2001, cuando una resolución de ese organismo ya había definido la obligación del Estado de pagar los Bonos Agrarios, entregados a los dueños de las tierras expropiadas por la reforma agraria en los años 70.
Ahora en ejecución de sentencia definían la forma en que se debería pagar esa deuda, sin afectar la caja fiscal. Es en ese contexto, que señalan que por un criterio de equidad consideran que el valor de los bonos en soles oro debe actualizarse al costo del dólar, al momento que estos recursos dejaron de atenderse, y pagarse con el interés que generan los bonos del Tesoro estadounidense.
A continuación, el TC otorga un plazo de seis meses al Ejecutivo para que establezca el procedimiento que se deberá seguir para registrar a las personas o entidades que poseen bonos agrarios en la actualidad, actualizar el valor de la deuda y definir su forma de pago.
OCHOS AÑOS PARA PAGAR
Luego, establece que habrá cinco años para registrar a todos los que en la actualidad tengan bonos, ya sea como beneficiarios originales, herederos, sucesores, adjudicatarios o cesionarios de cualquier tipo.
Al producirse el registro de los tenedores, dice el TC, el Estado tendrá dos años para actualizar el valor de cada uno de los bonos, los intereses que han generado y el monto total de la deuda a pagar.
Por último, define que el Ejecutivo tendrá hasta ocho años para pagar la deuda, que podría realizarse a través del canje por tierras del Estado de libre disponibilidad, emisión de nuevos bonos, dinero en efectivo o cualquier otra modalidad que pacten el Estado con los tenedores.
Es decir, establecen hasta cuatro plazos: 6 meses para el decreto supremo que reglamente, 5 años para registrar a los tenedores, 2 años para actualizar la deuda y 8 años para pagar.
Raúl Noblecilla, de la Asociación de Agricultores Expropiados por la Reforma Agraria, resalto que la sentencia rechazará la nueva valorización de las tierras afectadas.
En tanto, Reynaldo Trinidad, de Agronoticias, cuestionó que la deuda se actualice a dólares de los Estados Unidos, cuando la moneda nacional es soles, lo que considera favorecerá a los actuales tenedores.
NADA FIJO EN EL MONTO DE LA DEUDA
Especialistas en el tema del Bono Agrario, consideraron que, con la sentencia del TC, la deuda ascendería a unos US$ 4.500 millones. Pero no hay nada.
El Estado peruano emitió Bonos Agrarios por S/. 13. 285 millones, la moneda vigente en los años 70, que luego se devalúo y cambió a intis y después a nuevos soles.
Algunos bonos sí fueron pagados por el Estado. El 2004, una evaluación del MEF, definió que había unos  2.610 millones de soles oro, en bonos que están pendientes de pago, que ahora deberán actualizarse, más intereses.

FUENTE:
 http://www.larepublica.pe/17-07-2013/tc-ordena-al-gobierno-dolarizar-la-deuda-y-los-intereses-del-bono-agrario

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