¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

02 junio 2013

LA HISTORIA DEL SUTEP QUE NO DEBEMOS OLVIDAR.



 
Para justificar el paralelismo en algunos sectores y bases de Lima y el país, Patria Roja aduce que aquellas elecciones universales en las cuales no gana, son anti - estatutarias y contrarias a la "institucionalidad" que dicen ellos representar. Dicen que los conaristas han cambiado el lema sindical, incluso el nombre del SUTEP, por lo que no pertenecen a la llamada "institucionalidad" del sindicato.

Tales argumentos no corresponden a la verdad histórica. Para desmentirlos, nada más elocuente que la fuente documental que se anexa, proporcionado por un maestro asistente al evento fundacional de 1972.

En la fundación del SUTEP en el Cuzco (1972) participaron maestros de diferentes posiciones políticas e ideológicas. Habían apristas, acciopopulistas, izquierdistas de todas las tendencias, excepto los velasquistas que luego constituyeron el Sindicato de Educadores de la Revolución Peruana (SERP), sin mayor trascendencia.

La Mesa Directiva del Congreso Nacional de Unificación del Magisterio que se llevo a cabo los días 02 al 06 de julio de 1972 en el Cuzco estuvo presidida por el c. Julio Pedro Armacanqui Flores y el 1er. Comité Ejecutivo Nacional (CEN) electo del SUTEP (1972 - 1974) fue encabezado por el c.Horacio Zevallos Gámez, docente aprista proveniente de la IV Región (Arequipa). La conformación del CEN represento, sin duda, la diversidad regional, ideológica y política del magisterio de aquella época, expresión del Frente Único.

No debe llamar la atención que el maestro aprista Grover Pango Vildoso fuera miembro del 1er. CEN SUTEP y fuera electo en el cargo de Secretario de Cultura. Pango procedía de la IV Región Arequipa, al cual pertenecía Horacio Zevallos G. Sin duda, eran compañeros de partido. Años después, fue Ministro de Educación del 1er. Gobierno de Alan García y actualmente ocupa cargo en la administración estatal por encargo del APRA. Por su lado, Horacio Zevallos prefirió ser congresista hasta su desaparición a inicios de los 80.

El Estatuto fundacional del SUTEP aprobado en ese evento, entre otros aspectos, estableció:

LA DENOMINACION SINDICAL:
Art. 2: El SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES EN LA EDUCACION DEL PERU es la conjunción del pensamiento y la acción de los trabajadores en la educación..."

EL LEMA SINDICAL:
Art. 21: El SUTEP tendrá como lema: POR UNA LINEA SINDICAL CLASISTA.

EL PRINCIPIO UNIVERSAL DE LA LUCHA DE CLASES:
Art. 3: El SUTEP se basa en el Principio Universal de la lucha de clases que implica: a) Independencia y autodecisión (en lo programático); b) Centralismo Democrático (en lo organizativo); c) Alianza Obrero, Campesina e Intelectual (en lo nacional); d) Solidaridad con los trabajadores del mundo en la lucha anti - imperialista en lo internacional) y e) Autosostenimiento (en lo económico).

Art. 5: El sindicato clasista se basa en el PRINCIPIO DE LUCHA IRRECONCILIABLE DE LOS TRABAJADORES CON LA PATRONAL.

¿Qué explicación se tiene respecto a las modificaciones posteriores, como la denominación y el lema sindical.  Porqué se abandonaron los principios del sindicalismo clasista? ¿Qué intereses partidarios prevalecieron para que esto suceda? ¿Qué hechos tuvieron que ocurrir en el Perú, como en el ámbito internacional para que esta evolución deviniera en el inmovilismo, la concertación y el desmantelamiento de nuestro sindicato? ¿Y la responsabilidad política?
 
Mientras tanto, para acercarnos a la verdad histórica, leamos los documentos que se anexan en el presente archivo.


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