¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

28 mayo 2013

TC admitió a trámite dos demandas contra Ley de Reforma Magisterial

Segun el inciso 2 del art. 139 de la constitucion política "... ninguna autoridad puede avocarse a cusas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones."

Por consiguiente, la Ley 29944 esta judicializada en el TC por ser inconstitucional. Esto signfica que ningún fucionario puede aplicar la ley, mientras  el proceso no este culminado. Lo contrario es nulo e ineficaz, ademas de ilegal y pasible de ser denunciado  en la via penal por abuso de autoridad (art. 376 Cod. Penal).

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Las acciones de inconstitucionalidad fueron interpuestas por el decano del Colegio de Profesores del Perú y el 25% de número legal de congresistas


TC admitió a trámite dos demandas contra Ley de Reforma Magisterial El Tribunal Constitucional admitió a trámite dos demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra la Ley de Reforma Magisterial

Según informó el colegiado, una de ellas fue interpuesta por el decano del Colegio de Profesores del Perú, Manuel Eusebio Rodríguez, quien alega que la norma es contraria al artículo 3 de la Ley N° 28198.

Ese artículo señala que la colegiación es obligatoria para el ejercicio de la profesión.

La segunda demanda fue formulada por el 25% del número legal de congresistas, que están representados por el acciopopulista Yonhy Lescano.

Los parlamentarios indican que la Ley de Reforma Magisterial vulnera la Constitución.
 
fuente: Comunicado del colegiado del TC

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hasta donde se conoce las normas legales son proposiciones taxativas que no ameritan interpretación y si la ley 29944 tiene visos anticonstitucional y fue admitido así, entonces nada se puede hacer, es nulo todo concurso de directores, ceses, etc.

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