¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

07 junio 2010

Sueldo que un maestro debe ganar en la Ley del Profesorado


Sueldo que un maestro debe ganar en la Ley del Profesorado

Lo que un maestro debe ganar exigiendo el cumplimiento de la Ley del Profesorado y sin necesidad de incorporarse en la CPM.

¿CUÁNTO GANA ACTUALMENTE UN DOCENTE NOMBRADO Y CUÁNTO GANARA AL DARSE CUMPLIMIENTO DE LA LEY DEL PROFESORADO Nº 24029 Y SU MODIFICATORIA LEY Nº 25212?


* Maestría concluida S/. 120 y este beneficio se pierde en la nueva ley 29062.

** Solo el10% llegaría al IV nivel y el V nivel del total del magisterio nacional (Es decir Directores y Subdirectores). Lo que pretende el gobierno es que la mayoría esté entre el I al III nivel de su nueva ley 29062 reduciendo los derechos pedagógicos, laborales y económicos a la mitad.

Nota: los MONTOS ONEROSOS de los sueldos de la Ley 29062 CPM difundidos verbalmente por el Ministro de Educación y sus dependencias no están formalmente amparados por una norma legal sea Resolución Ministerial u otra, es decir es un engaño abierto para sorprender al magisterio nacional.

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