¡INAPLICABILIDAD DE LEY Nº29944 LEY DE REFORMA MAGISTERIAL; PAGO INMEDIATO DEL 30% POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION!

Para tener Presente

"Los Maestros, al ponernos al servicio del Estado, no hemos vendido nuestra conciencia ni hipotecado nuestras opiniones, ni hemos perdido nuestra ciudadanía. El hecho de recibir una suma mensual de dinero significa sólo el pago de nuestros servicios profesionales, pero no el pago de un silencio y de una conformidad que repugna. Quienes pretenden que el maestro debe "callar, obedecer y trabajar", están en un error, y cometen un insulto a la dignidad humana... ". José Antonio Encinas

¿REFORMA EDUCATIVA?

¿Reforma educativa para mejorar la calidad académica? Es posible esto sin atender el rezago educativo en materia de infraestructura en zonas marginales, con estudiantes mal alimentados y desnutridos, sin planes de estudio acorde a las necesidades de la población.

Evaluar a los maestros, ¿Quiénes, las instituciones corruptas del Estado? ¿La Ministra Bachiller que no sabe quien proclamó la independencia del Perú? ¿Los intelectuales “expertos” de la televisión? ¿Los periodistas mercenarios asalariados de la gran empresa?


ley de reforma magisterial y la destitucion por inasistencia y tardanza

11 diciembre 2007

ANALISIS DESCRIPTIVO DE LA LCPM 29062

SOBRE LA NEFASTA LEY DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL 29062

INTRODUCCIÓN

Todos sabemos que en nuestra patria con el falso criterio de “insertarnos a la modernidad”, “la excelencia y la competitividad”, se viene implementando como política de estado, por los gobiernos de turno, el plan largo de neoliberalismo y globalización, impuesto por la superpotencia hegemónica única (EEUU), el cual a impuesto a los gobiernos de turno el cumplimiento de tres tareas fundamentales:
1.- Reimpulso del capitalismo burocrático;
2.- La reestructuración del estado, y
3.- Prevenir y/o reprimir las luchas populares.
Esta última, por cuanto saben perfectamente, que la implementación del plan largo de neoliberalismo y globalización, traerá necesariamente desocupación, mas hambre y miseria, mayor pobreza y extrema pobreza y como consecuencia lógica la lucha del pueblo contra el alza del costo de vida, en defensa del derecho al trabajo y la estabilidad laboral, en defensa del derecho del pueblo a la Educación pública gratuita, en síntesis la lucha del pueblo por defender y ampliar los derechos que el plan neoliberal quiere conculcar, para allanar su camino de mayor opresión, explotación y concentración de la riqueza en pocas manos.

La educación y por ende la Carrera Pública Magisterial, no pueden estar al margen de esas tres tareas fundamentales, por ello los gobiernos de turno que se han venido sucediendo han dado leyes para hacer que la educación esté al servicio de este negro camino burocrático (neoliberalismo y globalización) en contra de los sagrados intereses del pueblo, ya que a través de la educación y los Trabajadores en la Educación pretenden hacer asentir al pueblo que la política de neoliberalismo es para el progreso y desarrollo, claro progreso y desarrollo de las clases explotadoras y desocupación, hambre, miseria, pobreza y extrema pobreza para el pueblo.

La Reestructuración del Estado o modernización del estado como dicen que el estado es muy grande “elefantiásico” y debe ser achicado, esto es que el estado debe abandonar su función social de educación, salud y seguridad social y hacerla recaer sobre los hombros del pueblo, privatizándola y aplicando la política de la flexibilización laboral, reemplazando la estabilidad laboral por el sistema de contratación y por ende de despido masivo.

Para cumplir con estos objetivos de privatizar la educación y despedir masivamente a los Trabajadores en la Educación han dado la Ley general de educación 28044 y sus normas complementarias: La Emergencia educativa para preparar la opinión pública y aplicar la privatización y el despido masivo; la Racionalización para cerrar aulas y centros educativos, generando excedentes, que ya es la aplicación de la privatización (CEGECOM) atentando contra la estabilidad laboral, luego el Colegio de Profesores, para generar profesores sumisos con sus normas de ética y deontología, atentando contra el derecho de libre asociación usándolo para privatizar y despedir masivamente, así mismo el SINEACE que es el instrumento para cerrar escuelas y despedir, así como las adopciones, la municipalización para permitir el ingreso del capital privado en la educación y por último la ley sobre la carrera pública magisterial para legalizar el despido masivo.

ANTECEDENTES

Con la instalación del Consejo Nacional de Educación el 8 de Abril del 2002, por Decreto Supremo N° 007-2002-ED, modificado por el DS 010-2002-ED, dicho sea de paso, los usurpadores del CEN del SUTEP son parte de él a través de César Barrera Bazán, se inicia la preparación de todo el engranaje legal de la política educativa en contra de los sagrados intereses del Magisterio, tan es así que ya en ese año van a preparar la ley marco de educación y los maestros de base la huelga para frenarla e impedir que se de, con la oposición de los usurpadores del CEN del SUTEP a la huelga con el cuento de que no habían condiciones, quienes a su vez, niegan en todos los idiomas que se estaba preparando la Ley marco, que con la traición a la VIII Huelga Nacional, allanan el camino a su promulgación, en Julio del 2003 como Ley 28044 , Ley General de Educación, Ley de la privatización de la educación ( Art, 4 y 84,) y el despido masivo (Art. 57, 14 y 15) que son la base de la Ley de Carrera Pública Magisterial.

Por otro lado, además de otras normas complementarias ya mencionadas, el 2003 a propuesta y financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), dentro del marco de la propuesta del Banco Mundial: “Un nuevo Contrato Social para el Perú”, “¿Cómo lograr un país mas educado, saludable y solidario?” se especifica claramente la necesidad de la rendición de cuentas y la evaluación para el despido masivo y la privatización, en su página 137 manifiesta: “Una herramienta importante de la rendición de cuentas será animar a los docentes menos motivados y menos capaces a que dejen la profesión (o incluso encontrar formas de despedirlos)... Por último , debería también llevarse a cabo una experimentación más sistemática y evaluada de la tercerización de la educación para los pobres...” mas claro que el agua, ahí están expuestos sus negros objetivos y la esencia de la LCPM.

En aplicación de ello, para cumplir con la flexibilización laboral y despido masivo se prepara la propuesta de nueva Ley de Carrera Pública Magisterial, publicando el Ministerio de Educación, en Abril del 2004 el documento “propuesta Nueva Docencia en el Perú, resumen ejecutivo”, en el que claramente especifican en su página 3 “que contó con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo. Es el resultado de un trabajo realizado por especialistas nacionales e internacionales, en diálogo con docentes peruanos.” (léase Usurpadores del CEN del SUTEP), concordante con lo planteado en el último párrafo de la página 52 que a la letra dice: “La intención y concreción de contar con representantes y asesores del SUTEP en distintas fases de esta trabajo logró diálogos e intercambios que afinaron y reafirmaron los resultados obtenidos.”

A eso agréguese que en noviembre del mismo año, en abierta apología, la Derrama Magisterial, lo publica con el nombre de Carrera Pública Magisterial, destacando la eliminación de la estabilidad laboral a través de las evaluaciones, afirmando en la página 13: “Si la evaluación servirá para mejorar la labor docente,....¿debería permanecer en servicio quien ha sido desaprobado más de tres veces consecutivas?”, “¿Debe garantizarse la estabilidad laboral como un derecho docente inamovible,...?”, y “Ventajas y/o desventajas de la evaluación para la recertificación. ¿Cada cuanto tiempo debe hacerse?”, el pez muere por su propia boca, con ello se demuestra una abierta colusión entre los gobiernos de turno y los usurpadores del CEN del SUTEP y por que se han opuesto y traicionado las luchas del magisterio en defensa de sus sagrados derechos, en especial la huelga del 18 de Junio.

En el gobierno de Toledo el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley de Carrera Pública Magisterial que fue alcanzado al Congreso para su debate, que no pudo ser aprobado por la resistencia y lucha del magisterio y pueblo en general, luego de ello se presentaron propuestas y contrapropuestas en el seno de este congreso aprista, cuya esencia eran las mismas, con algunos matices, documentos estos que ya han sido analizados y llamamos a revisarlos para que puedan ver con claridad que siguen una sólo línea de privatizar y despedir.

Debe quedar claro, que los Maestros del Perú, siendo los protagonistas en el proceso educativo, jamás hemos pedido menos exigido esta Ley 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial.

Esta Ley que el gobierno ha abortado, de ninguna manera sirve a los intereses de los Maestros, al arrebatarnos los derechos que se conquistaron con lucha y que fueron establecidos en la Ley del Profesorado 24029 y su Modificatoria Nº 25212; sino es un instrumento para despedir a los Maestros y serviría para profundizar la privatización de la Educación Pública, la flexibilización laboral sirve a la privatización de la educación pública. Queda claro entonces que para cumplir con estos dos objetivos neoliberales, el Estado y gobierno de turno, ha dado la Ley 29062, mal llamada de Carrera Pública Magisterial, pretendiendo usarlo como instrumento para profundizar la privatización de la educación pública, que ahora ya no lo consideran como un derecho fundamental del pueblo, sino como “servicio” (Art.4 Ley 28044), y a los Maestros como profesional que “presta un servicio público esencial” (Art.3) convirtiendo la educación y los docentes en simple mercancía, despidiendo y/o sometiéndonos a un régimen de contratos temporales, renovables cada 3 años ( Art. 28, inc.”a”) y al decir esencial nos arrebatan los derechos a la libertad de pensamiento, expresión y principalmente el derecho a huelga, esto es mercancías sin derechos, para el negocio y lucro de las empresas privadas;.

EN MEDIO DE LUCHA SE ABORTÓ LA NEFASTA LEY 29062

El Estado a través de los gobiernos de turno, serviles del imperialismo, en aplicación de su plan largo de neoliberalismo y globalización, están empeñados en liquidar el derecho del pueblo a la educación gratuita en todos sus niveles, barriendo el derecho al trabajo y la estabilidad laboral en todos los sectores a través de la Ley Marco del Empleado Público y el de los Maestros con la Ley 29062, implementando así, la privatista y antilaboral Ley de educación 28044, con las cuales esta cambiando la legislación actual, adaptándolas a la golpista y neoliberal Constitución del 93.

Para este fin, el gobierno aprista ha hecho lo imposible para pretender imponer su ley de CPM que ha sido dictada por la banca mundial, procesada por el “acuerdo nacional” y “pactos recíprocos” de los partidos de derecha y los usurpadores del CEN, no sólo a espaldas y sin participación del Magisterio Nacional, sino en medio de la protesta activa con la Huelga Nacional del 18 de Junio. La “propuesta sugerida” por el MED, canalizada y aprobada sin debate alguno y sin respeto a sus normas procesales en la Comisión Nacional de Educación y en el mismo Congreso, fue “aprobada” a caballazo, pisoteando y al margen de su propio ordenamiento jurídico y sólo por consigna política por “4 voceros de los partidos políticos” , para que en el acto García Pérez, lo promulgue o aborte como una moribunda norma, el 11 de Julio del 2007.

Con las grandes luchas del Magisterio Nacional, entre ellas la exitosa Huelga Nacional del 18 de junio 2007, se ha puesto en evidencia la esencia del paquete de leyes privatizadoras y antilaborales, fundamentalmente la Ley General de Educación 28044 y sus normas complementarias, con lo que el gobierno cumple a pie juntillas las órdenes del imperialismo norteamericano.. Se ha desenmascarado la privatizadora “Municipalización de la Educación”, que bajo la mascareta de “transferencia de la gestión”, la “Adopción de las escuelas” apuntan a precarizar la educación pública, para hacerlo recaer sobre las espaldas del pueblo, poniéndolo en manos de inversionistas privados, o conformando los CEGECOM, en los cuales son los padres de familia y comunidad los que asumen todas las obligaciones financieras y administrativas de las Instituciones educativas, Esto es pues privatización, arrebatando a su vez el derecho a la estabilidad laboral, introduciendo el régimen de contrataciones. por lo que los maestros del SUTEP como hijos del pueblo, hemos expresado indignación y repudio, saliendo a las calles a ¡ Defender el derecho del pueblo a la educación pública gratuita! Lucha que debe continuar e intensificarse. con la acción conjunta de nuestro pueblo.

Así mismo, se ha golpeado a la antilaboral “Ley de Carrera Pública Magisterial”, que pretende utilizar el instrumento “evaluación” como arma política punitiva para echar a la calle a los maestros que salgan desaprobados tres veces o inasiste a las evaluaciones (Art.29, 32 inc. e, i),.

Esta cuestionada ley, la han dado en medio de una intensa Huelga Nacional Indefinida y una protesta popular generalizada que ha remecido todo el país, en la que se han movilizado cientos de miles de maestros, padres de familia, campesinos, obreros para hacer oír su voz de protesta e indignación contra el proyecto de esta ley y contra tanta injusticia y opresión del actual gobierno y su plan imperialista. La lucha tiene y debe continuar, hoy por la derogatoria, combinando correctamente la lucha legal con la lucha directa de las masas, siendo esta la principal, por lo que en el momento actual, que la lucha de clases ha entrado a la creciente protesta popular, debemos servir a la vertebración de las luchas populares, que nos permita una acción conjunta y unida del pueblo, guiados por una justa dirección clasista y poner en tensión todas nuestras fuerzas para Profundizar la Expansión Audaz de la Reorientación y Reconstitución de nuestro máximo organismo sindical, nuestro glorioso SUTEP.

LA ANTILABORAL LEY DE CPM Nº 29062

Para nadie ya es desconocido, de que esta “norma legal” es uno de los tentáculos derivados de la Ley privatista de la Educación 28044, que en sus artículos 57, 14, 15, 16 introduce la evaluación como requisito para el ascenso y la permanencia que estará a cargo del supuesto Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación (SINEACE), condicionando no sólo el ingreso sino también la permanencia de todos los Trabajadores en la Educación, a obligadas y periódicas evaluaciones eliminatorias, políticas y punitivas.; basta leer la sexta Disposición Transitoria de la ley, donde dice “Los profesores que están bajo el régimen de la Ley 24029, Ley del Profesorado, se encuentran comprendidos en los alcances de los artículos 28 (evaluación del desempeño) y 65 (término de la relación laboral) de la presente Ley”, o sea el gobierno se asegura de que nadie escapará de este proceso. ¿Qué hay del criterio, de que las leyes no tienen carácter retroactivo?.

Esta ley es política porque es una imposición y ejecución política de las órdenes neoliberales del imperialismo ( página 3 de la “Propuesta Nueva Docencia...l” 2004 del MED), para destruir el derecho a la estabilidad laboral, porque “la flexibilización laboral” es una de las políticas de su plan, haciendo de todos los trabajadores del Perú mano de obra barata y desechable, sometidos a las garras del contrato temporal, a las services; por lo que el trabajo se precarizará y el desempleo aumentará. . Esta Ley de la CPM 29062, como la Ley Marco del Empleo Público, sirven para arrebatar los derechos, reivindicaciones y libertades político sindicales de los Trabajadores en la Educación, en especial el derecho al trabajo y la estabilidad laboral. Ante todo esto, el SUTEP también expresa su profundo y rotundo rechazo, y hemos levantado muy en alto la bandera de ¡Defensa del derecho al trabajo y a la estabilidad laboral!

PERFIL DE MAESTRO QUE PRETENDE LA LEY 29062

La misma ley es política, porque pretende cambiar el papel, el perfil del Maestro, pisoteando los derechos adquiridos en la Ley del Profesorado, y al contrario la enmarca en la Constitución neoliberal del 93 y la Ley privatista 28044; Las mismas evaluaciones “censales” de enero último fueron políticas, porque sirvieron para acondicionar la aprobación de esta su actual ley. No olvidemos también que en el Art. 35 inciso “c” de esta ley, se habla de sanción con suspensión por 3 años (acumulables para el despido definitivo) a los trabajadores en la educación, que realicen “...actividades de proselitismo político partidario en favor de partidos políticos, movimientos y dirigencias políticas nacionales, regionales o municipales” ¿Qué se pretende con esto?, ¿Qué clase de Maestro, qué Perfil de Maestro quieren? sencillamente negarnos a ejercer nuestra capacidad política y someternos a un supuesto apoliticismo, quitarnos nuestra esencia de seres pensantes, operantes y el perfil de líderes de la comunidad, para así ocultar la realidad y para que no investiguemos las causas y raíces de la situación actual en que se vive, menos tener la capacidad suficiente para luchar por la transformación de esta realidad. Hacer entes apolíticos, robotizados y sumisos a la opresión imperante en nuestra sociedad.

Así mismo, tal como se denunció al analizar “los proyectos”, en el Art. 12, inciso “a” de esta ley, insisten en plantear como requisito que “esta comprende además la evaluación psicológica” o como decían antes el “haber rendido satisfactoriamente las pruebas psicológicas de rasgos de la personalidad”, para tal fin sueñan aplicar las pruebas likert, para determinar la personalidad sumisa o rebelde de los maestros; ¿para qué?, para cernir quienes deben entrar y quienes no. Requieren maestros comprometidos que colaboren en concienciar a la opinión pública para que impongan, en todas las esferas, sus inversiones, recetas y modelos políticos, sociales y culturales, claro al servicio de los opresores.

Tomar en cuenta lo que dicen “se necesita maestros con nuevas competencias, que faciliten a los alumnos al mundo cada vez más globalizado”. Sólo ingresarán y permanecerán los que estén dispuestos “al desarrollo de una cultura de paz... que coadyuve al fortalecimiento de la democracia” (Art. 4:) Educar en la cultura de paz de los cementerios para fortalecer la democracia para los explotadores. Esa “democracia” que Alan García demostró en nuestra Huelga Nacional, odio contra los maestros del pueblo, tiranía y mayor reaccionarización del estado, que se traduce en represión física, bombas vomitivas y asfixiantes, millonarias campañas publicitarias, decretos-leyes represivos, cuyo objetivo es criminalizar toda lucha popular; normas que niegan y violan su propia constitución, la que establece en el papel el derecho de reunión, de libre expresión, pensamiento y huelga, que hoy se concreta en la persecución y enjuiciamiento de los dirigentes.

En suma, lo que quieren es tener maestros que sirvan para mantener esta sociedad de explotación y opresión y viabilicen la aplicación del plan largo de neoliberalismo y globalización, hundiendo al pueblo en la miseria, la pobreza, el sufrimiento, la desocupación, de sueldos miserables y la muerte, y sobre cuyo costo social, levanten la “modernidad” para estos explotadores.

Nos reafirmamos en el criterio científico de que “La educación como parte de la supraestructura, como arma ideológica, servirá ya sea para mantener el sistema de opresión o para destruirlo y construir otro nuevo; los Trabajadores en la Educación, por tanto, primero tenemos que optar por una posición de clase, esto es, tenemos que definir por qué y para qué educamos, si servimos al pueblo, a los explotados o si servimos a los explotadores; ¿servimos a mantener o a transformar este sistema?, es la primera pregunta que debemos resolver.” Los Trabajadores en la Educación Clasistas, progresistas y democráticos, optamos por la transformación, por el cambio, al servicio del pueblo, al servicio de los explotados. Este es el verdadero camino que debemos seguir y este es el perfil del verdadero y auténtico maestro identificado con el derecho fundamental a la educación de nuestro pueblo, el derecho al trabajo y la estabilidad laboral, en suma hoy el Trabajador en la Educación debe asumir la Defensa y ampliación de los derechos fundamentales del pueblo. En el camino de defender, reformar y transformar.

SOBRE EVALUACIONES

Siendo la Ley 29062 un instrumento político del Estado; lo que norme o ejecute, como las evaluaciones, también son políticas; aún más, son políticas-punitivas; porque a través de éstas, tomarán la decisión –tal como lo ordena el Banco Mundial- de despedir o, en el mejor de los casos, contratar a los trabajadores en la educación. Esto es lo que busca el Estado reaccionario contra los trabajadores del Sector Educación, estableciendo cupos, porcentaje para cada nivel, no todos tendrán cabida para alcanzarla; en esencia, su plan es despedir e imponer la flexibilización laboral, ni siquiera es para “rotar” como lo señala un documento del Banco Mundial; porque los despedidos, ya no tendrán la opción de reingresar. Los llamados indicadores, cuestionarios y otros, versarán en terminologías, conceptualizaciones, raciocinios, alternativas manejables, y los mismos organismos evaluadores, como sus integrantes responderán naturalmente a la lógica de los que imponen el neoliberalismo imperialista, que nada tiene que ver con las alternativas reales para solucionar o transformar los problemas del pensamiento, la naturaleza y la sociedad misma, que estén al servicio de las grandes mayorías populares.

No hay que olvidar que la evaluación, como toda acción social, tiene carácter de clase. Hay una evaluación que sirve para diagnosticar las dificultades, fortalezas y buscar alternativas de solución. Son evaluaciones que sirven para mejorar, reforzar, fortalecer, estimular y desarrollar el trabajo pedagógico y por ende institucional; esta evaluación toma en cuenta las condiciones objetivas de los alumnos; el esfuerzo, el estudio profesional y las condiciones en que se desenvuelven los maestros, la escuela y aún la comunidad; la que toma en cuenta las verdaderas raíces y causas de la crisis educativa, por lo cual apostamos.

Pero hay otra evaluación, la de los reaccionarios del Estado y sus cómplices, que han implementado las normas neoliberales en el Sector Educación, entre ellos, los usurpadores del CEN del SUTEP, los que aceptan a raja tabla “la evaluación previa capacitación”, los que supuestamente piden aclaración “si la evaluación va ser con prueba estándar o prueba pertinente”, los que “exigen evaluación integral de conocimientos pertinentes, con objetivos y procedimientos concertados y transparentes”; los que afirman que “la actual ley del profesorado es obsoleta ”, los que firmaron actas aceptando las evaluaciones, los que ante las masas hablan un lenguaje y ante la patronal traicionan los sagrados intereses de las masas a cambio de un plato de lentejas (usufructúo de nuestros dineros en la derrama magisterial); los que han asesorado el nefasto proyecto de Ley de la Carrera Pública Magisterial, firmado la “racionalización”, participado e implementado la Ley 28044 y su reglamentación; esa es la evaluación que levantan los traidores cuya élite política ha firmado el “Acuerdo Nacional” y “los pactos recíprocos”, los que hoy quieren dorar la Ley de despido, planteando que no es privatista e implantar las evaluaciones políticas y punitivas, verticales, de chantaje político y que tienen el objetivo claro de seguir la línea neoliberal de “flexibilización laboral” iniciada por Fujimori, quien dejó en la calle a medio millón de trabajadores usando los DL 26003; 26093, RM 215-92 y 218-96; por lo que hoy estos trabajadores siguen luchando por su reposición.

Debemos aclarar las versiones antojadizas de que los maestros nos oponemos a las evaluaciones, esta es una gran mentira más grande que el Huascarán, ya que los Trabajadores en la Educación planteamos la evaluación dentro del marco de la Ley del Profesorado 24029; es más también nos evaluamos y autoevaluamos permanentemente, mediante la autocrítica y crítica, vemos y reconocemos errores para superarlos, corregirlos a tiempo y servir mejor a nuestro pueblo, aplicamos esta evaluación en todos los aspectos de nuestra vida, y evaluamos a nuestros alumnos también para conocer sus deficiencias, dificultades, para esforzarnos y profundizar los temas requeridos, a fin de elevar sus conocimientos. No evaluamos para matar el paciente sino para salvarlo.

Por otro lado, no podemos ser miopes y negar, en la actualidad, ¿acaso no se viene dando la evaluación? Indudablemente que sí, cuando realizamos la evaluación de proyectos y labores académicas, lo que se hace en forma periódica y a la vez permanente; en estas evaluaciones se diagnostica las dificultades o debilidades, fortalezas y se busca alternativas de solución, es nuestro instrumento de trabajo para establecer responsabilidades colectivas e individuales y es una necesidad para desarrollar la marcha académica a nivel pedagógico y administrativo de la institución y de sus protagonistas. Los Maestros levantamos la bandera de la necesidad de la evaluación de todo el sistema educativo y dentro de él, como parte del sistema , la evaluación de los maestros para el ascenso, concordante con la Ley del Profesorado.

¿CÓMO APLICARÁN EL DESPIDO MASIVO?

Sea de nuestro conocimiento, que la esencia o soporte de ley es desarrollar las evaluaciones obligatorias, periódicas y permanentes, creándose para el efecto el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), que sirve de guillotina, por que su “acción autónoma” abarcará no sólo a las Instituciones Educativas que serán “acreditadas”, apuntando hacer desaparecer planteles estatales e impulsar su privatización; la misma acción aplicarán para los docentes que están laborando y los que están por ingresar. En tal sentido se aplicaran tres tipos de evaluaciones

*EVALUACIÓN PARA EL INGRESO.- (Art. 9, 11, 12,, 13, 14, 15)

Además de que son limitadas por el número de vacantes, desde esta etapa se dan mayores trabas para ingresar a la Carrera Magisterial (Art. 11), pues a los maestros se les somete a doble concurso (Art.12) , los maestros que ya han aprobado el concurso a nivel nacional a cargo del Ministerio de Educación y del SINEACE, la que además se le adhiere la evaluación psicológica, tiene que dar otra evaluación a nivel de Institución Educativa a cargo de otro Comité de Evaluación, doseles sólo nombramiento transitorio y se les obliga a someterse a un llamado “periodo de inserción”, sujetos a los requerimientos de un acompañante y del director, que harán el papel de asesores evaluadores; y que luego de un año, nuevamente se le evaluará para recién ingresar a la Carrera Magisterial considerándoseles un puntaje adicional aplicable a la primera evaluación (Art.15); y si no aprueba, simplemente se irá a su casa..

Con los uní docentes de áreas rurales (Art.13), este periodo será sustituido por terceras personas o instituciones que condicionarán y lucrarán con ellos, sometiéndolos a costosos cursos vacacionales, dizque para asegurar el mínimo de eficiencia y competencias, siendo un nuevo tipo de chantaje, clientelaje político y precariedad laboral, que trafica con las necesidades de los nuevos maestros.

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO PARA LA PERMANENCIA. (Art. 9, 28, 29, 30, 35, 65 )

Es la evaluación típicamente política y punitiva impuesta para todos los trabajadores en la educación que ya han aprobado e ingresado a la Carrera Magisterial, son obligatorias y permanentes (Art.6 inc. “g” y 9); son pruebas periódicas estandarizadas y de tipo neoliberal. Con estas evaluaciones, o bien despiden, o si se “aprueba” instauran el régimen de contratos cada 3 años (Art.28). Quién no aprueba en 3 oportunidades será despedido o retirado definitivamente de la Carrera Magisterial (Art.29). Agregando en el Art. 35, incisos “g” y “h” que también suspenderán y luego despedirán a quién no se presentan a las evaluaciones del desempeño y a las pruebas psicológicas requeridas por la autoridad, dando término a la relación laboral y no se puede reingresar al servicio (Art, 65), dejando los mecanismos al reglamento, aunque sus negras intenciones ya la adelantaron en sus Propuestas, en el que planteaban dar seis sueldos y no podrán reingresar, cancelando así el título pedagógico, liquidando el derecho pensionario de cesantía y jubilación a la cual se tiene derecho como todo trabajador.

Evaluación punitiva impuesta para todos los trabajadores en la educación que ya han aprobado e ingresado a la Carrera Magisterial, son obligatorias y permanentes, con las cuales se concretará el despido masivo de los trabajadores; condicionando no sólo su desempeño laboral y formación profesional, sino que también evaluarán a través del rendimiento de los alumnos y someterán a pruebas periódicas estandarizadas y de tipo neoliberal., estas evaluaciones estarán a cargo del SINEACE, que para su vigilancia el MED suscribirá convenios con entidades públicas o privadas (Art. 29 y 30).

*EVALUACIÓN PARA EL ASCENSO. (Art. 7, 9, 23, 24, al 27)

Estas son voluntarias y limitadas, sujeto al porcentaje de vacantes dispuestos para cada nivel (Art. 26), cuyos criterios se señalan en el Artículo 24, periodicidad: cada tres años y requisitos (7 y 25), que conducen a una pirámide exclusivista e individualista basada en la llamada “meritocracia competitiva” de sólo 5% para el V Nivel, que contrasta seriamente con el beneficio colectivo de la mayoría del Magisterio Nacional.

En esencia, además de lo dicho, con estas evaluaciones, imponen las remuneraciones diferenciadas sólo para determinados docentes, porque el objetivo no es satisfacer la necesidad de la mayoría de docentes como debe ser, manteniendo los salarios de hambre (téngase en cuenta el Presupuesto para el año 2008, no considera aumentos al magisterio) afirmando que los llamados aumentos por nivel, será sólo “para los que logren los puntajes más altos”, los que supuestamente harán “carrera magisterial”.

El financiamiento de estos ascensos, tampoco está garantizado, porque el mismo techo presupuestal está por los suelos, uno de los más bajos de América Latina. De nada sirve los alardes fantasiosos que están haciendo en el reverso de los talones de pago. Téngase en cuenta también, el Art. 43 de la ley 29062 donde sutilmente evade la responsabilidad financiera del Estado al decir : “Las remuneraciones, asignaciones e incentivos …son determinados por el Gobierno Nacional” (no dice que asume o financia); es más, con el cuento de la descentralización, habla de “que los gobiernos locales complementarán el financiamiento de los haberes ”, en buen cristiano el estado : evade la responsabilidad financiera de la educación, una muestra más de su carácter privatista.

OTRAS FORMAS DE DESPIDO

Como es su propósito, los enemigos del Magisterio a través de la Ley 29062 han “inventado” artificiosamente otras causas para despedir, así tenemos, que en el artículo 62 dice “el profesor queda inhabilitado por padecimiento de enfermedad infecto-contagiosa, y carencia de la plenitud de facultades psíquicas” sin recibir su pensión por enfermedad y sin posibilidad de reingreso para los que se han recuperado, negándose, así mismo, el derecho de licencia por enfermedad. Se ha violado un derecho fundamental que la Ley del Profesorado 24029 en su artículo 49 se sostiene: “Los profesores titulares o interinos tienen derecho a 12 meses de licencia por enfermedad o accidente común con percepción de sus remuneraciones abonadas íntegramente por el empleador”, agregando que “La licencia puede extenderse hasta un máximo de 18 meses en el curso de 3 años calendario”; y en el Art. 50 de la Reglamentación se establece “en caso de tuberculosis (enfermedad infecto contagiosa), enajenación mental, insuficiencia inmunológica adquirida, enfermedad profesional, neoplasia maligna y accidente ocurrido con ocasión del servicio, la licencia con percepción integra de remuneraciones se prorrogará durante el tiempo que dure la enfermedad, hasta que se declare la incapacidad física o mental debidamente comprobada”. “Los profesores tienen derecho al goce integro de sus remuneraciones en caso de enfermedad degenerativa o de incapacidad física o mental contraídas en servicio o con ocasión del mismo”.

Así mismo en los artículos 35, sobre Causales de suspensión dice, inciso “f” “Ejecutar o promover, dentro de la institución, actos,…de calumnia, injuria y difamación, en agravio de cualquier miembro de la comunidad educativa”; con ello, dan rienda suelta para que cualquier persona que ejerza el control del plantel, como muchas veces sucede, le venga en gana de amonestar a los docentes, sin posibilidad de hacer su descargo, quitándosenos el derecho de defensa, ya que este se realiza sólo en caso de suspensión o destitución; siendo dos amonestaciones causales para una suspensión; y con dos suspensiones proceden al despido, (Art. 36 inc. h) promoviéndose la injusticia y la inmoralidad, obligándose a callar y no decir nadad (no hay derecho de expresión ni menos de pensamiento) En el artículo 36, se da facultades infinitas para el despido al decir en el inciso “l” “Otras que establezca el reglamento”

Con todo este tinglado “legal” vemos claramente que la patronal, hará un manejo antojadizo para el despido de los docentes. No olvidemos, que también el despido es una amenaza constante señalado en el llamado código de ética y deontología del Colegio de Profesores y en la misma racionalización, y otras.
Analisis realizado por CONARE LIMA - julio 2007

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