Los especialistas de la Oficina de Ética Pública y
Transparencia del Ministerio de Educación capacitaron a los directores
de las instituciones educativas públicas de la UGEL 05 acerca de la
aplicación del régimen disciplinario de acuerdo lo estipula la Ley de la
Reforma Magisterial y su reglamento.
El Dr. Gabriel Quevedo explicó que el director de un colegio es la
máxima autoridad, representante legal y responsable de la gestión
pedagógica, institucional y administrativa, por lo tanto, también tiene
la potestad de aplicar sanciones al profesor de aula, personal
jerárquico y subdirector según lo establece el artículo 43 de la Ley de
Reforma Magisterial.
Entre las sanciones están: amonestación escrita, suspensión en el cargo
hasta por 30 días sin goce de remuneraciones, cese temporal en el cargo
hasta por doce meses o destitución del servicio.
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